Más de 25.000 personas podrían ver afectadas sus billeteras digitales debido a las deudas por comparendos de convivencia, según informó la Secretaría de Hacienda. La medida se ampara en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), que faculta a las autoridades para adelantar procesos de cobro ante el incumplimiento de sanciones impuestas por comportamientos contrarios a la convivencia.
Entre las infracciones más comunes se encuentran colarse en el sistema TransMilenio, participar en riñas en espacio público, portar armas blancas, consumir o vender sustancias psicoactivas en parques o zonas escolares y desacatar órdenes de la autoridad. Cada uno de estos comportamientos puede generar multas económicas que, al no ser pagadas, pasan a cobro coactivo por parte del Distrito.
¿Cómo se aplicará la medida de embargo?
La Secretaría aclaró que la medida no será arbitraria ni inmediata. Antes de proceder con el embargo, los deudores recibirán una notificación previa, en la que se les informará el valor pendiente y el plazo para ponerse al día. Dichos avisos se enviarán por mensajes de WhatsApp, correos electrónicos y otros medios oficiales. El objetivo, según la entidad, es promover el pago voluntario antes de llegar a instancias judiciales o financieras.
Este proceso será ejecutado por la Dirección Distrital de Cobro, dependencia encargada de recuperar los recursos derivados de sanciones al Código de Convivencia. En caso de que el ciudadano ignore las notificaciones o no realice el pago en el tiempo establecido, la entidad podrá ordenar el embargo de los fondos depositados en plataformas como Nequi, Daviplata, Movii o Powwi, entre otras.
¿Qué ocurre cuando se ordena el embargo de las cuentas digitales?
Cuando se emite una orden de embargo, las entidades financieras bloquean los fondos del titular por un monto equivalente a la deuda más los intereses de mora. Si el ciudadano demuestra haber cancelado la multa o presenta pruebas de haberlo hecho previamente, la medida será revocada de manera inmediata.
De acuerdo con expertos en derecho administrativo, el Distrito puede ejecutar cobros coactivos sin necesidad de un proceso judicial, siempre que el comparendo esté en firme. Esto significa que, tras agotar los recursos de ley y los plazos establecidos, la administración tiene la facultad de retener saldos en productos financieros o realizar embargos sobre ingresos equivalentes al valor adeudado.
Además, el procedimiento se ajusta a los parámetros de transparencia y trazabilidad, lo que permite garantizar que cada medida sea debidamente verificada antes de su ejecución. La autoridad distrital debe dejar constancia del monto, origen de la deuda y notificación enviada, de acuerdo con los principios de debido proceso establecidos en la ley.
¿Cómo evitar el embargo de las billeteras digitales?
Para evitar sanciones adicionales, la Secretaría de Hacienda recomendó a los ciudadanos consultar si tienen comparendos pendientes a través de la plataforma ‘Pagos Bogotá’ o en el portal de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia. En estos canales, los usuarios pueden revisar el estado de sus multas, generar acuerdos de pago y descargar los recibos correspondientes.
La entidad recordó que el cumplimiento de estas obligaciones no solo evita medidas como el embargo de cuentas, sino que también mejora el historial crediticio de los ciudadanos y contribuye a fortalecer la convivencia en el espacio público. Además, advirtió que los procesos de cobro seguirán siendo graduales, verificables y ajustados a los procedimientos legales vigentes, con el fin de garantizar la transparencia en la gestión de los recursos públicos.