La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó el llamado a juicio del representante a la Cámara Miguel Polo Polo, por los presuntos delitos de instigación a delinquir, hostigamiento y amenazas por dos publicaciones en contra del movimiento M-19.
Polo publicó en X en noviembre de 2023 el mensaje: "¡Gloria a los soldados, plomo a los guerrilleros!", junto a un video en el que una bandera del Eme se incineraba y una voz expresaba "Fuera, Petro, fuera". Otra publicación pedía echarle "candela" al mandatario.
El concejal José Cuesta denunció al congresista, y la corte abrió una investigación previa en en enero del 2024. En octubre Polo asistió a su indagatoria, en la que guardó silencio. La Corte lo acusó en marzo de este año, y el representante presentó una nulidad.
Como la Sala de Primera Instancia rechazó el recurso y siguió adelante con el proceso, la defensa de Polo apeló, así que la Sala de Casación se pronunció en segunda instancia. El magistrado Gerson Chaverra fue el ponente, y el tribunal ratificó el llamado.
La Sala de Instrucción, que investigó a Polo y lo acusó, dijo que el congresista "publicó mensajes presuntamente tendientes a causar daño a un grupo determinado de personas, como lo son los miembros del movimiento M-19, reconocido actualmente como un partido".
"El mensaje cuestionado es en esencia una invitación a eliminar al que piense diferente, porque en este se exhorta de manera concreta a generar daño colectivo a los miembros de la organización, a través de una conducta consistente en dar plomo", agregó.
La defensa de Polo argumentó que la acusación cambió varios hechos en comparación con la indagatoria, lo que habría vulnerado el debido proceso del representante de las negritudes. Pero la Sala de Casación no estuvo de acuerdo.
Chaverra y la Sala coincidieron por unanimidad en que el tiempo que pasó entre la indagatoria y la acusación son claves para recaudar más evidencias, definir los delitos por los que Polo va a juicio y afinar los detalles jurídicos de la siguiente etapa.
"Nada nuevo se introdujo que constituyera un hecho jurídicamente relevante o una nueva circunstancia no aducida en la indagatoria", sostuvo la Corte. La única diferencia es el llamado a "algunos posibles sujetos pasivos del delito", o sea, probables víctimas.
En el expediente aparecieron los nombres del presidente Gustavo Petro y la senadora María José Pizarro, no porque Polo los haya implicado directamente, sino porque señaló "de manera genérica" a "miembros o exintegrantes del M-19 o afines a su ideología política".
"La concreción de algunas víctimas, sin duda alguna, no equivale a un hecho que pueda en esas condiciones ser considerado novedoso y menos jurídicamente relevante para efectos de estructurar la descripción típica", apuntó la decisión.
O sea, como Polo inicialmente ofreció "plomo" contra miembros del Eme sin especificar, y Petro militó en el grupo y Pizarro es hija de uno de sus líderes más relevantes, su inclusión en el caso no sirve para tumbar del todo el proceso, así que sigue firme.