Pico y placa en Cali 2026: así aplica del 2 al 6 de febrero

La Alcaldía de Cali confirmó cómo operará el pico y placa entre el 2 y el 6 de febrero de 2026 en la ciudad.
El pico y placa en Cali se aplica de lunes a viernes, entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m., durante el primer semestre de 2026. Crédito: Alcaldía de Cali

La Secretaría de Movilidad Distrital informó que durante la semana del 2 al 6 de febrero de 2026 continuará vigente la rotación del pico y placa en Cali 2026, como parte del esquema definido para el primer semestre del año. La medida rige de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m., y no aplica los fines de semana ni los días festivos.

La rotación actual inició el 5 de enero y estará vigente hasta el 30 de junio de 2026. Tras la semana pedagógica desarrollada entre el 5 y el 9 de enero, desde el 13 de ese mes comenzó la fase de control, en la cual se aplican sanciones a los conductores que incumplan la restricción.

Rotación del pico y placa del 2 al 6 de febrero

Durante los cinco días hábiles de la semana, la rotación del pico y placa se define según el último número de la placa del vehículo particular, de la siguiente manera:

  • Lunes 2 de febrero: placas terminadas en 1 y 2.
  • Martes 3 de febrero: placas terminadas en 3 y 4.
  • Miércoles 4 de febrero: placas terminadas en 5 y 6.
  • Jueves 5 de febrero: placas terminadas en 7 y 8.
  • Viernes 6 de febrero: placas terminadas en 9 y 0.

La restricción se mantiene durante toda la franja horaria establecida. El incumplimiento de la medida puede dar lugar a las sanciones previstas en la normativa de tránsito vigente.

Vehículos exentos del pico y placa

El decreto distrital contempla una serie de vehículos exentos del pico y placa, conforme a la normatividad vigente y a sus modificaciones posteriores. Entre ellos se encuentran los vehículos de emergencia, incluidos los pertenecientes a organismos de socorro como Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja y ambulancias debidamente registradas.

También están exceptuados los vehículos oficiales, diplomáticos y consulares. En el caso de los automotores que transportan personas con discapacidad o movilidad reducida, la exención se mantiene sin necesidad de una nueva solicitud, salvo cuando exista cambio de vehículo, siempre que durante los recorridos el conductor esté acompañado por la persona acreditada.

La medida incluye además la exención para vehículos híbridos y eléctricos, vehículos de carga con capacidad igual o superior a cinco toneladas, automotores cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación, y las motocicletas.

Recomendaciones de movilidad para la ciudadanía

La Secretaría de Movilidad Distrital recomendó a la ciudadanía consultar de manera periódica la información oficial para verificar la restricción correspondiente a cada placa y planificar los desplazamientos con anticipación.

Entre las alternativas de transporte sugeridas se encuentran el Sistema MIO, los taxis y otros medios como la bicicleta. El secretario de Movilidad, Gustavo Orozco, indicó que la medida busca apoyar la organización del tránsito en la ciudad e hizo un llamado a respetar la rotación vigente.