Uno de los cambios más radicales de la reforma laboral sigue sin entrar en vigor: la cotización parcial o por horas a la seguridad social para microempresas, hogares y trabajadores independientes, pues hace falta la respectiva reglamentación por parte del Gobierno.
Este cambio está especificado en el artículo 34 de la Ley 2466, sancionada el 25 de junio de 2025, y permite realizar aportes a la seguridad social de forma proporcional a los ingresos percibidos o al tiempo trabajado. Pero, como hacen falta varios aspectos normativos para que el modelo comience a funcionar, ya es responsabilidad del gobierno entrante expedir los decretos reglamentarios.
¿Será posible cotizar por horas en Colombia?
El gobierno entrante de Abelardo de la Espriella sí expediría los decretos necesarios que permitan cotizar por horas, según le dijo a Valora Analitik el abogado Charles Chapman, miembro del equipo de empalme del presidente electo.
“Ya está listo el tema y lo está revisando el equipo de empalme. Lo bueno es que hay oportunidades en la ley laboral para hacerlo (…) Hay una norma para independientes, otra para microempresas y otra para contratos especiales”, dijo.
Trabajadores que podrían cotizar a seguridad social por horas
Nicolás Yemail, socio y líder de Derecho Laboral y Seguridad Social en Scola Abogados, le explicó a La FM que la ley está dirigida a trabajadores cuyo empleador sean microempresas u hogares.
"El segundo requisito que trae la ley es que se trate de trabajadores que tengan o presten sus servicios mediante tiempo parcial, es decir, que no trabajen la jornada laboral completa", añadió.
¿Cómo se pagarían la prima, las cesantías, las vacaciones y sus intereses en un trabajo por horas?
Yemail explicó que el artículo 34 solo habla de los aportes a salud y pensión, no de estas prestaciones y vacaciones. "La prima, las cesantías y sus intereses, y las vacaciones se siguen calculando como siempre: en proporción a lo trabajado y a lo devengado, sin importar si la jornada es completa o parcial", dijo.
Según explicó el experto, cotizar por horas no debería limitarle a nadie el derecho a estas prestaciones laborales, si de fondo existe un contrato de trabajo.
¿Qué riesgos corren las empresas si usan esta figura para esconder empleos de tiempo completo?
El abogado explicó que la ley señala expresamente que no se puede pagar como parcial una relación que, en realidad, es de tiempo completo. Si una empresa lo hace, se expone a:
- Que la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales) le exija pagar lo que dejó de aportar, más intereses.
- Sanciones de la UGPP.
- Que el trabajador reclame ante un juez el reconocimiento de su contrato de tiempo completo, con todas sus acreencias laborales.
- Daño reputacional y mayor riesgo de inspecciones del Ministerio del Trabajo.
De hecho, la ley le otorga a la UGPP la responsabilidad de vigilar este mecanismo. Le da poder para revisar que solo lo usen quienes tienen derecho (microempresas y hogares formalizados) y aplicar sus sanciones habituales: cobro de lo no pagado, intereses de mora y sanciones.
"Lo que todavía no está claro es si habrá sanciones específicas para este esquema o si se usará el mismo régimen que ya aplica la UGPP a otros aportes. Eso depende de la reglamentación pendiente", indicó Yemail.
¿Cotizar a seguridad social por horas ayudaría a formalizar el empleo?
Chapman le dijo a Valora Analitik que un sinnúmero de trabajadores sería beneficiado con esta medida. Por ejemplo, una empleada de servicio que hace aseo en casas podrá cotizar por el tiempo trabajado. También puso como ejemplo a los trabajadores jóvenes que necesiten estudiar y trabajar a la vez, dándoles la posibilidad de trabajar por horas.
Por su parte, Yemail indicó que permitir pagos parciales, incluso por debajo de un salario mínimo, podría ser una puerta real de entrada al sistema para hoteles, restaurantes, bares, agro, turismo, transporte, droguerías y farmacias, pues gran parte del empleo informal en Colombia hoy no paga nada de seguridad social.
"De hecho, la reforma pensional, cuya entrada en vigencia está condicionada a la constitucionalidad de la norma, establece una regla de cotización para trabajadores dependientes, contratistas o independientes que laboren a tiempo parcial o perciban ingresos mensuales inferiores a un salario mínimo mensual legal vigente", indicó.
"Así las cosas, la norma en cuestión y su reglamentación podrían constituir un muy buen mecanismo para formalizar empleo", finalizó.
Bloque de preguntas y respuestas
¿Qué es la cotización por horas a la seguridad social que contempla la reforma laboral?
Es un mecanismo previsto en el artículo 34 de la Ley 2466 de 2025 que permitirá realizar aportes a salud y pensión de forma proporcional al tiempo trabajado o a los ingresos percibidos. Su aplicación depende de la reglamentación del Gobierno.¿Quiénes podrán cotizar por horas a la seguridad social en Colombia?
La medida está dirigida a trabajadores vinculados con microempresas y hogares que presten sus servicios a tiempo parcial y cumplan los requisitos establecidos por la ley y su futura reglamentación.¿Las prestaciones laborales cambian con la cotización por horas?
No. La prima, las cesantías, sus intereses y las vacaciones seguirán liquidándose de acuerdo con el tiempo trabajado y el salario devengado, sin importar si la jornada es parcial o completa.¿Qué sanciones enfrentan las empresas que usen indebidamente la cotización por horas?
Si una empresa utiliza esta figura para ocultar una relación laboral de tiempo completo, la UGPP podrá exigir el pago de los aportes omitidos, imponer sanciones y el trabajador podrá reclamar sus derechos ante un juez.¿La cotización por horas ayudaría a formalizar el empleo en Colombia?
Expertos consideran que este esquema facilitaría el acceso a la seguridad social para trabajadores con jornadas parciales y para sectores con alta informalidad, aunque su implementación depende de la reglamentación pendiente.