La CAR frena extracción de agua de compañía de bebidas en La Calera: prioridad, el consumo humano y el páramo

La entidad ambiental negó la prórroga para tres de ellos, cerrando esos puntos de captación.
Los embalses de Tominé, Sisga y Neusa surten agua a Bogotá. Crédito: Colprensa

La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) anunció una restricción a la explotación de agua que la empresa Industria Nacional de Gaseosas S.A.S (Indega S.A.S), embotelladora de Coca-Cola, venía realizando en el municipio de La Calera.

Tras un análisis técnico, además de una presión social, la autoridad ambiental determinó que la prioridad absoluta debe ser el equilibrio del ecosistema y el abastecimiento de los habitantes de la zona, especialmente frente a los retos que impone el cambio climático.

Menos manantiales y menos agua

La medida está consignada en la Resolución 347 de 2026. Hasta hace poco, la multinacional utilizaba siete manantiales en la región para su producción industrial.

Con esta nueva orden, la CAR negó la prórroga para tres de ellos, cerrando esos puntos de captación.

Para los cuatro manantiales que aún tienen permiso de funcionamiento, la autoridad ambiental ordenó una reducción del 42% en el caudal autorizado, pasando de 3,23 a solo 1,9 litros por segundo.

Además, el tiempo de la concesión, que usualmente se otorgaba por diez años, fue recortado a la mitad; la empresa solo tendrá permiso por cinco años, sujetos a un control estricto y permanente.

Decisión no fue tomada al azar, señala la CAR

Durante más de un año, señala la CAR, expertos realizaron modelaciones hidrológicas y analizaron el comportamiento del agua en escenarios de sequía extrema, lluvias intensas y promedios históricos.

El objetivo era claro: entender cuánta agua puede entregar la tierra sin ponerse en riesgo a sí misma ni a la gente.

A través de audiencias públicas, se escuchó a los habitantes de La Calera, organizaciones civiles, autoridades locales y entes de control.

La voz de la comunidad, preocupada por el futuro de sus fuentes hídricas, fue un pilar fundamental para construir el sustento jurídico de la resolución.

Obligaciones estrictas para la empresa

La autorización para seguir operando en los cuatro manantiales restantes no es un cheque en blanco, señala la entidad.

La CAR impuso obligaciones de cumplimiento inmediato que buscan compensar el impacto ambiental:

1.Protección del páramo: La empresa debe adquirir 53,4 hectáreas de áreas estratégicas en el páramo y ecosistemas altoandinos para su conservación definitiva.

2.Agua para el municipio: Coca-Cola deberá implementar obras hidráulicas que sirvan como fuente de abastecimiento alternativo para el acueducto municipal de La Calera.

3.Monitoreo en vivo: Se instalarán sistemas de medición en tiempo real para que la CAR pueda vigilar, segundo a segundo, cuánto volumen de agua se está captando.

4.Suspensión inmediata: La resolución es tajante: si el caudal de la microcuenca San Lorenzo llega a bajar por causas climáticas, la captación industrial se suspenderá de inmediato para proteger el flujo vital del ecosistema.

Un nuevo modelo de corresponsabilidad

Con este fallo, la CAR envía un mensaje claro a la industria: el agua no es un recurso infinito ni una mercancía por encima del bienestar común.

La aplicación de los principios de prevención y corresponsabilidad obliga a las grandes empresas a ser guardianes del territorio que explotan.

En adelante, la microcuenca de San Lorenzo contará con un programa de conservación de flora y fauna en el que participará la comunidad local, asegurando que el cuidado del agua sea una tarea compartida entre la ciencia, el Estado, los ciudadanos y el sector privado.