Gobierno prepara decreto para prohibir importaciones por trabajo forzoso tras arancel de 12,5 % de EE. UU.

El proyecto plantea controles de la DIAN, aprehensión y decomiso de mercancías, mientras el sector floricultor advierte el impacto del arancel de 12,5 % impuesto por Estados Unidos.
Colombia pudo evitar el aumento de aranceles de Estados Unidos. Crédito: www.magnific.com

El Gobierno Nacional tiene listo un borrador de decreto con el que busca prohibir el ingreso a Colombia de bienes que hayan sido extraídos, producidos, manufacturados o transformados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso u obligatorio.

El proyecto fue elaborado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y establece que la prohibición aplicaría a todas las etapas de la cadena de suministro, desde la extracción y el cultivo hasta la manufactura, el ensamble, el procesamiento y el acabado. También señala que la medida tendría aplicación sin distinción del origen o procedencia de las mercancías.

El documento se conoce en medio de la discusión comercial con Estados Unidos alrededor del trabajo forzoso. La administración estadounidense había cuestionado que Colombia no contara con una prohibición de importación de bienes producidos bajo estas condiciones y, posteriormente, estableció un arancel adicional del 12,5 % para productos colombianos.

El borrador, sin embargo, no señala expresamente que la decisión estadounidense sea la causa de su expedición. El documento fundamenta la medida en las obligaciones constitucionales de Colombia, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo y los compromisos internacionales asumidos por el país en materia laboral, de derechos humanos y comercio exterior.

¿Qué plantea el borrador?

El proyecto define como trabajo forzoso u obligatorio aquel que sea exigido a una persona bajo amenaza de una pena y para el cual no se haya ofrecido voluntariamente, de acuerdo con el Convenio 29 de la Organización Internacional del Trabajo. También incorpora las excepciones contempladas en ese instrumento internacional, entre ellas, determinadas actividades relacionadas con el servicio militar obligatorio, las obligaciones cívicas, las condenas judiciales y las situaciones de fuerza mayor.

La aplicación de la medida quedaría principalmente en manos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La entidad tendría facultades para controlar y verificar las mercancías, adelantar investigaciones, solicitar información, practicar y valorar pruebas, y adoptar medidas de aprehensión y decomiso cuando corresponda.

El Ministerio de Comercio apoyaría la formulación y coordinación de la política comercial y la identificación de factores de riesgo, mientras que el Ministerio del Trabajo tendría a su cargo el apoyo técnico para identificar y valorar indicadores relacionados con el trabajo forzoso.

La DIAN podría iniciar controles cuando existan «motivos razonables» sustentados en información objetiva, verificable y suficiente para considerar que una mercancía pudo haber sido producida mediante trabajo forzoso en alguna de las etapas de su cadena de suministro.

El borrador establece, además, que una decisión definitiva tendría que estar sustentada en los hechos y las pruebas incorporadas al expediente, con garantía del debido proceso, el derecho de defensa y la contradicción.

Listados de riesgo para identificar mercancías

Otro de los mecanismos incluidos en el proyecto es la elaboración de listados indicativos de riesgo sobre bienes, sectores, regiones, productores, exportadores, entidades o cadenas de suministro en los que exista información objetiva, verificable y suficiente sobre posibles casos de trabajo forzoso.

La inclusión en estos listados no constituiría, por sí misma, una prueba definitiva ni una sanción. Su finalidad sería apoyar la gestión del riesgo aduanero, seleccionar operaciones para control y orientar la debida diligencia de los operadores de comercio exterior.

El documento también establece que los interesados podrán aportar información y solicitar la revisión, actualización o exclusión de los listados. La autoridad tendría que justificar las decisiones y no podría invertir la carga de la prueba por el solo hecho de incluir a una empresa, producto o cadena de suministro en uno de ellos.

Para adelantar las verificaciones, la DIAN podría solicitar información a personas naturales o jurídicas relacionadas, directa o indirectamente, con la operación de comercio exterior o con la cadena de suministro. Los importadores también podrían presentar documentos sobre origen, trazabilidad, auditorías, certificaciones y procesos de debida diligencia.

Aprehensión y decomiso

El proyecto establece que, cuando se determine que una mercancía está cobijada por la prohibición, podrán aplicarse las medidas previstas para los bienes de prohibida importación, incluida la aprehensión y el decomiso, de acuerdo con la Ley 2586 de 2026 y las normas aduaneras correspondientes.

El borrador aclara que no crea nuevas infracciones ni sanciones. Las conductas sancionables, las sanciones y los procedimientos serían los establecidos previamente en la Ley 2586 de 2026.

La propuesta también contempla canales para recibir denuncias, reportes y comunicaciones sobre mercancías presuntamente producidas mediante trabajo forzoso. Esa información tendría que ser verificada y contrastada con otras fuentes antes de ser utilizada para valorar el riesgo.

