Mediante la Resolución Única 000227 de septiembre de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) consolidó y unificó la normativa tributaria vigente para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y, sobre todo, agilizar procesos que antes tomaban meses.
Entre los aspectos incluidos en esta actualización se encuentran las disposiciones relacionadas con los procedimientos de devolución y compensación de saldos a favor.
Para el año 2026, los contribuyentes que presenten su declaración de renta correspondiente al año gravable 2025 (y períodos anteriores desde 2023) podrán beneficiarse de un mecanismo mediante el cual la DIAN devuelve el dinero a través de la devolución de oficio de saldos a favor, una herramienta que busca agilizar la entrega de recursos a quienes hayan pagado impuestos en exceso o cuenten con valores a favor reconocidos por la administración tributaria.
¿Qué es la devolución de oficio?
La devolución de oficio es un procedimiento mediante el cual la DIAN puede reconocer y devolver automáticamente determinados saldos a favor sin que el contribuyente tenga que adelantar el trámite ordinario de solicitud de devolución.
La DIAN, tras analizar sus propios sistemas de información, identifica saldos a favor y procede a reintegrarlos sin que el contribuyente deba radicar una solicitud formal llena de anexos. Es importante aclarar que este mecanismo es voluntario: al momento de diligenciar el Formulario 210, el sistema electrónico le preguntará al usuario si desea acogerse a esta modalidad. Si el contribuyente prefiere el trámite ordinario, podrá declinar la oferta y seguir los pasos tradicionales.
Este beneficio está diseñado exclusivamente para personas naturales residentes en el país. La norma establece que el saldo debe haberse generado en la declaración inicial y no puede ser el resultado de «arrastres» o imputaciones de saldos de años anteriores; debe ser dinero que sobró estrictamente en el ejercicio declarado.
Requisitos para acceder a la devolución de oficio en 2026
Para que un contribuyente pueda ser beneficiario de la devolución de oficio, la DIAN deberá verificar previamente diferentes condiciones de cumplimiento tributario y formal. Entre los principales requisitos se encuentran:
- Puntualidad y precisión: La declaración debe presentarse dentro de los plazos legales y no haber sido corregida posteriormente.
- Estado del RUT: El Registro Único Tributario debe estar actualizado. No podrán acceder quienes figuren como sucesiones ilíquidas o personas fallecidas.
- Cero deudas: El solicitante no puede tener obligaciones pendientes de pago por ningún concepto administrado por la entidad.
- Simplicidad en los ingresos: La declaración no debe incluir ingresos por dividendos ni por ganancias ocasionales. Asimismo, queda excluido el uso de descuentos tributarios, compensación de pérdidas de años anteriores o rentas pasivas (ECE).
- Límite de monto: Actualmente, el saldo objeto de devolución no debe superar las 40 Unidades de Valor Tributario (UVT), aunque la DIAN tiene la facultad de aumentar este tope gradualmente.
La administración tributaria también podrá efectuar cruces de información para validar la procedencia del saldo a favor antes de autorizar la devolución.
La DIAN podrá realizar verificaciones previas
Aunque el procedimiento busca ser más ágil que una devolución ordinaria, la autoridad tributaria conserva sus facultades de control y fiscalización.
Esto significa que la entidad puede revisar la información suministrada por el contribuyente, contrastarla con los reportes de terceros y verificar que no existan procesos o inconsistencias que impidan la devolución.
En caso de encontrar diferencias o posibles irregularidades, la DIAN podrá excluir el saldo a favor del procedimiento automático y trasladarlo a los mecanismos ordinarios de revisión.
Importancia de mantener actualizado el RUT
Uno de los aspectos que más relevancia ha adquirido en la normativa tributaria reciente es la actualización permanente del Registro Único Tributario.
La Resolución 000227 enfatiza la necesidad de que la información registrada ante la DIAN permanezca vigente y refleje la realidad económica del contribuyente. La falta de actualización puede generar inconvenientes en distintos trámites, incluidas las devoluciones y compensaciones de saldos a favor.
Por ello, quienes aspiren a beneficiarse de la devolución de oficio durante 2026 deberían verificar previamente que sus datos de identificación, actividades económicas, responsabilidades tributarias y canales de contacto se encuentren correctamente registrados ante la autoridad tributaria.
Un mecanismo para agilizar la devolución de recursos
La devolución de oficio se ha convertido en una de las herramientas con las que la DIAN busca modernizar la gestión tributaria y mejorar la relación con los contribuyentes cumplidos.
Para 2026, el éxito del mecanismo dependerá de que los contribuyentes mantengan al día sus obligaciones formales y sustanciales, presenten información consistente y cumplan los requisitos establecidos por la entidad. De esta manera, podrán acceder a la devolución de sus saldos a favor en tiempos más reducidos y con menos trámites administrativos.
Bloque de preguntas y respuestas
¿Qué es la devolución de oficio de saldos a favor de la DIAN?
- Es un mecanismo que permite a la DIAN devolver automáticamente determinados saldos a favor sin que el contribuyente presente una solicitud formal.
¿Quiénes pueden acceder a la devolución de oficio en 2026?
- Está dirigida a personas naturales residentes que cumplan los requisitos establecidos y tengan un saldo a favor generado en su declaración de renta.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la devolución de oficio de la DIAN?
- Se requiere tener el RUT actualizado, presentar correctamente las declaraciones tributarias y no registrar inconsistencias ni deudas exigibles pendientes.
¿La DIAN puede verificar la información antes de autorizar la devolución?
- Sí. La entidad puede realizar cruces de información y revisar la procedencia del saldo a favor antes de efectuar el reintegro.
¿Por qué es importante mantener actualizado el RUT para la devolución de oficio?
- Porque la información registrada debe estar vigente para evitar inconvenientes en los procesos de devolución y compensación tributaria.