El Tribunal Administrativo de Bolívar revocó la medida cautelar que había suspendido la intervención de Coosalud EPS y ordenó nuevamente que la administración de la entidad quede en manos de la Superintendencia Nacional de Salud.
La decisión quedó consignada en el Auto Interlocutorio 108 de 2026, en medio de una intensa disputa judicial entre la EPS y la Supersalud por el control administrativo de una entidad que hoy tiene más de 3,3 millones de afiliados en Colombia.
¿Por qué devolvieron Coosalud al Gobierno?
La intervención forzosa administrativa de Coosalud comenzó el 22 de noviembre de 2024, cuando la Superintendencia Nacional de Salud tomó posesión de la EPS argumentando fallas financieras, administrativas y en la prestación de los servicios.
Sin embargo, el pasado 14 de abril de 2026, el Tribunal Administrativo de Bolívar suspendió provisionalmente esa intervención al considerar que durante el proceso no se evidenciaban mejoras y, por el contrario, se habría agravado la situación de la entidad.
Con esa decisión, el 20 de abril la administración regresó temporalmente a Jaime González Montaño, representante legal de Coosalud.
Ahora, tras estudiar el recurso presentado por la Supersalud, el Tribunal decidió modificar su postura y mantener vigente la intervención estatal.
Los argumentos del Tribunal
En el fallo, el magistrado Luis Miguel Villalobos Álvarez reconoció que persisten preocupaciones sobre la situación de la EPS y señaló que durante la intervención “no ha producido resultados satisfactorios”.
El documento advierte que la ejecución de la medida “ha coincidido con un deterioro de indicadores financieros, administrativos y asistenciales”.
No obstante, el Tribunal también consideró que suspender totalmente la intervención podría generar un impacto aún mayor sobre los usuarios y el sistema de salud.
“Levantar la intervención podría generar un riesgo mayor para el interés general, al comprometer la continuidad del control estatal, la estabilidad financiera de la EPS y la prestación del servicio público esencial de salud”, señala el auto.
Por eso, el despacho concluyó que “ni la revocatoria total de la medida cautelar ni su mantenimiento en los términos originalmente decretados resultan soluciones plenamente adecuadas”.
El papel de la Procuraduría
Uno de los puntos clave del fallo fue el pronunciamiento de la Procuraduría General de la Nación, que suspendió provisionalmente al agente interventor tras advertir presuntas irregularidades en el manejo de la EPS.
El Tribunal resaltó que la Procuraduría encontró que “persistían y se agravaban las fallas administrativas, financieras y asistenciales de la EPS intervenida”. Sin embargo, aclaró que eso no significa que la intervención sea ilegal, sino que requiere un mayor control institucional.
Siendo asái, el fallo ordena que la Superintendencia adopte, en un plazo de diez días, medidas técnicas, administrativas y financieras para corregir las fallas detectadas por la Procuraduría General de la Nación.
¿Qué pasará ahora con Coosalud?
Con base en esos argumentos, el Tribunal decidió mantener la intervención forzosa administrativa sobre Coosalud, pero bajo vigilancia reforzada.
“Resulta procedente mantener la intervención forzosa administrativa, pero sujeta a un esquema reforzado de control institucional externo”, indica el auto.
Además, ordenó que la Procuraduría y la Contraloría ejerzan “un acompañamiento especial, permanente e integral” sobre el proceso.
El fallo también ordenó a Jaime González y a Natalia Largo González devolver “de manera inmediata” la administración integral de la EPS a la Superintendencia Nacional de Salud.