La reforma laboral, aprobada bajo la Ley 2466 de 2025, trajo importantes cambios para los trabajadores y los empleadores en Colombia. Por ejemplo, adelanta el recargo nocturno desde las 7:00 p.m. y aumenta los recargos dominicales, entre otros aspectos.
Uno de los cambios más importantes viene respecto a las trabajadoras domésticas, pues así trabajen por días también tienen derecho a un contrato laboral formal, afiliación a la seguridad social, pago de sus prestaciones sociales, así como pago de recargos y descanso dominical, sin importar si trabajan para personas naturales o jurídicas. Así lo indica Colpensiones en su página web.
La reforma, sancionada el 25 de junio de 2025, busca reducir la informalidad y clarificar los beneficios para las empleadas del sector doméstico. Por eso, indica que estas trabajadoras deben contar con un contrato escrito en el que se detalle su jornada diaria, salario, horarios, descansos y métodos de pago.
¿A qué prestaciones tiene derecho una empleada doméstica?
Una trabajadora doméstica tiene derecho a todas las prestaciones de ley que cubran su afiliación a la seguridad social. Esto incluye salud, pensión, administradora de riesgos laborales (ARL) y caja de compensación familiar.
Es importante aclarar que estos derechos son válidos tanto para las trabajadoras a tiempo completo, como para las que trabajan ocasionalmente. El empleador, ya sea persona natural o jurídica, debe registrar y hacer los pagos a todas las trabajadoras por medio de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila).
Pero este deber de afiliar a la trabajadora a la seguridad social solo se hace válido si la empleada trabaja entre 22 y 30 días al mes, con jornadas de ocho horas diarias y un salario igual o superior al salario mínimo mensual legal vigente.
Pago mínimo por día en 2026
Uno de los puntos clave de la normativa es que las empleadas domésticas por días no pueden recibir pagos inferiores al valor proporcional del salario mínimo.
Para 2026, el cálculo parte de un salario mínimo de $1.750.905 (sin incluir auxilio de transporte). Esto significa que el pago base diario es de aproximadamente $58.364. Sin embargo, este valor no es el total que debe recibir la trabajadora.
Además, si la trabajadora gana hasta dos salarios mínimos, tiene derecho al auxilio de transporte, que en términos diarios ronda los $8.303.
En total, el pago diario mínimo asciende a aproximadamente $76.394, sin contar otros conceptos como prestaciones sociales o aportes a seguridad social. Este valor se convierte en el piso legal que los empleadores deben respetar en 2026.
Prestaciones y beneficios proporcionales
Además del salario, las trabajadoras domésticas por días tienen derecho a prestaciones sociales como prima de servicios, cesantías y vacaciones. Estos beneficios no se pierden por la modalidad de trabajo, sino que se calculan de forma proporcional al tiempo laborado.
Por ejemplo, las vacaciones corresponden a 15 días hábiles remunerados por año de trabajo o su equivalente proporcional. Esto garantiza que, incluso en empleos esporádicos, las trabajadoras acumulen derechos laborales.
Jornada laboral y recargos
La jornada máxima diaria para este tipo de trabajo es de ocho horas, dentro de una semana laboral que se ha reducido progresivamente hasta 42 horas. Si se exceden estos límites, el empleador debe pagar horas extra o recargos por trabajo nocturno, dominical o festivo.
Contar con un contrato escrito permite registrar con claridad las horas trabajadas y facilita el cumplimiento de estas obligaciones.
Un paso hacia la formalización laboral
En Colombia, más de 700.000 personas se dedican al trabajo doméstico, y cerca del 93% son mujeres. La formalización de sus condiciones laborales representa un avance significativo en la garantía de derechos y en la reducción de la informalidad.
La reforma laboral de 2025 busca equiparar las condiciones de este sector con las de otros trabajadores, asegurando ingresos dignos, acceso a seguridad social y protección integral, incluso cuando el trabajo se realice por días.