El Ministerio del Trabajo tomó una decisión que tiene efectos sobre la forma en que empleadores, trabajadores e inspectores venían aplicando algunos lineamientos relacionados con la jornada laboral. A través de la Resolución 2708 del 20 de agosto de 2026, la entidad derogó 11 circulares expedidas entre 2025 y 2026, entre ellas la Circular Externa 0101 del 22 de septiembre de 2025.
Esta circular había sido expedida para orientar la aplicación de disposiciones relacionadas con la jornada de trabajo, las horas extras, los límites al trabajo suplementario, el trabajo en días de descanso obligatorio y la remuneración según la cantidad de trabajo realizado.
La nueva resolución, sin embargo, establece que esas fórmulas y metodologías ya no pueden utilizarse como fundamento jurídico autónomo para exigir obligaciones económicas, determinar liquidaciones o sustentar sanciones.
Es importante aclarar que la resolución no establece una nueva fórmula para su liquidación ni modifica las reglas legales que regulan el trabajo suplementario. Lo que dispone es el retiro de la Circular Externa 0101 de 2025, que contenía criterios y metodologías para su aplicación, y ordena al Ministerio del Trabajo revisar la necesidad de adoptar nuevos instrumentos que se ajusten a las normas vigentes y tengan el alcance jurídico correspondiente.
¿Cómo se calculaba el valor de la hora extra?
La Circular Externa 0101 de 2025 había establecido una metodología para determinar el valor de la hora ordinaria de trabajo, tomando como referencia la reducción progresiva de la jornada laboral en Colombia.
El documento relacionaba la duración de la jornada semanal con un número de horas mensuales de referencia. De esta manera, a medida que disminuía la jornada semanal, también cambiaba la base utilizada para calcular el valor de una hora de trabajo.
La metodología establecía una equivalencia entre la jornada laboral semanal y las horas mensuales utilizadas como referencia para el cálculo del valor de la hora. Estas eran:
- 48 horas semanales: 240 horas mensuales.
- 47 horas semanales: 235 horas mensuales.
- 46 horas semanales: 230 horas mensuales.
- 44 horas semanales: 220 horas mensuales.
- 42 horas semanales: 210 horas mensuales.
A partir de esta referencia, el salario mensual se dividía entre el número de horas correspondiente a la jornada vigente para determinar el valor de la hora ordinaria. Sobre ese valor se aplicaban posteriormente los recargos establecidos para el trabajo suplementario, según correspondiera.
La resolución no cambió directamente la fórmula legal de las horas extras. Retiró una metodología administrativa que el Ministerio utilizaba para orientar su aplicación.
Por ejemplo, con un salario mensual de $2.000.000, bajo esa metodología:
$2.000.000 ÷ 210 = $9.524
Ese sería el valor aproximado de una hora ordinaria.
A partir de ese valor se aplicaban los recargos correspondientes.
¿Cómo se calculaba una hora extra diurna?
La Circular 0101 señalaba un recargo del 25 % para la hora extra diurna.
Siguiendo el ejemplo anterior:
$9.524 × 1,25 = $11.905
Es decir, una hora extra diurna tendría un valor aproximado de $11.905.
Calculo de la hora extra nocturna
Para el trabajo suplementario nocturno, el recargo indicado era del 75 %.
Con el mismo salario:
$9.524 × 1,75 = $16.667
Por lo tanto, una hora extra nocturna tendría un valor aproximado de $16.667.
La Circular 0101 también establecía que el trabajo suplementario tenía un límite de dos horas diarias y 12 horas semanales, además de disposiciones relacionadas con el registro de las horas extras.
¿Entonces esa fórmula de 210 horas ya no se puede usar?
La Resolución 2708 no dice que el valor de la hora deba volver a calcularse con 220 o 240 horas mensuales. Tampoco establece una nueva fórmula.
Lo que señala es que las fórmulas, metodologías o criterios de liquidación contenidos en la Circular 0101 ya no pueden utilizarse como fundamento jurídico autónomo para exigir una obligación económica, determinar una liquidación o sustentar una sanción.
En otras palabras, el Ministerio retiró la circular como instrumento administrativo, pero no derogó la legislación que regula la jornada laboral ni los derechos económicos de los trabajadores.
