Decreto de MinTrabajo sobre negociación colectiva por sectores abre debate por mayor poder de los sindicatos en las empresas

El Gobierno expidió el Decreto 0234/2026 para la negociación colectiva por sector, unificando mesas y aplicando acuerdos.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, aseguró que el Ejecutivo revisará el auto con el presidente y analizará los términos de un eventual nuevo decreto. Crédito: Colprensa

El Gobierno nacional expidió el Decreto 0234 de 2026, mediante el cual modificó el régimen de negociación colectiva en el sector privado y para los trabajadores oficiales, creando la figura de la negociación colectiva unificada por niveles, que permite acuerdos sindicales por sector, grupo de empresas o industria, con efectos obligatorios para todas las compañías del mismo ámbito.

La norma sustituye el Capítulo 7 del Decreto 1072 de 2015 y establece nuevas reglas sobre la forma en que sindicatos y empleadores deberán negociar condiciones laborales, incluyendo la posibilidad de que las decisiones tomadas en negociaciones sectoriales se apliquen a todas las empresas, incluso a aquellas que no hayan participado directamente en la mesa.

El decreto señala que el objetivo es “establecer reglas de coordinación y ordenación para el ejercicio de la negociación colectiva en los niveles superiores al de empresa” y dispone que, cuando haya varias organizaciones sindicales o múltiples empleadores, la negociación se hará “en una única mesa y con un único pliego”.

Negociaciones por sectores serán obligatorias para todas las empresas

Uno de los cambios más relevantes es la creación de negociaciones colectivas por sector económico o por grupo de empresas.

Según el texto, la negociación podrá realizarse “en el nivel de grupo de empresas, rama o sector de actividad o cualquier otro nivel superior al de empresa”.

El decreto también establece que los acuerdos que se firmen en ese nivel tendrán efecto obligatorio para todo el sector.

La norma señala que “las convenciones colectivas de ámbito sectorial son de aplicación obligatoria para todos los empleadores, empresas, unidades productivas y trabajadores del nivel de negociación respectivo”.

Esto implica que una empresa deberá cumplir lo pactado en su sector, incluso si no participó en la negociación o si su situación económica es diferente a la de otras compañías.

Además, el decreto dispone que los acuerdos sectoriales fijarán un mínimo obligatorio que no podrá ser modificado en negociaciones individuales.

La norma indica que “los convenios de nivel empresa no podrán en ningún caso disminuir el piso mínimo de protección definido en la convención de ámbito sectorial”.

Las empresas deberán entregar información económica a los sindicatos

El decreto también establece que durante la negociación colectiva, los empleadores deberán suministrar información necesaria para discutir las condiciones laborales.

El texto señala que “el empleador pondrá a disposición información… sobre la situación económica… en la medida estrictamente necesaria para la negociación” y agrega que esta podrá entregarse incluso cuando se trate de datos sensibles, siempre que exista un acuerdo de confidencialidad.

La norma indica que la entrega de información podrá condicionarse a “acuerdo de confidencialidad, uso exclusivo para la negociación y limitaciones de copia y difusión”, aunque también señala que la negativa del empleador deberá justificarse por escrito.

Ese punto ha generado preocupación en sectores empresariales, que advierten que la obligación de compartir información financiera podría exponer datos estratégicos de las compañías durante procesos sindicales.

Cuota sindical obligatoria para trabajadores no afiliados

El decreto mantiene la obligación de pagar cuota sindical para los trabajadores que se beneficien de una convención colectiva, incluso si no pertenecen al sindicato.

El texto establece que “los trabajadores no sindicalizados beneficiarios de la convención colectiva… deberán pagar… una suma equivalente a la cuota ordinaria” del sindicato titular del acuerdo.

Como las convenciones podrán firmarse por sector y aplicarse a todas las empresas, esta disposición implicaría que trabajadores no afiliados también deberán hacer el aporte cuando su empresa quede cobijada por un acuerdo sindical.

Los sindicatos podrán negociar todos los temas laborales

El decreto amplía el alcance de la negociación colectiva y permite que se discutan prácticamente todos los aspectos relacionados con el trabajo.

La norma señala que las partes podrán regular “cualquier tema relativo a las condiciones de trabajo y de empleo y las relaciones entre ellas, dentro de los límites legales”, lo que abre la puerta a acuerdos amplios que podrían afectar a todas las empresas de un mismo sector.

Además, se establece que las negociaciones deberán hacerse de buena fe, incluyendo la obligación de “intercambiar la información pertinente y necesaria para la negociación” y de responder a las propuestas dentro del cronograma acordado.

Empresas pequeñas también deberán cumplir acuerdos sectoriales

El decreto incluye reglas especiales para micro, pequeñas y medianas empresas, pero aclara que no podrán quedar por fuera de las convenciones colectivas.

El texto indica que la negociación sectorial “no implicará, en ningún caso, la exclusión general de las MIPYMES del ámbito de protección de la negociación colectiva”, aunque permite que se pacten plazos o condiciones diferenciales.

También señala que las convenciones no podrán imponer obligaciones que comprometan la sostenibilidad financiera, pero deja esa evaluación en manos de las partes negociadoras.

Un cambio estructural en la relación entre sindicatos y empresas

Con este decreto, el Gobierno introduce un modelo de negociación colectiva más amplio, en el que los acuerdos sindicales pueden extenderse a todo un sector económico y limitar la capacidad de cada empresa para pactar condiciones propias.

El texto justifica la reforma señalando que lo que se busca es fortalecer la negociación colectiva y cumplir estándares internacionales, pero al mismo tiempo establece reglas que obligan a empresas y trabajadores a acogerse a decisiones tomadas en niveles superiores.

La norma entrará en vigencia desde su publicación y modifica de forma directa la manera en que se negocian las condiciones laborales en el sector privado en Colombia.