Pensionados en Colombia podrán trabajar mientras reciben su mesada: reforma laboral lo permite

El Ministerio de Trabajo aclaró que pensionados con discapacidad pueden ser incluidos en la nómina sin perder su pensión y bajo contratos formales superiores a un mes.
Los pensionados en Colombia pueden volver a trabajar y recibir su mesada, incluso siendo contados en la cuota de discapacidad de las empresas. Crédito: Diseñado por Magnific

El Sistema General de Pensiones de Colombia, regulado por la Ley 100 de 1993, tiene como propósito proteger a los ciudadanos cuando llegan a una etapa de la vida en la que ya no pueden trabajar por edad o incapacidad, así como brindar respaldo económico a sus beneficiarios en caso de fallecimiento.

Por eso, los tipos de pensión que existen son vejez, invalidez, sobrevivientes, familiar y sustitución familiar. Cada una de estas modalidades ofrece protección a los colombianos frente a distintas contingencias.

Pero en ocasiones, los pensionados pueden tener la necesidad de seguir trabajando aún cuando reciben una mesada, ya sea para cubrir sus gastos o los de su familia.

Aunque se asume que las personas que reciben una pensión están en edad de retiro, por lo que ya no hacen parte del mercado laboral, el Ministerio de Trabajo redefinió las reglas y emitió un concepto que le permite a esta población volver a trabajar, sin que los fondos de pensiones les dejen de pagar su mesada.

Un concepto del Ministerio de Trabajo aclaró que los pensionados pueden reincorporarse al mercado laboral sin que ello implique la suspensión del pago de su mesada pensional.Crédito: Colprensa

Pensionados pueden volver a trabajar mientras reciben su mesada pensional

Este cambio llegó de la mano de la Ley 2466 de 2025, mejor conocida como la reforma laboral, que trajo importantes cambios para los trabajadores y empleadores.

El artículo 15, numeral 17, de esta norma ordena a las empresas que tengan hasta 500 trabajadores contratar o mantener contratadas al menos a dos personas con discapacidad por cada 100 empleados.

A partir de 501 trabajadores, las empresas deben contratar o mantener contratado al menos a un trabajador con discapacidad adicional por cada 100 empleados, según corresponda.

Pero ahora el Ministerio de Trabajo indicó que una persona pensionada puede ser incluida en la nómina como una persona con discapacidad. “Una persona pensionada por invalidez o pensionada por vejez en condición de discapacidad puede ser computada por el empleador dentro de la cuota mínima de contratación prevista en el numeral 17 del artículo 15 de la Ley 2466 de 2025”, indicó la cartera.

El Ministerio de Trabajo indicó que, para ser contratado, el pensionado debe contar con un certificado de discapacidad expedido conforme a las disposiciones del Ministerio de Salud.

El tipo de contrato para personas pensionadas

Por otra parte, la cartera de Trabajo indicó que un pensionado con discapacidad solo podrá ser vinculado mediante un contrato a término indefinido, fijo o por obra o labor, y este debe tener una vigencia superior a un mes.

“Por consiguiente, la circunstancia de que la persona ostente la calidad de pensionada por invalidez o pensionada por vejez no constituye una causal de exclusión para ser contabilizada dentro de la cuota mínima de contratación”, indicó Mintrabajo.

Pensionados con discapacidad podrán ser contabilizados por las empresas dentro de la cuota mínima de contratación.Crédito: Pexels

Asimismo, aclara que, conforme al artículo 33 de la Ley 361 de 1997, “el ingreso al servicio público o privado de una persona limitada que se encuentre pensionada no implicará la pérdida ni suspensión de su mesada pensional, siempre que no implique doble asignación del tesoro público”.

Dado que la reforma laboral no establece exclusiones ni requisitos adicionales para los pensionados con discapacidad, estos pueden integrarse plenamente al mercado laboral. De esta manera, se eliminan barreras para que las empresas cumplan con sus obligaciones legales utilizando el talento de esta población.

Bloque de preguntas y respuestas

  • ¿Los pensionados pueden trabajar mientras reciben su mesada pensional?

    Sí. Un concepto del Ministerio de Trabajo permite que los pensionados continúen trabajando sin perder el pago de su pensión.
  • ¿Qué establece la reforma laboral sobre la contratación de personas con discapacidad?

    Las empresas deben cumplir una cuota mínima de vinculación de personas con discapacidad, de acuerdo con el número de trabajadores que tengan.
  • ¿Una persona pensionada puede ser contabilizada dentro de la cuota de discapacidad?

    Sí. Los pensionados por invalidez o los pensionados por vejez con discapacidad pueden ser incluidos en esa cuota por parte del empleador.
  • ¿Qué requisito debe cumplir un pensionado para ser contratado como persona con discapacidad?

    Debe contar con un certificado de discapacidad expedido conforme a las disposiciones del Ministerio de Salud.
  • ¿Qué tipos de contrato pueden tener los pensionados que regresan al mercado laboral?

    Pueden ser vinculados mediante contratos a término indefinido, fijo o por obra o labor, con una duración superior a un mes.