Al fallecer una persona, los bienes y deudas pasan a sus herederos por medio de un proceso de sucesión.
En Colombia, este proceso se puede hacer de dos maneras: notarial, que es más rápido y económico en caso de haber un acuerdo; o judicial, si hay una disputa.
Sin embargo, determinar la distribución de los bienes del fallecido puede ser un proceso en el que muchas partes están asociadas.
¿A quiénes les queda la herencia de una persona que ha fallecido?
De acuerdo con el Código Civil de Colombia, se establece una estructura jerárquica en la que se tienen en cuenta los órdenes hereditarios, definiendo quién tiene prioridad para recibir los activos del causante. Aunque se tiene la creencia de que el esposo o la esposa tiene una posición central, la realidad es que esto se determinará según exista o no un testamento.
Tipos de sucesión en Colombia
Teniendo en cuenta que la sucesión es un proceso judicial en el que los bienes, derechos y obligaciones de la persona fallecida se transfieren a sus herederos, en Colombia existen dos tipos de sucesión: sucesión testamentaria, cuando la persona que ha fallecido ha dejado un testamento; y sucesión intestada, cuando no hay un testamento previo y los bienes se reparten según el orden hereditario legal.
De acuerdo con el artículo 1047, 1040 y 1051 del Código Civil, el orden estricto cuando no hay testamento para entregar los bienes de un fallecido es el siguiente:
- Primer orden: hijos legítimos, naturales o adoptivos. Heredan en partes iguales. El cónyuge sobreviviente recibe gananciales (50 % de bienes adquiridos durante el matrimonio) y porción conyugal.
- Segundo orden: si no hay hijos, padres del causante. El cónyuge sobreviviente comparte con ellos.
- Tercer orden: hermanos, si no hay descendientes ni ascendientes.
- Cuarto orden: sobrinos.
- Quinto orden: el ICBF (cuando no hay parientes).
En caso de tener unión marital de hecho declarada, se permite que la pareja permanente del fallecido tenga derechos similares al cónyuge tras dos años de convivencia.
¿Cuánto cuesta hacer una sucesión notarial en Colombia en 2026?
En caso de tener una sucesión notarial con acuerdo, se permite hacer el proceso de manera rápida y económica, ya que está regulada por el Decreto 902/88.
En esta opción es necesario contar con los siguientes documentos:
- Registro civil de defunción del causante.
- Registros civiles de nacimiento de todos los herederos.
- Registro civil de matrimonio (si aplica).
- Certificados de tradición y libertad de inmuebles (vigentes, máximo 30 días).
- Avalúos catastrales de inmuebles.
- Tarjetas de propiedad de vehículos.
- Certificados de saldos bancarios y de inversiones.
- Si hay testamento: copia del testamento.
¿Cuáles son los impuestos que se pagan por una herencia en Colombia?
Cabe destacar que al recibir una herencia en Colombia se generan dos tipos de obligaciones tributarias.
La primera es la ganancia ocasional sobre el valor de la herencia en caso de exceder ciertos topes (que corresponde a 3.490 UVT en 2026, lo que es aproximadamente 164 millones de pesos), que puede ser del 10 % y debe ser declarada por cada heredero.
También se debe tener en cuenta el impuesto predial atrasado, en caso de que el predio que va a ser heredado tenga pagos pendientes de esta obligación, y la plusvalía e impuestos por venta posterior, en caso de que los herederos vendan los bienes recibidos.
¿Cuánto tiempo tarda un proceso de sucesión en Colombia?
En cuanto al tiempo que tarda un proceso de sucesión en Colombia, dependerá también del tipo de proceso. En el caso de una sucesión testamentaria, este puede tardar entre 1 y 3 meses, con costos tanto en honorarios profesionales, que van de 1,5 millones a 3 millones, como en derechos notariales, que corresponden al 0,27 % del valor de la masa hereditaria, e impuestos sucesorales, que dependen del valor según la tabla anual de la DIAN.
También se deben tener en cuenta otros costos, como copias, autenticaciones y registro de escrituras.
En el caso de sucesiones judiciales, cuando hay un conflicto de intereses, el proceso puede durar de 12 a 36 meses, según la complejidad, y contar con honorarios de 4 millones de pesos o más. También se deben tener en cuenta costos adicionales, como peritajes, publicaciones, ediciones notariales, entre otros.
Cabe destacar que este proceso cuenta con seis etapas, entre las que se destacan la apertura de la sucesión y la publicación de edictos, inventario y avalúo de bienes, reconocimiento de herederos, y pago de impuestos y deudas del causante.
También se debe tener en cuenta el tiempo de partición de bienes, de acuerdo con los herederos, la decisión judicial y la adjudicación e inscripción en registros.