La Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales) presentó a la Corte Constitucional una solicitud de suspensión provisional del Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, con el que el Gobierno nacional declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional.
La petición busca que se frenen de manera inmediata los efectos del decreto, mientras ese tribunal adopta una decisión de fondo sobre su validez constitucional, en el marco del control automático que aplica para este tipo de medidas excepcionales.
La intervención de Asocapitales se alinea con una solicitud previa presentada por el Distrito de Medellín, y que tiene como eje central el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 de la Constitución Política para la declaratoria de estados de excepción.
La asociación plantea que el análisis debe centrarse en la existencia de hechos verdaderamente extraordinarios que justifiquen el uso de esa figura.
Cuestionamientos a las razones de la emergencia
En su planteamiento, Asocapitales sostiene que los hechos utilizados para sustentar la declaratoria no cumplen con los criterios de sobreviniencia, imprevisibilidad ni gravedad que exige el orden constitucional.Entre las situaciones citadas para justificar la emergencia se encuentran obligaciones judiciales en materia de salud, pago de sentencias, subsidios a servicios públicos, seguridad ciudadana, efectos de la ola invernal y la falta de aprobación de proyectos de ley de financiamiento.
De acuerdo con la Asociación, estas circunstancias corresponden a problemáticas estructurales y permanentes del Estado, que son previsibles y que por su naturaleza, pueden ser atendidas mediante los mecanismos ordinarios de planeación, gestión administrativa y presupuesto público.
En ese sentido, advierten que acudir a un estado de emergencia para resolver este tipo de asuntos, desvirtúa el carácter excepcional de la figura.
Asocapitales señaló que el uso reiterado de mecanismos extraordinarios para atender situaciones estructurales, podría transformar una herramienta excepcional en un instrumento ordinario de gestión fiscal, lo que se apartaría de los límites fijados por la Constitución de 1991.
Impactos institucionales y territoriales
Otro de los puntos destacados es el posible impacto institucional de mantener vigentes los efectos del decreto. Asocapitales advierte sobre riesgos jurídicos y fiscales que podrían resultar irreversibles, especialmente si se expiden decretos legislativos que alteren el equilibrio entre las ramas del poder público.
Asimismo, se plantea una preocupación por la eventual afectación de la autonomía fiscal y administrativa de los municipios y distritos capitales, al considerar que las medidas adoptadas bajo la emergencia podrían comprometer competencias propias de las entidades territoriales.
La asociación recuerda que la Corte Constitucional ha establecido que la suspensión provisional de normas sometidas a control constitucional procede cuando estas resultan incompatibles con la Constitución Política y generan efectos potencialmente irreparables.
En ese caso, se argumenta que el decreto carece de un sustento fáctico acorde con las exigencias constitucionales.
En su solicitud, Asocapitales pide suspender los efectos jurídicos del Decreto 1390 de 2025, así como del Decreto 1474 del mismo año, que adoptó medidas tributarias con fundamento en la declaratoria de emergencia.
La petición también se extiende a cualquier otro decreto legislativo que se expida bajo ese mismo marco excepcional.
La Asociación informó que realizará seguimiento permanente al trámite constitucional, en su calidad de vocero técnico y jurídico de las ciudades capitales y reiteró su interés en la preservación del orden constitucional, la separación de poderes y la sostenibilidad fiscal de los entes territoriales.