Pico y placa en Bucaramanga se mantiene: esta será la restricción del 29 de diciembre al 3 de enero de 2026

La restricción se mantiene hasta el cierre de 2025 por el aumento del flujo vehicular. La Alcaldía evalúa suspenderla a comienzos de 2026.
El pico y placa metropolitano rige desde el 1 de octubre en Bucaramanga y su área metropolitana, con nueva rotación y horarios definidos. Crédito: Tránsito Bucaramanga / X

Las autoridades en Bucaramanga decidieron mantener la restricción del pico y placa durante el cierre de 2025 debido al aumento del flujo vehicular y a la llegada de visitantes.

De todas formas, la Alcaldía evalúa levantar la medida en los primeros días de 2026. Mientras se adopta una decisión, se recomienda consultar el calendario vigente y cumplir la norma para evitar sanciones.

Los días de restricción por placas se mantienen:
Lunes: 3 y 4
Martes: 5 y 6
Miércoles: 7 y 8
Jueves: 9 y 0 (festivo, no aplica)
Viernes: 1 y 2

El horario de restricción será de 6:00 a. m. a 8:00 p. m., periodo durante el cual los vehículos cuyas placas coincidan con la rotación diaria no podrán circular.

En cuanto a los sábados, la restricción aplicará el 3 de enero para las placas 3 y 4, en el horario de 9:00 a. m. a 1:00 p. m..

La medida no aplica para los siguientes vehículos exentos

vehículos de servicios funerarios; automóviles de miembros del gabinete municipal y departamental; vehículos eléctricos matriculados; transporte público de pasajeros; vehículos oficiales, de emergencia u operativos, incluidos los de caravanas presidenciales, bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y recolección de residuos; automotores de la Fuerza Pública; vehículos de servicios públicos y mantenimiento de redes; y aquellos utilizados por medios de comunicación.

El incumplimiento de la norma implica una multa de 15 salarios mínimos diarios (más de 700.000 pesos) y la inmovilización del vehículo, conforme al Código Nacional de Tránsito.

En el funcionamiento anterior, la restricción se aplicaba a los dos últimos dígitos de la placa de lunes a viernes, mientras que los sábados se mantenía la rotación del día anterior.

Durante el segundo trimestre de 2025, la distribución fue la siguiente:
Lunes: 5 y 6
Martes: 7 y 8
Miércoles: 9 y 0
Jueves: 1 y 2
Viernes: 3 y 4

El horario en ese periodo fue de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. de lunes a viernes para vehículos particulares y de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. los sábados. Para los taxis, la restricción se extendió de 7:00 a. m. a 9:00 p. m..

*Este contenido fue escrito y producido por una inteligencia artificial bajo supervisión y curaduría de un periodista de La FM.