Así rige el pico y placa para vehículos particulares la primera semana de octubre

Excepciones: Existen algunas excepciones a esta regla
Normativa del pico y placa en Bogotá: restricciones y multas. Conoce las reglas para circular y evita sanciones. Crédito: Alcaldía de Bogotá

El pico y placa para vehículos particulares rige en Bogotá de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 9:00 p.m.

Esta medida tiene como objetivo principal reducir la congestión vehicular y mejorar la calidad del aire en áreas urbanas densamente pobladas.

La medida aplica de la siguiente manera:

  • Días impares no pueden circular placas terminadas en 6-7-8-9-0
  • En días pares no pueden circular placas terminadas en 1-2-3-4-5

Semana del 2 al 8 de octubre

  • Lunes 2: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
  • Martes 3: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
  • Miércoles 4: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
  • Jueves 5: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
  • Viernes 6: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
  • Sábado 7: No aplica
  • Domingo 8: No aplica

Excepciones: Existen algunas excepciones a esta regla. Los vehículos con ciertas características, como autos eléctricos o híbridos, pueden estar exentos de las restricciones, al igual que aquellos conducidos por personas con discapacidades y vehículos de emergencia.