Se va a analizar la solicitud que hizo Colpensiones para que la reforma pensional entre en vigencia hasta el 1 de abril del año 2028. Así lo indicó la presidenta de la Corte Constitucional, Paola Andrea Meneses, al señalar además que la Sala Plena deberá analizar dicha propuesta.
La petición se conoce en medio del trámite que adelanta el alto tribunal sobre la Ley 2381 de 2024, cuya implementación ha estado marcada por decisiones judiciales y ajustes al cronograma inicialmente previsto.
Meneses explicó que las solicitudes que llegan a la Corte dentro de los diferentes expedientes deben ser estudiadas por la Sala Plena antes de adoptar una determinación.
“Todas las solicitudes que llegan a la Corte Constitucional dentro de los distintos expedientes son analizadas”, señaló la magistrada, al confirmar que la petición de Colpensiones será incorporada al expediente correspondiente.
La presidenta de la Corte precisó que la solicitud no implica que ya exista una decisión sobre la fecha de entrada en vigencia, pues será la Sala Plena la encargada de estudiar los argumentos planteados y determinar si hay lugar a modificar el cronograma.
Sala Plena analizará los argumentos
Ante la pregunta sobre si existe un plazo específico para resolver la petición, Meneses indicó que las circunstancias deberán ser examinadas por los magistrados, especialmente teniendo en cuenta el tiempo que ha tomado el trámite de la reforma y la solicitud de una nueva prórroga.
“Esas son las circunstancias justamente que tendrán que ser analizadas por la Sala Plena”, afirmó.
La magistrada agregó que la Corte comprende las circunstancias expuestas por Colpensiones, pero insistió en que primero deberán revisarse los argumentos presentados formalmente ante el tribunal.
“Hay que sentarnos a revisar cuáles son los argumentos que están exponiendo ante la Corte”, manifestó.
La reforma ya tiene una fecha fijada por la Corte
El pronunciamiento se produce después de que la Sala Plena, mediante la Sentencia C-264 de 2026, estableciera que las disposiciones de la reforma pensional declaradas exequibles entrarán en vigencia el 1 de abril de 2027. La Corte también dejó algunos artículos sujetos a un proceso de subsanación legislativa.
Por esa razón, una eventual solicitud para llevar la fecha hasta el 1 de abril de 2028 requerirá un nuevo análisis de la Sala Plena.
La Presidente de la Corte aseguró que, una vez los magistrados estudien los argumentos y deliberen sobre la petición, adoptarán la decisión correspondiente.
“La Sala Plena, después de deliberar profundamente como siempre lo hace, tomará su decisión en el tiempo menor posible”, puntualizó.
La decisión que adopte la Corte será determinante para establecer el calendario definitivo de implementación de las disposiciones de la reforma pensional y el tiempo con el que contarán Colpensiones y los demás actores del sistema para realizar los ajustes necesarios.
Temas clave, en tres preguntas:
1. ¿Qué solicitó Colpensiones a la Corte Constitucional?
Colpensiones pidió que la entrada en vigencia de la reforma pensional sea aplazada hasta el 1 de abril de 2028.
2. ¿Quién deberá decidir sobre esta solicitud?
Respuesta: La Sala Plena de la Corte Constitucional será la encargada de estudiar los argumentos presentados y determinar si procede modificar la fecha de entrada en vigencia.
3. ¿Cuándo tomará una decisión la Corte Constitucional?
Respuesta: La presidenta de la Corte, Paola Meneses, no estableció una fecha concreta. Explicó que primero se analizarán las circunstancias y argumentos de la solicitud y que la Sala Plena decidirá en el menor tiempo posible.