La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estudia ampliar los plazos para la presentación de varios reportes de información exógena correspondientes al año gravable 2025. La medida, que hace parte de un proyecto de resolución publicado por la entidad, busca dar más tiempo a empresas, entidades y demás obligados para cumplir con esta obligación tributaria debido a inconvenientes técnicos y ajustes regulatorios detectados durante el proceso.
De ser aprobada, la propuesta permitiría que algunos contribuyentes entreguen determinados formatos hasta finales de agosto de 2026, lo que representa una extensión de hasta dos meses frente a los calendarios inicialmente establecidos. La iniciativa pretende evitar errores en los reportes y garantizar que la información llegue de manera completa y correcta a la autoridad tributaria.
¿Por qué la Dian quiere ampliar los plazos?
La información exógena reúne datos sobre pagos, retenciones, contratos y operaciones económicas realizadas por personas naturales y jurídicas con terceros. Estos reportes son utilizados por la Dian para realizar cruces de información y verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Según la entidad, la ampliación responde principalmente a dos situaciones. La primera está relacionada con inconsistencias encontradas en los formatos 2839 y 2840, donde se identificaron problemas en las llaves únicas que permiten registrar correctamente la información. Estas fallas podrían impedir que algunos obligados reporten sus operaciones de manera adecuada.
El segundo motivo tiene que ver con el formato 2820. La Dian señaló que algunos contribuyentes lograron presentar la información sin utilizar el instrumento de firma electrónica exigido o enfrentaron fallas técnicas en el sistema de recepción de archivos, lo que dificultó el cumplimiento oportuno de la obligación.
Además, la entidad recordó que la Resolución 000012 del 29 de abril de 2026 modificó anexos y especificaciones técnicas de varios formatos, pero dichos anexos no fueron publicados inicialmente en el Diario Oficial, situación que generó incertidumbre entre los obligados y llevó a plantear una ampliación extraordinaria de los vencimientos.
Los formatos que tendrían nuevos vencimientos
El proyecto establece diferentes fechas según el tipo de formato. Para los reportes 2839 y 2840, el plazo se extendería hasta el 31 de agosto de 2026. Esta medida beneficiaría a quienes deban reportar información relacionada con proyectos certificados por APC-Colombia y otros registros incluidos en estos formatos.
En el caso del formato 2820, los contribuyentes que lo presentaron sin firma electrónica o que no pudieron hacerlo debido a fallas técnicas tendrían plazo hasta el 31 de julio de 2026 para realizar el envío correcto o presentar nuevamente la información. La Dian aclaró que, en estos casos, la nueva presentación reemplazaría la anterior sin generar sanciones por este motivo.
Asimismo, el proyecto contempla que los formatos 2823, 2824, 2825, 2826, 2827, 2828, 2829, 2833, 2834 y 2835 también puedan presentarse hasta el 31 de agosto de 2026. La medida cobijaría a ministerios, entidades públicas, corporaciones autónomas regionales, organizaciones sin ánimo de lucro y otras personas jurídicas obligadas a reportar esta información.
¿Cómo impactaría a los contribuyentes?
Para los obligados a presentar información exógena, la propuesta representa un margen adicional para corregir errores, ajustar formatos y cumplir con las nuevas especificaciones técnicas exigidas por la Dian. También reduce el riesgo de rechazos de archivos, requerimientos posteriores y eventuales sanciones derivadas de inconsistencias en los reportes.
Aunque la ampliación aún se encuentra en etapa de proyecto y deberá formalizarse mediante resolución definitiva, la iniciativa busca garantizar que la información tributaria correspondiente al año gravable 2025 sea presentada con mayores niveles de calidad, integridad y oportunidad, tanto para los contribuyentes como para la administración tributaria.
Bloque de preguntas y respuestas
¿Por qué la Dian ampliaría los plazos para presentar la información exógena?
- La entidad busca solucionar inconvenientes técnicos y ajustes regulatorios que han dificultado el envío correcto de algunos reportes.
¿Qué formatos de información exógena tendrían nuevos vencimientos según la Dian?
- Los formatos 2839, 2840 y varios reportes de entidades públicas y organizaciones podrían presentarse hasta el 31 de agosto de 2026.
¿Qué pasará con los contribuyentes que presentaron el formato 2820 sin firma electrónica?
- Tendrían plazo hasta el 31 de julio de 2026 para corregir o volver a enviar la información conforme a los requisitos exigidos.
¿Cómo beneficiaría a los contribuyentes la ampliación de plazos para la información exógena?
- La medida daría más tiempo para corregir errores, cumplir las especificaciones técnicas y reducir riesgos de rechazos o sanciones.
¿La ampliación de plazos para la información exógena ya está en vigor?
- No. La propuesta se encuentra en etapa de proyecto y deberá ser adoptada mediante una resolución definitiva.