Ni renuncia ni paternidad ni promesa electoral: la Corte Suprema mantiene preso a Andrés Calle por el caso de la UNGRD

El alto tribunal rechazó la revocatoria de la medida de aseguramiento que el expresidente de la Cámara presentó para salir de la cárcel.
Andrés Calle tendrá que seguir detenido mientras la Corte Suprema de Justicia concluye su proceso por la millonaria coima que habría recibido en medio del entramado de corrupción en Gestión del Riesgo. Crédito: Colprensa - Mariano Vimos

Pese al nacimiento de su hijo, su salida del Congreso y un juramento de no votar en las elecciones de 2026, el expresidente de la Cámara de Representantes Andrés Calle seguirá preso. Así lo decidió la Corte Suprema de Justicia, que rechazó una solicitud del exintegrante del Partido Liberal.

La Corte revisó varios argumentos de Calle, quien buscaba salir de la cárcel La Picota, donde permanece recluido por orden de la Sala Especial de Instrucción. El cordobés irá a juicio por su presunto papel en el entramado de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

El alto tribunal se pronunció con un auto de veintitrés páginas. En total, Calle presentó cinco argumentos con los que buscaba revocar la medida de aseguramiento en su contra, y la Sala de Primera Instancia, con ponencia del magistrado Jorge Emilio Caldas, los desestimó todos.

Uno de los alegatos era el cierre de inscripciones para las elecciones de este año. Calle lo calificó como un "hecho sobreviniente" que podría tumbar su detención preventiva, y la Corte no estuvo de acuerdo, porque el excongresista conserva una "capacidad real de incidencia política".

Andrés Calle presentó una renuncia "irrevocable" ante la Cámara de Representantes en octubre de 2025, cinco meses después de que la Corte Suprema ordenara capturarlo y una semana después de que lo llamara a juicio en medio del caso de la UNGRD.

La Corte investigó al exdirigente liberal, y ahora pretende derrotarlo en juicio, por presuntamente haber recibido una coima de mil millones de pesos de parte de la Unidad, por orden de Carlos Ramón González, el prófugo exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre).

Un millonario soborno que enreda al Gobierno y al Congreso

Según declaraciones de Olmedo López, exdirector de la UNGRD, y de Sneyder Pinilla, exsubdirector de Manejo de Desastres de la entidad, el propósito era que Calle favoreciera al gobierno de Gustavo Petro en el trámite legislativo de sus reformas, como la pensional y la de la salud.

Tanto Calle como su entonces homólogo del Senado, Iván Name —de la Alianza Verde—, están detenidos de forma preventiva mientras avanza el proceso penal en su contra. Calle, quien defiende su inocencia, señaló en su renuncia que no busca evadir el fuero de la Corte.

"Mis condiciones personales actuales, por todos conocidas, me han conducido a decidir enfrentar mi proceso judicial alejado definitivamente del máximo honor de mi vida: pertenecer a esta digna corporación", dice la carta de Calle, que la mesa directiva de la Cámara expuso el año pasado.

El actual jefe de la Cámara, Julián López, del Partido de la U —al que renunció por decisiones en su contra por oponerse a Dilian Francisca Toro—, abrió la votación sobre la renuncia, y tras el trámite casi automático Andrés Calle dejó de ostentar la condición de parlamentario.

Luego, en enero de 2026, Calle presentó una solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento. "Con ocasión de su renuncia y el cierre de inscripciones ya no es un actor político con participación, incidencia o influencia", reseñó la Corte Suprema antes de repeler la intención del político.

"Un esquema de corrupción sistemática"

Otro de los argumentos del oriundo de Montelíbano era una declaración jurada con la que renunció a su derecho al voto. La Sala de Primera Instancia le respondió en apenas dos párrafos: "carece de toda virtualidad jurídica y no constituye una prueba sobreviniente" para desvirtuar la detención.

El 17 de diciembre de 2025 nació un hijo de Andrés Calle. El exlegislador no ha podido conocerlo, porque las condiciones del encierro en la cárcel no lo permiten. Ese fue otro de sus alegatos, al que le sumó un ensayo sobre la importancia de la presencia de los padres en los primeros días de vida.

"No se ponen en duda los escritos y conceptos (...) que permiten dar por cierto el peligro que constituye para el recién nacido el tener contacto con su padre en un centro de reclusión", pero "no son suficientes para establecer una necesidad imperiosa de conceder prisión domiciliaria", sostuvo el auto.

Calle también criticó la credibilidad de Sneyder Pinilla y la "supuesta falta de valoración integral" de testimonios de Sandra Ortiz, la ex consejera presidencial que habría sido la intermediaria de los sobornos para los expresidentes del Congreso. La Corte, a su turno, quebró la postura.

Y pidió que, en caso de que no se le otorgara la libertad, la justicia optara por medidas menos privativas de sus derechos fundamentales, como un traslado a una guarnición militar, los dispositivos de vigilancia, las restricciones territoriales o las prohibiciones de comunicación.

"La gravedad de los delitos imputados, la participación de múltiples actores en un esquema de corrupción sistemática, y el impacto en derechos fundamentales de población vulnerable, hacen que la detención intramural sea la única medida" efectiva para proteger a la comunidad, concluyó el alto tribunal.