La propia resolución ordena revisar las disposiciones vigentes sobre reducción de jornada y remuneración y, mientras se adopta el instrumento que corresponda, indica que deben aplicarse directamente las normas legales y reglamentarias vigentes.
La jornada laboral de 42 horas sigue vigente
La derogación de la Circular 0101 tampoco significa que Colombia vuelva a tener una jornada máxima de 44 o 48 horas semanales.
La reducción de la jornada está establecida directamente en la Ley 2101 de 2021 y fue incorporada al marco de la reforma laboral. La legislación contempla una jornada máxima de 42 horas semanales, sin reducción del salario por efecto de esa disminución.
La Ley 2101 también establece que la reducción de la jornada no debe implicar una disminución de la remuneración salarial ni del valor de la hora ordinaria.
Por eso, el retiro de la Circular 0101 no autoriza a un empleador a aumentar nuevamente la jornada ordinaria hasta 44 o 48 horas semanales.
La jornada máxima vigente continúa teniendo como fuente la ley, no la circular que acaba de ser derogada.
¿Qué cambia entonces para las horas extras?
El cambio está principalmente en la fuente administrativa que orientaba su aplicación.
Mientras estuvo vigente la Circular 0101, el Ministerio tenía un documento que explicaba cómo aplicar determinados aspectos de la reducción de jornada y proporcionaba metodologías para la liquidación.
Ahora esa circular ya no puede ser utilizada como una regla administrativa independiente.
La Resolución 2708 ordena a las dependencias del Ministerio hacer una revisión integral de las normas sobre jornada laboral y remuneración. Si después de esa revisión se determina que es necesario expedir un nuevo instrumento, deberá definirse previamente su fundamento jurídico, alcance y naturaleza.
Esto significa que el Ministerio podría expedir nuevos lineamientos, pero estos deberán distinguir entre las obligaciones que vienen directamente de la ley y las orientaciones administrativas.
Además, el Ministerio deberá identificar la norma que respalda cada eventual obligación y diferenciar entre:
- Reglas obligatorias establecidas por la ley.
- Actos administrativos con fundamento jurídico suficiente.
- Protocolos internos para los funcionarios.
- Guías o documentos pedagógicos sin fuerza normativa.
La resolución busca que las circulares del Ministerio no se conviertan en una fuente autónoma de obligaciones para trabajadores y empleadores. Es decir, una circular puede orientar la aplicación de las normas, pero no crear por sí sola nuevas obligaciones, requisitos o sanciones que no tengan respaldo en una norma superior.
Bloque de preguntas frecuentes
¿Cómo cambia el cálculo de las horas extras en Colombia tras la decisión de MinTrabajo?
La principal modificación está relacionada con la Circular Externa 0101 de 2025, que fue derogada y dejada sin efectos por la nueva resolución. Ese documento contenía una metodología y distintos criterios administrativos relacionados con la jornada laboral, el valor de la hora y la remuneración del trabajo realizado bajo determinadas condiciones.
A partir de la entrada en vigencia de la resolución, esas fórmulas y metodologías no pueden utilizarse como fundamento jurídico autónomo para exigir obligaciones económicas, determinar liquidaciones o sustentar sanciones. Las obligaciones laborales continúan teniendo como fundamento las normas constitucionales, legales y reglamentarias que se encuentren vigentes.
¿Las horas extras dejaron de existir en Colombia?
El retiro de la Circular 0101 no elimina el derecho de los trabajadores al pago del trabajo suplementario. Las horas que se laboren por fuera de la jornada correspondiente continúan sometidas a las reglas establecidas en la legislación laboral.
Lo que cambia es el papel que tenía la circular como instrumento administrativo. La nueva resolución señala que las fórmulas y metodologías incluidas allí ya no pueden utilizarse por sí solas para exigir una obligación o determinar una liquidación.
¿Cómo se calculan ahora las horas extras?
El cálculo debe realizarse con base en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan la jornada laboral, el salario y el trabajo suplementario. La nueva resolución no establece una fórmula alternativa ni crea nuevos porcentajes para los recargos.
Por esta razón, el retiro de la Circular 0101 no significa que cada empleador pueda calcular las horas extras de cualquier manera. Las reglas que tengan origen en la ley y demás normas vigentes continúan siendo aplicables, mientras el Ministerio revisa si es necesario adoptar un nuevo instrumento administrativo sobre esta materia.