Con alrededor de casi 200.000 unidades rodando por las calles del país, los vehículos eléctricos e híbridos viven un auge en Colombia. Además de ser amigables con el medio ambiente, estos vehículos tienen ventajas como estar exentos de pico y placa, menores costos de mantenimiento y ahorro en combustible.
Adicionalmente, 2026 llegó con otro beneficio para los propietarios de estos vehículos, pues tendrán importantes beneficios tributarios. Pero, para acceder a los mismos, es de vital importancia cumplir con un trámite obligatorio exigido por el Gobierno nacional.
Propietarios de vehículos eléctricos e híbridos deben cumplir con trámite para obtener beneficios
Desde el 1 de marzo de 2026, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), adscrita al Ministerio de Minas y Energía, abrirá la recepción de solicitudes para el certificado que les permite acceder a incentivos tributarios por la compra de carros eléctricos e híbridos, así como motos eléctricas.
La decisión se formalizó por medio de la Resolución 000070 de 2026, luego de que en 2025 la entidad recibiera cerca de 10.000 solicitudes de certificación.
Los propietarios de carros o motos eléctricas que hayan tramitado el certificado de la UPME podrán presentarlo ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para lograr rebaja en los impuestos.
Un aplicativo web será habilitado por la UPME para que personas naturales y jurídicas presenten la documentación requerida y gestionen el trámite. La entidad indicó que su función es evaluar las iniciativas y expedir el documento habilitante, pero no otorga directamente los beneficios tributarios contemplados en la Ley 1715 de 2014.
¿Qué tipos de requisitos debe preparar el solicitante?
Para asegurar una resolución favorable, el solicitante debe ejecutar las siguientes acciones:
- Prepare la documentación técnica: fichas de equipos, certificados de conformidad y memorias de cálculo de eficiencia.
- Valide la consistencia financiera: facturas, proyecciones de inversión y soportes de gasto en servicios técnicos.
- Autentique la representación jurídica: documentos de identidad o certificados de existencia y representación legal vigentes.
Es fundamental aclarar que el certificado es una “conditio sine qua non” (condición esencial), pero no el otorgamiento final. Mientras la UPME certifica la idoneidad técnica, la DIAN mantiene la potestad tributaria final. El beneficiario debe presentar dicho certificado ante la autoridad fiscal para que el incentivo se haga efectivo en sus declaraciones.
Deducciones tributarias
El beneficio permite deducir hasta el 50 % del valor de la inversión en el impuesto de renta. Este beneficio impacta positivamente la Tasa Interna de Retorno (TIR/IRR) del proyecto y puede aplicarse en un horizonte de hasta 15 años.
- Exclusión de IVA: aplica a vehículos eléctricos, híbridos, motos eléctricas y maquinaria específica. Un punto clave es que también incluye los servicios técnicos necesarios para la puesta en marcha de los proyectos.
- Exención arancelaria: elimina los gravámenes a la importación de maquinaria y equipos FNCER, reduciendo los costos de adquisición de tecnología de punta no producida en el país.
¿Cuál es el impacto esperado de estas medidas en términos de inversión y empleo?
La reducción de la "tramitología" y la transparencia procedimental buscan consolidar a Colombia como un destino atractivo para el capital global. Se espera que cada proyecto certificado no solo mitigue el impacto ambiental, sino que actúe como un multiplicador de empleo especializado en nuevas tecnologías.
Al facilitar el acceso a incentivos, el Estado reduce las barreras de entrada para la adopción de energías limpias. Este proceso es el vehículo para una transición inclusiva, donde la eficiencia energética se convierte en un estándar de desarrollo para ciudadanos y empresas por igual.