El Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Trabajo, presentó una serie de orientaciones dirigidas a trabajadores y empleadores afectados por el terremoto de magnitud 7,4 registrado el pasado 10 de agosto, con el propósito de proteger los ingresos de las familias, conservar los empleos y garantizar condiciones seguras para retomar las actividades laborales.
Entre las medidas planteadas se encuentran el anticipo voluntario de la prima de diciembre, el retiro parcial de cesantías para reparar o mejorar la vivienda, la posibilidad de tomar vacaciones anticipadas y la entrega de auxilios solidarios por parte de las empresas.
Las recomendaciones hacen parte de una circular expedida por el Ministerio del Trabajo, que reúne 16 orientaciones para enfrentar las consecuencias del sismo y facilitar la recuperación de trabajadores y empresas en las zonas afectadas.
La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, hizo énfasis en que detrás de cada empleo hay una familia que depende de esos ingresos.
“Detrás de cada puesto de trabajo hay una persona y una familia. Nuestro llamado es a actuar con humanidad, solidaridad y diálogo”, afirmó la funcionaria.
¿Se podrá adelantar la prima de diciembre ?
Una de las medidas que más llama la atención es la posibilidad de anticipar voluntariamente el pago de la prima de diciembre a trabajadores afectados por la emergencia.
Sin embargo, es importante precisar que no se trata de una obligación para todos los empleadores. El anticipo debe realizarse mediante un acuerdo entre las partes.
La medida busca que los trabajadores que atraviesan dificultades económicas como consecuencia del terremoto puedan contar con parte de esos recursos antes de la fecha habitual de pago.
Por esta razón, el Ministerio recomienda que empleadores y trabajadores revisen cada situación particular y lleguen a acuerdos que permitan atender las necesidades generadas por la emergencia, sin desconocer los derechos laborales.
Retiro parcial de cesantías para reparar la vivienda
Otra de las alternativas planteadas por MinTrabajo es el retiro parcial de las cesantías para la reparación o mejoramiento de vivienda, siempre que el trabajador cumpla los requisitos establecidos por la legislación.
La medida cobra especial importancia debido a los daños ocasionados por el sismo. A corte del 18 de agosto, el balance preliminar de las autoridades registra 134.342 viviendas averiadas y 29.554 viviendas destruidas.
También se reportan 5.808 edificios averiados y 267 edificios colapsados, cifras que continúan en proceso de consolidación.
El retiro de cesantías no opera de manera automática por el hecho de haber sido afectado por el terremoto. El trabajador deberá cumplir las condiciones legales correspondientes.
Vacaciones anticipadas y flexibilidad laboral
El Ministerio también plantea que trabajadores y empleadores puedan acordar vacaciones causadas o anticipadas, como una alternativa para afrontar las circunstancias particulares derivadas de la emergencia.
A esto se suma la posibilidad de implementar horarios y formas de trabajo flexibles, siempre dentro de los límites establecidos por la ley y de acuerdo con las condiciones de cada actividad.
Cuando las funciones lo permitan y las circunstancias de seguridad lo hagan posible, también se recomienda acudir al trabajo en casa.
Estas alternativas buscan evitar que las dificultades ocasionadas por el terremoto terminen afectando innecesariamente la continuidad de los empleos.
¿Los trabajadores podrán recibir auxilios de las empresas?
Entre las orientaciones del Ministerio aparece la posibilidad de que las empresas otorguen auxilios solidarios a trabajadores afectados por la emergencia.
Estos apoyos hacen parte de las alternativas que pueden implementarse para acompañar a los empleados y sus familias durante la recuperación.
La cartera laboral insiste en que las medidas que tengan carácter voluntario deben ser concertadas entre empleadores y trabajadores.
¿El terremoto puede ser motivo automático de despido?
Una de las precisiones incluidas por MinTrabajo es que el sismo no constituye por sí solo una causal automática para despedir a un trabajador o suspender su contrato de trabajo.
Por eso, la cartera laboral pide analizar cada situación de manera particular y privilegiar el diálogo entre las partes.
También recomienda que no se sancionen automáticamente las ausencias o los retrasos ocasionados por las circunstancias relacionadas con la emergencia. Cada caso deberá ser evaluado teniendo en cuenta sus condiciones particulares.
Las 16 medidas de MinTrabajo para trabajadores y empresas afectadas
La circular contempla las siguientes orientaciones:
- Priorizar la vida y la seguridad: no ocupar lugares de trabajo que puedan representar un riesgo para los trabajadores.
- Trabajo en casa: aplicarlo cuando las funciones y las circunstancias permitan desarrollar las actividades de esta manera.
- Horarios y formas de trabajo flexibles: empleadores y trabajadores podrán buscar alternativas dentro de lo permitido por la ley.
- Licencia remunerada por grave calamidad doméstica: aplicará cuando se cumplan las condiciones previstas legalmente.
- Evaluar ausencias y retrasos: no se deben imponer sanciones automáticas y cada situación deberá analizarse individualmente.
- Retiro parcial de cesantías: podrá utilizarse para reparación o mejoramiento de vivienda, siempre que se cumplan los requisitos legales.
- Vacaciones causadas o anticipadas: podrán acordarse entre trabajadores y empleadores.
- Permisos o licencias no remuneradas: podrán pactarse, pero deberán ser voluntarios.
- Auxilios empresariales solidarios: las empresas podrán establecer apoyos para trabajadores afectados.
- Anticipo voluntario de la prima de diciembre: podrá acordarse entre las partes.
- Protección frente al despido o suspensión automática: el terremoto no constituye por sí mismo una causal automática para estas decisiones.
- Participación en labores de recuperación: empresas y trabajadores podrán apoyar las tareas de recuperación siempre que existan condiciones seguras.
- Protección del Sistema de Riesgos Laborales: se deberá garantizar cuando un accidente tenga relación con el trabajo.
- Actualización de planes de prevención y emergencia: las empresas deberán reforzar sus mecanismos de preparación y respuesta.
- Puestos móviles e inspectores itinerantes: el Ministerio llevará orientación directamente a los territorios afectados.
- Diálogo social: se promoverán acuerdos para proteger el empleo y facilitar una recuperación segura.
¿Qué pasa con los trabajadores que no pueden regresar a su lugar de trabajo?
La prioridad establecida por el Ministerio es proteger la vida y la seguridad de los trabajadores. Por eso, no se recomienda ocupar espacios que representen un riesgo debido a daños estructurales u otras consecuencias del terremoto.
Cuando sea posible, las empresas podrán implementar trabajo en casa, flexibilizar horarios u optar por otras alternativas acordadas con sus empleados.
La situación deberá evaluarse de acuerdo con las condiciones particulares de cada empresa y de cada trabajador.
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir que adelanten la prima de diciembre?
El Ministerio del Trabajo contempla el anticipo voluntario de la prima de diciembre como una de las alternativas para trabajadores afectados. Sin embargo, debe existir un acuerdo entre trabajador y empleador; no es un pago que se ordene automáticamente para todos los afectados.
¿Se pueden retirar las cesantías por los daños del terremoto?
El Ministerio contempla el retiro parcial de cesantías para reparación o mejoramiento de vivienda, siempre que el trabajador cumpla los requisitos establecidos por la ley.
¿Puedo pedir vacaciones anticipadas?
Las vacaciones causadas o anticipadas pueden ser una alternativa cuando exista un acuerdo entre el trabajador y el empleador, de acuerdo con las condiciones legales aplicables.