Corte Constitucional prohíbe sacrificar animales por vejez extrema

En Colombia, la Corte Constitucional anuló la causal de “vejez extrema” para sacrificar animales: la vejez no basta y la norma era imprecisa.
Crédito: Expopet

La vejez extrema ya no podrá ser una razón legal para sacrificar a un animal en Colombia. La Corte Constitucional declaró inexequible, por unanimidad, la norma que permitía poner fin a la vida de animales que no están destinados al consumo humano por el solo hecho de llegar a una edad avanzada.

Según la información entregada por la Corte, la decisión se refiere al literal C del artículo 17 de la Ley 84 de 1989, conocida como el Estatuto Nacional de Protección de los Animales.

¿Qué decía la norma y por qué la tumbó la Corte?

De acuerdo con el artículo, se establecía que el sacrificio de animales no destinados al consumo humano solo podía realizarse mediante procedimientos que no implicaran crueldad, sufrimiento o prolongación de la agonía, y únicamente bajo determinadas circunstancias.

En ese sentido, se aclara que una de esas excepciones estaba contemplada en el literal C, que autorizaba el sacrificio por “vejez extrema”. Precisamente, esa causal fue la que examinó la Corte y que terminó expulsando del ordenamiento jurídico.

Uno de los argumentos centrales es que la expresión “vejez extrema” no tiene la precisión necesaria para establecer, de manera objetiva, cuándo un animal podría ser sacrificado por esa razón.

Para el alto tribunal, se trata de un concepto jurídico indeterminado, que no cumple las exigencias constitucionales de claridad y determinación. En otras palabras, la norma no ofrecía criterios suficientemente precisos para establecer cuándo se configuraba esa condición y permitir que su aplicación pudiera ser evaluada y controlada objetivamente.

Pero la decisión va más allá de un problema de interpretación de la ley. La Corte también concluyó que tener una edad avanzada no constituye, por sí sola, una justificación constitucionalmente suficiente para poner fin a la vida de un animal.

La vejez exige más protección, no menos

La Sala Plena hizo énfasis en que los animales son seres sintientes y que, cuando llegan a una etapa de mayor fragilidad o dependencia, los deberes de protección de los seres humanos deben reforzarse.

La lógica de la Constitución ecológica apunta precisamente en esa dirección; si un animal envejece y necesita más asistencia y cuidado, esa condición debe traducirse en mayores obligaciones de protección, solidaridad y atención.

Sin embargo, la disposición demandada producía el efecto contrario, porque convertía la vulnerabilidad asociada a la vejez en una razón legal para terminar con su vida.

Según la Corte, ese enfoque desconoce el deber constitucional de brindar una protección reforzada a los animales, especialmente cuando se encuentran en condiciones de vulnerabilidad.

¿Qué cambia con esta decisión?

Con la declaratoria de inexequibilidad, deja de estar vigente la causal específica que permitía sacrificar a un animal por “vejez extrema”. Esto significa que la edad avanzada, por sí sola, ya no puede invocarse como fundamento legal para justificar su sacrificio bajo esa disposición.

Sumado a eso, se conoció que la decisión se apoya en tres razones principales: primero, que la vejez no es una justificación constitucional suficiente para poner fin a la vida de un ser sintiente; segundo, que la expresión utilizada por la ley carecía de la precisión necesaria para una aplicación objetiva; y tercero, que la Constitución exige reforzar la protección de los animales cuando su fragilidad y dependencia aumentan.

La determinación fue adoptada por unanimidad por la Sala Plena de la Corte Constitucional. El magistrado Carlos Camargo Assis aclaró su voto.

Así, el alto tribunal deja un mensaje de fondo: el envejecimiento de un animal no puede convertirse, por sí mismo, en una autorización legal para sacrificarlo. Por el contrario, su mayor vulnerabilidad exige fortalecer los deberes de cuidado y protección.

Claves de la noticia en cuatro preguntas:

¿Qué decidió la Corte Constitucional?

Declaró inexequible, por unanimidad, el literal que permitía sacrificar animales no destinados al consumo humano por “vejez extrema”.

¿Por qué la vejez extrema dejó de ser una causal válida?

Porque la edad avanzada no justifica, por sí sola, poner fin a la vida de un animal. Además, la expresión no ofrecía criterios suficientemente claros y objetivos para determinar cuándo podía aplicarse.

¿Qué establece la Corte sobre los animales ancianos?

Que su fragilidad y dependencia exigen mayores deberes de cuidado, asistencia y protección, en lugar de convertir la vejez en una razón para terminar con su vida.

¿La decisión fue unánime?

Sí. La Sala Plena declaró la norma inexequible por unanimidad. El magistrado Carlos Camargo Assis aclaró su voto.

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