Condenan en primera instancia a 16 años de prisión a profesor del Marymount por abuso contra una estudiante

Los hechos investigados ocurrieron entre diciembre de 2021 y febrero de 2022, cuando la adolescente tenía 14 años.
La Fiscalía expuso que el acercamiento entre el profesor del Marymount y la adolescente fue progresivo Crédito: Imagen de referencia

Mauricio Zambrano Celis, quien fue profesor de educación física del colegio Marymount de Bogotá, fue condenado a 16 años de prisión por delitos sexuales cometidos contra una estudiante de 14 años. La decisión fue adoptada en primera instancia por una juez de Bogotá, tras analizar las pruebas presentadas durante el juicio.

La sentencia encontró responsable al exdocente de los delitos de actos sexuales y acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir. Según la valoración realizada por el despacho judicial, Zambrano aprovechó la relación de confianza que había construido con la adolescente y su posición como docente para desarrollar una relación en la que, de acuerdo con el fallo, existió una situación de vulnerabilidad e inferioridad psíquica.

Los hechos investigados ocurrieron entre diciembre de 2021 y febrero de 2022, cuando la adolescente tenía 14 años y Zambrano hacía parte del cuerpo docente del colegio. La investigación estableció que el vínculo entre ambos se fue estrechando hasta derivar en las conductas por las que finalmente fue llevado a juicio.

La decisión judicial no se basó únicamente en un elemento de prueba. Durante el proceso fueron analizados testimonios y otros elementos incorporados por la Fiscalía, entre ellos información relacionada con el entorno de la adolescente y las circunstancias en las que se produjo el acercamiento con el profesor.

Uno de los aspectos que cobró relevancia durante el juicio fue la situación emocional que atravesaba la estudiante. Su padre había muerto en abril de 2021, meses antes de los hechos, una pérdida que, según lo expuesto durante el proceso, tuvo un impacto significativo en la adolescente.

La Fiscalía sostuvo que Zambrano conocía esa circunstancia y que se acercó a ella aprovechando su estado de vulnerabilidad. Para el ente investigador, el docente utilizó la confianza derivada de su posición dentro de la institución educativa para establecer una relación de carácter emocional que posteriormente facilitó las conductas sexuales.

La juez acogió esa interpretación al valorar que la relación entre el profesor y la estudiante no se desarrolló en condiciones de igualdad. En particular, el despacho consideró determinante la posición de autoridad que tenía Zambrano dentro del colegio, así como la influencia que había logrado ejercer sobre la adolescente.

El vínculo entre el profesor y la estudiante

Durante el juicio, la Fiscalía expuso que el acercamiento entre Zambrano y la adolescente fue progresivo. De acuerdo con la acusación, el docente mantuvo con ella conversaciones de contenido sexual y le habría dado un trato diferencial frente a otras estudiantes.

La hipótesis de la Fiscalía era que esas conductas contribuyeron a fortalecer un vínculo de dependencia emocional. La aprobación y el afecto del profesor, según esa tesis, adquirieron una importancia particular para la adolescente.

La juez consideró que esos elementos permitían comprender el contexto en el que ocurrieron los hechos y determinar la manera en que el procesado habría utilizado la relación de confianza que tenía con la estudiante.

La hermana mayor de la adolescente también entregó su testimonio durante el proceso. Su declaración hizo parte de los elementos que el despacho tuvo en cuenta para reconstruir el contexto familiar y personal de la menor y la relación que había establecido con el docente.

Una condena sustentada en el análisis de las pruebas

La juez valoró de manera conjunta los elementos incorporados durante el juicio para determinar si existía responsabilidad penal del acusado.

El relato de la adolescente fue analizado junto con los demás elementos probatorios y con las circunstancias que rodearon los hechos. El despacho encontró consistencia en aspectos relevantes de su declaración y consideró que existían elementos adicionales que permitían respaldar su versión.

Con base en ese análisis, la juez concluyó que Zambrano era penalmente responsable por los dos delitos incluidos en la acusación y fijó una pena de 192 meses de prisión, equivalentes a 16 años.

La decisión también contempla las consecuencias jurídicas adicionales derivadas de la condena y una orden de captura para hacer efectiva la pena.

El fallo todavía puede ser apelado

La decisión, sin embargo, no está en firme. Al tratarse de una sentencia de primera instancia, las partes pueden recurrirla y el proceso continúa ante la segunda instancia.

La defensa presentó recursos contra la decisión, por lo que será el Tribunal Superior de Bogotá el encargado de revisar los argumentos de la apelación y determinar si mantiene, modifica o revoca el fallo.

Hasta que se produzca una decisión definitiva, el caso continúa su trámite judicial y la condena de primera instancia no tiene carácter de sentencia ejecutoriada.

La decisión marca, de esta manera, un punto de cierre para la primera etapa del proceso contra el exdocente, pero no el final del litigio judicial. El Tribunal Superior de Bogotá deberá ahora revisar la sentencia y los recursos presentados contra ella.