El Ministerio de Salud y Protección Social confirmó las nuevas tarifas de cuotas moderadoras y copagos que regirán en Colombia durante 2026, tras la expedición de la Circular Externa 048 del 31 de diciembre de 2025. La actualización responde a los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y busca indexar estos valores sin depender del salario mínimo.
Según explicó la entidad, los pagos que realizan los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) deben ajustarse anualmente con base en la Unidad de Valor Básico (UVB), un mecanismo creado para reflejar la variación del costo de vida, teniendo en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) sin alimentos ni regulados, certificado por el DANE.
Valor de la UVB para 2026
De acuerdo con la Resolución 3488 de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el valor oficial de la Unidad de Valor Básico para 2026 quedó fijado en:
- UVB 2026: $12.110
Con esta cifra, el Ministerio de Salud realizó el cálculo de las cuotas moderadoras, los copagos y los topes máximos que podrán cobrarse durante la vigencia 2026, tanto por evento como por año calendario.
Régimen contributivo: así quedan las cuotas moderadoras
En el régimen contributivo, las cuotas moderadoras continúan aplicándose como un mecanismo de regulación del uso de los servicios de salud. Su valor depende del ingreso mensual del afiliado cotizante, expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV):
- Ingresos menores a 2 SMLMV:
Cuota moderadora aproximada de $5.000 - Ingresos entre 2 y 5 SMLMV:
Cuota moderadora aproximada de $20.100 - Ingresos mayores a 5 SMLMV:
Cuota moderadora aproximada de $52.800
Estos valores se cobran por cada servicio o actividad contemplada en la normatividad vigente y aplican tanto para el afiliado cotizante como para sus beneficiarios.
Valor de los copagos en el régimen contributivo para el 2026
En cuanto a los copagos, que corresponden a una financiación parcial del servicio, el Ministerio mantuvo los siguientes porcentajes sobre el valor total de la atención:
- Menor a 2 SMLMV: 11,5 %
- Entre 2 y 5 SMLMV: 17,3 %
- Mayor a 5 SMLMV: 23 %
Tope máximo de copago por evento en 2026
Para evitar cobros excesivos, se establecieron topes máximos por evento:
- Menor a 2 SMLMV: hasta $373.715
- Entre 2 y 5 SMLMV: hasta $1.497.644
- Mayor a 5 SMLMV: hasta $2.995.409
Tope máximo de copago por año en 2026
También se fijaron límites anuales por afiliado beneficiario:
- Menor a 2 SMLMV: hasta $748.882
- Entre 2 y 5 SMLMV: hasta $2.995.409
- Mayor a 5 SMLMV: hasta $5.990.696
Régimen subsidiado: sin cuotas moderadoras, pero con copagos
Para los afiliados al régimen subsidiado, el Ministerio reiteró que no se cobran cuotas moderadoras. No obstante, sí aplican copagos, los cuales no podrán superar el 10 % del valor del servicio recibido.
Topes de copagos en el régimen subsidiado para 2026
- Tope máximo por evento: hasta $651.155
- Tope máximo por año calendario: hasta $1.302.309
Desde cuándo rigen las nuevas tarifas
La Circular Externa 048 de 2025 establece que las tarifas actualizadas de cuotas moderadoras y copagos entran en vigencia a partir del 1 de enero de 2026 y son de obligatorio cumplimiento para las EPS, las entidades prestadoras de servicios de salud y los afiliados al sistema.
El Ministerio de Salud precisó que estos ajustes buscan garantizar reglas claras en el cobro de los servicios, mantener la diferenciación entre cuotas moderadoras y copagos, y asegurar que los valores se actualicen de manera técnica y uniforme en todo el país.