El Ministerio de Transporte expidió una nueva reglamentación que modifica las condiciones técnicas para una parte del transporte de carga en Colombia. La medida busca fortalecer los controles sobre vehículos que hasta ahora no contaban con una regulación específica en materia de revisión técnico-mecánica, con el propósito de mejorar la seguridad vial y reducir los riesgos por fallas mecánicas.
reLa decisión quedó consignada en la Resolución 20263040030265, que desarrolla por primera vez las reglas para inspeccionar remolques y semirremolques, establece quiénes podrán realizar estas revisiones y define el esquema bajo el cual deberán implementarse en todo el país.
¿Qué vehículos deberán cumplir el nuevo requisito?
La resolución aplica exclusivamente a los remolques y semirremolques utilizados en el transporte de carga.
Estos vehículos deberán someterse a una revisión técnico-mecánica anual, la cual deberá efectuarse mientras estén acoplados a una unidad tractora y siguiendo los parámetros establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 5375-4:2024.
En el caso de los vehículos nuevos, la primera inspección deberá realizarse dentro de los dos años siguientes a la matrícula. Para los que ya se encuentran registrados, el Ministerio de Transporte estableció un cronograma gradual de implementación.
Según datos del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), en Colombia existen 2.869 remolques y 118.293 semirremolques, de los cuales cerca del 51 % ha realizado operaciones de carga durante los últimos tres años.
¿Por qué el Ministerio creó esta obligación?
La nueva regulación busca cerrar un vacío normativo que existía sobre este tipo de vehículos.
El Ministerio explicó que la medida responde, entre otras razones, a las cifras del Observatorio de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, según las cuales la tasa de letalidad asociada al transporte de carga alcanza el 49,6 %, más del doble del promedio nacional.
Para la cartera de Transporte, fortalecer los controles técnicos permitirá disminuir los riesgos derivados de fallas mecánicas y mejorar las condiciones de seguridad en las carreteras del país.
"La seguridad vial empieza por garantizar que todos los vehículos que circulan por nuestras carreteras cumplan condiciones técnicas adecuadas. Con esta resolución cerramos un vacío regulatorio histórico, fortalecemos el transporte de carga y damos un paso más para proteger la vida de quienes transitan por las vías del país", señaló la ministra de Transporte, Mafe Rojas.
Así funcionará la nueva revisión técnico-mecánica
La resolución también define la forma en que se prestará el servicio.
Los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) de clases C y D podrán ampliar su acreditación ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) para realizar estas inspecciones.
Asimismo, el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) incorporará el registro de las revisiones, mientras que la Superintendencia de Transporte será la encargada de fortalecer las labores de inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento de la medida.
La normativa también establece un esquema tarifario para este servicio, el cual será objeto de seguimiento durante los dos primeros años de implementación para evaluar si requiere ajustes.
Bloque de pregunats frecuentes
¿Qué vehículos deberán cumplir con la nueva revisión técnico-mecánica en Colombia?
La Resolución 20263040030265 aplica únicamente a los remolques y semirremolques utilizados en el transporte de carga. La medida no modifica las reglas para carros particulares, motocicletas, camionetas o buses, ya que estos continúan rigiéndose por la normativa vigente sobre revisión técnico-mecánica. El objetivo es establecer, por primera vez, un control técnico específico para este tipo de vehículos de carga.
¿Cada cuánto deberán realizar la revisión técnico-mecánica los remolques y semirremolques?
La nueva reglamentación establece que los remolques y semirremolques deberán someterse a una revisión técnico-mecánica anual. La inspección deberá realizarse con el vehículo acoplado a una unidad tractora y siguiendo los procedimientos definidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 5375-4:2024, con el fin de verificar que cumple las condiciones de seguridad exigidas para circular por las vías del país.
¿Cuándo deberán hacer la primera revisión los remolques y semirremolques nuevos?
Los vehículos que sean matriculados después de la entrada en vigor de la resolución tendrán un plazo de dos años desde la fecha de matrícula para realizar su primera revisión técnico-mecánica. En cambio, los remolques y semirremolques que ya están registrados deberán acogerse al cronograma gradual que definió el Ministerio de Transporte para iniciar las inspecciones.