Flores, uno de los sectores afectados por el arancel de Estados Unidos

El debate sobre el trabajo forzoso tiene una repercusión directa sobre algunos sectores exportadores colombianos, entre ellos, el floricultor, después de que Estados Unidos incluyera las flores dentro de los productos afectados por el nuevo arancel.

La presidenta de Asocolflores, Laura Valdivieso, afirmó, en diálogo con La FM, que el gravamen llega cuando las empresas del sector también enfrentan mayores costos de producción y la apreciación del peso colombiano.

«Estados Unidos representa el 80 % de las flores que Colombia exporta al mundo. Son cerca de 2.000 millones de dólares anuales en flores que llegan a Estados Unidos todos los años», afirmó.

Valdivieso recordó que el sector tenía acceso sin aranceles al mercado estadounidense bajo el Tratado de Libre Comercio y señaló el peso de las flores dentro de los productos cobijados por la nueva medida.

«Dentro de los productos afectados por el nuevo arancel, las flores pesan y representan el 33 %», sostuvo.

La dirigente gremial explicó que, aunque el responsable legal del pago es el importador estadounidense, el costo adicional puede terminar siendo objeto de negociación entre compradores y exportadores.

«Quien asume y quien está obligado a pagar aranceles es el importador estadounidense. Lo que pasa es que ese arancel adicional genera una conversación entre vendedores y compradores sobre quién lo asuma. En algunos casos es el exportador; en algunos casos, es el importador», explicó.

La presidenta de Asocolflores también señaló que el nuevo gravamen se suma a otros costos que enfrenta la actividad.

«Esto se suma a una serie de presiones que está enfrentando el sector floricultor: el aumento de costos laborales, el costo de los insumos agrícolas, de los fletes, más la revaluación, que estimamos en cerca del 26 % en el último año y medio, que representa un 26 % menos de ingresos para este sector. Todas esas cosas, sumadas a un aumento de arancel, por supuesto, tienen un impacto».

Estados Unidos es, además, el principal mercado para las flores colombianas. De acuerdo con Valdivieso, Colombia representa cerca del 60 % de las importaciones estadounidenses de flores.

«Colombia representa el 60 % del total de las importaciones de flores de Estados Unidos. Es el principal proveedor y el principal aliado de Estados Unidos en este producto», dijo.

La dirigente gremial agregó que la cadena genera empleos tanto en Colombia como en Estados Unidos.

«Son 240.000 empleos en Colombia y cerca de 220.000 empleos en Estados Unidos en toda la cadena de distribución. Las consecuencias económicas se van a ver de ambos lados», indicó.

Una medida que impactaría a los importadores

El alcance del borrador no se limita a un producto o sector específico. La prohibición se aplicaría a cualquier mercancía que cumpla las condiciones establecidas en el proyecto, independientemente de su país de origen.

El Gobierno sostiene en el documento que la medida busca evitar que mercancías producidas mediante trabajo forzoso ingresen al mercado colombiano y señala que la prohibición se aplicaría bajo el principio de trato nacional, sin buscar otorgar protección a la producción local.

El proyecto también contempla la coordinación entre la DIAN, el Ministerio de Comercio, el Ministerio del Trabajo, la Fiscalía, la Policía, la Superintendencia de Industria y Comercio, la Cancillería y otras autoridades nacionales e internacionales, cuando corresponda.

El borrador establece que el Ministerio de Comercio, con el apoyo de la DIAN y del Ministerio del Trabajo, deberá evaluar la aplicación del decreto y sus efectos sobre el comercio exterior dentro de los dos años siguientes a su entrada en vigor y, posteriormente, cada dos años.

Por ahora, se trata de un borrador de decreto y no de una norma vigente. El texto plantea que, si es expedido, comenzaría a regir desde su publicación en el Diario Oficial.

¿Qué propone el nuevo borrador de decreto sobre trabajo forzoso?

Propone prohibir el ingreso a Colombia de bienes producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso u obligatorio, con controles a cargo de la DIAN.

¿Qué papel tendría la DIAN con el nuevo decreto?

La DIAN sería responsable de verificar el cumplimiento de la prohibición y podría adelantar controles, solicitar información, practicar pruebas y aplicar medidas de aprehensión y decomiso cuando corresponda. 10-08-2026-PD-importacion-bienes-producidos-trabajo-forzoso.pdf

¿Qué relación tiene el decreto con el arancel de Estados Unidos?

El borrador no dice expresamente que sea consecuencia del arancel. Sin embargo, se conoce después de que Estados Unidos elevó al 12,5 % el recargo para parte de las importaciones colombianas tras cuestionar la falta de una prohibición efectiva sobre bienes producidos con trabajo forzoso.

¿Qué sectores colombianos están más expuestos al arancel de Estados Unidos?

Entre los sectores afectados están las flores, además de confecciones, algunas manufacturas, productos agroindustriales y otros bienes. En el caso de las flores, Asocolflores señala que Estados Unidos concentra el 80 % de las exportaciones colombianas del sector.