El ex fiscal general Francisco Barbosa explicó en La FM el estado del trámite constitucional de los decretos de emergencia económica y de desarrollo tributario, así como los efectos de los impuestos ya cobrados y las opciones de suspensión provisional por parte de la Corte Constitucional.
Según Barbosa, la Corte Constitucional comenzó a repartir las demandas contra el decreto 1390, que declaró la emergencia económica y social, y el decreto 1474, expedido a finales del año pasado como desarrollo del primero.
El exfiscal señaló que el Gobierno sustentó la medida en siete causas, entre ellas el deterioro fiscal, los problemas en el gasto público y los riesgos sobre los servicios públicos, pero afirmó que esos argumentos no describen hechos sobrevinientes ni impredecibles.
En sus palabras, esos fundamentos “difícilmente superarán el umbral constitucional, porque corresponden a problemas estructurales ya conocidos y no a situaciones nuevas que habiliten una emergencia".
¿Qué puede pasar con los impuestos cobrados si se caen los decretos?
Barbosa indicó que, si la Corte declara la inexequibilidad, la devolución de los impuestos suele ser un proceso complejo desde el punto de vista administrativo y no se realiza de manera inmediata a los contribuyentes.
Explicó que lo habitual es que “ese pago se acumula a las nuevas obligaciones tributarias” del ciudadano y luego se descuente, razón por la cual insistió en la necesidad de frenar los efectos mientras se decide de fondo.
Para el exfiscal, una herramienta disponible es la suspensión provisional, la cual evitaría que continúe el cobro y que el trámite posterior resulte más complejo para la administración y los ciudadanos.
Al respecto, afirmó que la Corte puede acudir al “auto 272 de 2023” cuando existe una apariencia clara de inconstitucionalidad y un riesgo de efectos irreparables, con el fin de preservar la supremacía de la Constitución.
¿Por qué cuestiona la deducibilidad de regalías incluida en el decreto?
Barbosa manifestó que el artículo 14 del decreto 1474 volvió a incluir la prohibición de deducir regalías del impuesto sobre la renta, pese a que esa disposición ya había sido retirada del ordenamiento por decisión previa de la Corte.
"Ese hecho es una burla a la Corte Constitucional”, calificó, y señaló que la norma había sido declarada inconstitucional en la sentencia C-489 de 2023 por vulnerar la equidad tributaria.
Según explicó, el Gobierno incorporó nuevamente la misma regla, utilizando fórmulas técnicas ya examinadas por el tribunal, lo que, en su criterio, desconoce de manera directa el precedente constitucional.
Barbosa afirmó que la disposición “reproduce palabra por palabra” los efectos y la prohibición previamente expulsados del ordenamiento, y sostuvo que esa repetición plantea un desafío a la autoridad de la Corte Constitucional.
En ese sentido, reiteró que la repetición de la norma desconoce una decisión vigente y que la Corte ya había evaluado las mismas fórmulas, por lo que el control constitucional debería tener en cuenta ese antecedente. "La revisión de los decretos permitirá definir si se cumplen los requisitos exigidos para una emergencia y si procede la adopción de medidas tributarias mediante decretos con fuerza de ley", sostuvó el exfiscal.
También señaló que la decisión sobre la suspensión provisional es clave para evitar efectos administrativos difíciles de revertir, mientras se surte el análisis de constitucionalidad por parte del tribunal. Barbosa indicó que el estudio de las demandas y de los decretos marcará el alcance de las medidas y sus efectos, conforme a los criterios que la Corte Constitucional ha fijado en su jurisprudencia. "Se definirá el curso institucional del trámite constitucional vigente", dijo.
*Este contenido fue escrito y producido por una inteligencia artificial bajo supervisión y curaduría de un periodista de La FM.