Luego de la entrada en vigencia de la Ley 2450 de 2025, conocida como la ley antirruido, las motos ruidosas tendrán mayor control en 2026.
Esta medida busca establecer los lineamientos, diagnóstico, evaluación y gestión integral de las vibraciones para proteger la salud pública, el ambiente y la convivencia. Por eso, se fijan nuevas disposiciones para prevenir, sancionar y controlar la contaminación auditiva generada por los vehículos.
¿Cuál es el límite de ruido permitido?
El límite permitido por la ley es de 86 decibeles para motocicletas. Para poder cumplir con esta disposición, la norma faculta a las autoridades y ciudadanos para prevenir, controlar y sancionar la contaminación sonora en todo el territorio.
Por su parte, el Gobierno nacional advirtió que los criterios ya empezaron a regir y que aplican para motos con sistemas de escape alterados o no originales.
¿Cómo medir el ruido de la moto?
Un método para medir el nivel de ruido de una motocicleta es el uso de un sonómetro, dispositivo oficial que permite obtener resultados confiables. Para realizar la prueba, el micrófono debe ubicarse a 50 centímetros del escape, en un ángulo de 45 grados, con el motor encendido y acelerado a tres cuartas partes de sus revoluciones máximas. Una vez configurado, el equipo registra el nivel exacto de decibeles emitidos por el vehículo.
También existen alternativas más accesibles para los usuarios, como las aplicaciones móviles disponibles en Android y iOS, que convierten el micrófono del teléfono en un medidor de ruido. Aunque no alcanzan la precisión de un sonómetro certificado, permiten obtener una referencia rápida. Asimismo, algunos Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) incluyen pruebas de ruido dentro de la revisión técnico-mecánica, utilizando equipos calibrados y avalados por las autoridades, lo que garantiza resultados válidos en caso de requerir certificaciones oficiales.
¿Cuáles son las multas por exceder los límites de ruido vehicular?
La Ley 2450 de 2025 implementa un régimen sancionatorio escalonado, diseñado para disuadir infracciones mediante una proporcionalidad económica que no existía en el marco normativo anterior. El impacto financiero para los infractores busca promover una mayor responsabilidad sobre la contaminación auditiva.
Bajo la Ley 2450 de 2025, las multas oscilan entre 2 y 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, entre $94.900 y $759.200, según el tipo de sanción que la autoridad considere pertinente dentro de las multas generales o especiales establecidas por la norma.
A continuación, se detalla la lista de las multas generales aplicables:
Multas Generales por Ruido Vehicular
Multa tipo 1: Dos salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV).
Multa tipo 2: Cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV).
Multa tipo 3: Ocho salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV).
Multa tipo 4: Dieciséis salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV).
Otros tipos de multas en la Ley Antirruido
La ley posee una naturaleza integral que trasciende el control del ruido vehicular. Su alcance se extiende para regular otras formas de contaminación acústica y comportamientos que afectan la convivencia y el ordenamiento territorial, estableciendo sanciones específicas para distintos contextos.
A continuación, se presentan otras categorías de multas contempladas en la Ley 2450 de 2025:
- Multas especiales: Dirigidas a organizadores de eventos con aglomeraciones complejas. Se estructuran en cuatro niveles según el aforo:
- De 100 a 150 SMLMV para aforos de hasta 300 personas.
- De 151 a 250 SMLMV para aforos entre 301 y 600 personas.
- De 251 a 350 SMLMV para aforos entre 601 y 5.000 personas.
- De 500 a 800 SMLMV para aforos superiores a 5.000 personas.
- Infracción urbanística: Multas basadas en rangos específicos según el estrato socioeconómico del inmueble:
- Estratos 1 y 2: De 5 a 12 SMLMV.
- Estratos 3 y 4: De 8 a 20 SMLMV.
- Estratos 5 y 6: De 15 a 25 SMLMV.
- Contaminación visual o ruido que afecte la convivencia:
- Las multas inician en un rango bajo (entre 1.1 y 1.2 SMLMV) y pueden llegar hasta 40 SMLMV, según la gravedad de la infracción.