Estas personas todavía podrán cambiarse a Colpensiones pese al fin de la ventana pensional

Aunque terminó la ventana pensional, todavía hay trabajadores que pueden cambiarse de un fondo privado a Colpensiones si cumplen las condiciones legales vigentes.
Colpensiones sigue recibiendo solicitudes de traslado, pero únicamente para los afiliados que cumplen los requisitos de edad establecidos por la Ley 100 de 1993. Crédito: Colprensa y Pexels

El traslado a Colpensiones continúa siendo una posibilidad para miles de trabajadores en Colombia, pese a que el pasado 16 de julio terminó la denominada ventana pensional, el mecanismo extraordinario que permitió cambiar de régimen a personas que, por las reglas habituales, ya no podían hacerlo.

Ahora que esa medida excepcional llegó a su fin, vuelven a regir las normas tradicionales previstas en la Ley 100 de 1993. Esto significa que el cambio de fondo privado a Colpensiones todavía está permitido, aunque únicamente para quienes cumplan los requisitos de edad y permanencia establecidos por la legislación.

¿Quiénes todavía pueden cambiarse a Colpensiones?

Tras el cierre de la ventana pensional, el traslado entre un fondo privado y Colpensiones sigue vigente, pero únicamente bajo las reglas ordinarias del sistema pensional colombiano.

En ese sentido, podrán solicitar el cambio quienes aún estén a más de diez años de alcanzar la edad de pensión, es decir:

  • Mujeres menores de 47 años.
  • Hombres menores de 52 años.

Además de cumplir con esas edades, los afiliados deberán respetar las demás condiciones previstas por la ley 100 de 1993, entre ellas el tiempo mínimo de permanencia en el régimen actual y el procedimiento de doble asesoría.

El traslado a Colpensiones continúa siendo una posibilidad para miles de trabajadores en ColombiaCrédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com - Colpensiones

¿Qué cambió tras el fin de la ventana pensional?

La ventana pensional fue una medida temporal creada por la reforma pensional mediante el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024.

Su objetivo fue permitir que trabajadores cercanos a la edad de jubilación, que habían perdido la posibilidad de cambiar de régimen por la regla de los diez años, pudieran volver a evaluar si les convenía permanecer en un fondo privado o trasladarse a Colpensiones.

Con el vencimiento del plazo, esa excepción dejó de existir. En consecuencia, quienes no alcanzaron a presentar su solicitud dentro del periodo habilitado ya no podrán acogerse a ese beneficio extraordinario.

Más de 166.000 trabajadores cambiaron de régimen

El balance preliminar entregado por Asofondos muestra que la ventana pensional tuvo una alta participación de los afiliados.

De acuerdo con el gremio, durante los dos años en que estuvo vigente el mecanismo:

  • Más de 166.000 trabajadores lograron cambiar de régimen.
  • Se realizaron más de 237.000 procesos de doble asesoría.
  • En promedio se radicaron más de 7.000 solicitudes de traslado cada mes.

Asofondos aclaró que estas cifras aún son preliminares, debido a que faltan por consolidar las solicitudes presentadas durante los últimos días del proceso, tanto por canales virtuales como presenciales.

Por esa razón, el número definitivo de afiliados que lograron el traslado a Colpensiones o a un fondo privado podría ser superior al reportado inicialmente.

¿Cómo funciona el traslado de un fondo privado a Colpensiones?

El traslado de Protección a Colpensiones, o desde cualquier otro fondo privado, es el procedimiento mediante el cual un afiliado cambia del Régimen de Ahorro Individual al Régimen de Prima Media administrado por el Estado.

Durante este proceso se trasladan tanto las semanas cotizadas como los recursos acumulados, de acuerdo con las reglas establecidas para el sistema pensional.

Actualmente, el trámite contempla varios pasos obligatorios:

  • Solicitar la doble asesoría tanto en el fondo privado como en Colpensiones.
  • Analizar las proyecciones de pensión que entrega cada régimen.
  • Radicar formalmente la solicitud de traslado.
  • Esperar la fecha en la que se haga efectivo el cambio, que corresponde al primer día calendario del segundo mes siguiente a la radicación.
Tras el cierre de la ventana pensional, el traslado entre un fondo privado y Colpensiones sigue vigenteCrédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com

La doble asesoría sigue siendo un requisito obligatorio

Uno de los requisitos más importantes para cambiarse a Colpensiones continúa siendo la doble asesoría.

Este procedimiento busca que el afiliado conozca las ventajas, condiciones y proyecciones de ambos regímenes antes de tomar una decisión definitiva sobre su futuro pensional.

El objetivo es que el trabajador cuente con información suficiente para evaluar cuál alternativa puede resultar más conveniente según factores como:

  • Las semanas cotizadas.
  • El salario promedio.
  • Los años que faltan para pensionarse.
  • La expectativa del monto de la pensión.

¿Qué deben revisar antes de cambiarse a Colpensiones?

Aunque la posibilidad de solicitar el traslado sigue vigente para algunos trabajadores, especialistas en seguridad social recomiendan no tomar la decisión únicamente por cumplir los requisitos de edad.

Antes de iniciar el proceso conviene revisar aspectos como la historia laboral, las semanas acumuladas, el nivel de ingresos durante la vida laboral y las condiciones particulares de cada afiliado.

La doble asesoría permite precisamente comparar ambos regímenes y conocer las implicaciones que tendría un eventual traslado a Colpensiones, evitando decisiones que puedan afectar el valor de la futura pensión.

Preguntas frecuentes

¿Quiénes pueden cambiarse a Colpensiones en 2026?

Las mujeres menores de 47 años y los hombres menores de 52 años, siempre que cumplan los demás requisitos establecidos por la Ley 100 de 1993.

¿Qué fue la ventana pensional?

Fue una medida temporal creada por la reforma pensional que permitió cambiar de régimen a personas que ya no podían hacerlo por la regla de los diez años para pensionarse.

¿La doble asesoría es obligatoria para cambiarse a Colpensiones?

Sí. Antes de radicar la solicitud, el afiliado debe recibir asesoría tanto del fondo privado como de Colpensiones.

¿Cuándo se hace efectivo el traslado a Colpensiones?

El cambio entra en vigencia el primer día calendario del segundo mes siguiente a la radicación de la solicitud, siempre que se cumplan todos los requisitos.

¿Cuántas personas aprovecharon la ventana pensional?

Según el balance preliminar de Asofondos, más de 166.000 trabajadores lograron cambiar de régimen durante la vigencia de la medida extraordinaria.