El trabajo doméstico sostiene silenciosamente la dinámica de miles de hogares en Colombia. Detrás del aseo, la preparación de alimentos y el cuidado de niños, adultos mayores y personas en condición de dependencia, están las empleadas de servicio doméstico, un grupo laboral compuesto en su mayoría por mujeres que, durante décadas, enfrentó altos niveles de informalidad y desprotección.
Aunque en los últimos años se han registrado avances en el reconocimiento de sus derechos, la formalización del servicio doméstico sigue siendo uno de los grandes retos del mercado laboral colombiano. En 2026, este tema vuelve al centro del debate tras la sanción de la reforma laboral, que introduce cambios clave para quienes ejercen este oficio y para los hogares que las contratan.
Reforma laboral: un nuevo marco para el servicio doméstico
El presidente Gustavo Petro sancionó la reforma laboral, correspondiente a la Ley 311 de 2025, luego de superar su trámite en el Senado y la Cámara de Representantes. Esta normativa refuerza la obligación de formalizar el empleo doméstico y establece reglas más claras sobre contratos, jornadas laborales, horas extra y aportes a la seguridad social.
Uno de los cambios más relevantes es la exigencia del contrato escrito, un documento que debe dejar claramente definidos aspectos como la jornada diaria y semanal, el salario acordado, los horarios, los descansos y la forma de pago. Además, el empleador está obligado a registrar a la trabajadora en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), sin importar si labora tiempo completo o por días.
¿Cuándo una empleada deja de ser considerada “por días”?
Una de las dudas más frecuentes entre los empleadores es identificar en qué momento una trabajadora doméstica deja de estar bajo la modalidad de trabajo por días y debe ser afiliada a la seguridad social completa.
De acuerdo con el Decreto 2616 de 2013 y sus actualizaciones, el régimen de cotización por semanas tiene un límite claro que depende del número de días trabajados en el mes.
Casos en los que NO se exige afiliación completa
Cuando una empleada doméstica trabaja 21 días o menos al mes, el empleador puede acogerse al esquema de cotización parcial. En este escenario:
- La trabajadora puede continuar afiliada al régimen subsidiado de salud (Sisbén) o como beneficiaria de un familiar.
- El empleador debe realizar aportes a pensión y caja de compensación por semanas.
- La afiliación a la ARL es obligatoria y debe cubrir el mes completo, sin excepción.
Cuándo SÍ es obligatorio afiliar a seguridad social completa
La situación cambia cuando la empleada doméstica labora 22 días o más en el mes. En este caso, la ley considera que existe una relación laboral permanente o de tiempo completo, lo que obliga al empleador a:
- Afiliarla al régimen contributivo de salud.
- Realizar aportes completos a salud, pensión, ARL y caja de compensación.
- Cotizar sobre una base mínima de un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV).
Este es uno de los puntos más importantes de la normativa, ya que marca la diferencia entre la cotización parcial y la afiliación plena al sistema de seguridad social.
La legislación es clara en señalar que contratar a una empleada doméstica por días no exime al empleador de sus responsabilidades. Incluso si la persona trabaja solo uno o dos días al mes, la afiliación a la ARL debe pagarse por el mes completo, garantizando cobertura ante cualquier accidente o riesgo laboral desde el primer momento.
Pago de horas extras y recargos: lo que dice la ley
La reforma laboral también refuerza el pago de horas extras para el servicio doméstico. Estas deben reconocerse cuando se superan las 8 horas diarias o los límites semanales establecidos.
- Trabajo nocturno: si la jornada se desarrolla entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m., se debe aplicar un recargo del 35 % sobre la hora ordinaria.
- Domingos y festivos: el recargo fue del 80 % en 2025, sube al 90 % en 2026 y llegará al 100 % en 2027.
¿Cuánto se debe pagar por día a una empleada doméstica en 2026?
Para quienes trabajan por días, la ley establece un pago proporcional que no puede ser inferior al mínimo diario. El cálculo parte de dividir el salario mínimo mensual entre 30 días, lo que arroja un valor diario de 58.364 pesos.
A este monto se suma el auxilio de transporte diario, que en 2026 es de 8.437 pesos, siempre que la trabajadora no viva en el lugar de trabajo. Así, el pago mínimo por jornada asciende a 66.700 pesos por día.
Este esquema no libera al empleador del pago proporcional de prestaciones ni de los aportes a la seguridad social, los cuales varían según el número de días laborados.
Salario de las empleadas domésticas en 2026
Con el incremento del salario mínimo, el ingreso de las empleadas domésticas también tuvo un ajuste en 2026. El salario mínimo legal mensual vigente quedó fijado en 1.746.882 pesos, lo que representa un aumento del 23 % frente a 2025.
A este valor se suma el auxilio de transporte mensual de 249.095 pesos, para quienes cumplen los requisitos y no viven en el lugar de trabajo. En total, el ingreso mensual puede acercarse a los 2 millones de pesos.
Este ajuste aplica tanto para trabajadoras de tiempo completo como para aquellas que laboran por días o jornadas parciales, siempre respetando el salario mínimo proporcional y las obligaciones laborales correspondientes.