Los honorarios son la remuneración económica que recibe una persona por prestar un servicio profesional, técnico o especializado. A diferencia de un salario, que se paga en el marco de una relación laboral entre empleador y trabajador, los honorarios generalmente corresponden a servicios prestados de manera independiente, mediante contratos de prestación de servicios o consultorías. Profesionales como abogados, médicos, ingenieros, contadores o peritos suelen recibir honorarios por el trabajo que realizan.
El valor de los honorarios puede fijarse de diferentes maneras, según la naturaleza del servicio, el tiempo requerido, la complejidad de la labor o las tarifas establecidas por la ley o por acuerdos entre las partes. En algunos procesos administrativos o judiciales, los honorarios también corresponden a los pagos que deben hacerse a expertos, juntas, árbitros o entidades encargadas de emitir conceptos técnicos, realizar evaluaciones o tomar decisiones especializadas.
En Colombia, los profesionales que hacen parte de una junta de calificación de invalidez deben recibir honorarios, cuyos parámetros para su pago fueron definidos por la Corte Constitucional.
¿Qué es una junta de calificación de invalidez?
Cuando una persona afiliada a un fondo de pensiones o de riesgos laborales sufre un accidente o una enfermedad que le causa algún grado de invalidez, tiene derecho a recibir una pensión de invalidez.
Sin embargo, el grado de invalidez debe ser evaluado y determinado por una junta de calificación de invalidez, que es un organismo independiente frente a las entidades de salud y pensiones.
Mediante la sentencia T-045 de 2013, la Corte Constitucional indicó que los honorarios de esta junta deben ser pagados por las entidades de previsión social a las que esté afiliada la persona que solicita la calificación.
Con esto, el alto tribunal aclara que el pago de los honorarios de la junta encargada de realizar la calificación no corresponde al usuario. Pero, si el trabajador no está afiliado a una ARL o EPS, debe asumir los honorarios de la junta que lo califique.
El valor de los honorarios que puede cobrar una junta de calificación de invalidez, ya sea regional o nacional, corresponde a un salario mínimo mensual vigente. No importa cuántas patologías se deban evaluar para emitir la calificación, según lo estipula el artículo 2.2.5.1.16 del Decreto 1072 de 2015.
Dian ordena que los honorarios están sujetos a IVA
Por su parte, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) indicó que los honorarios recibidos por los miembros de las juntas de calificación de invalidez están gravados con el impuesto sobre las ventas (IVA).
La aclaración de la entidad fue la respuesta a una solicitud de reconsideración de conceptos emitidos entre 2014 y 2017, en los que estableció que las actividades desarrolladas por estos profesionales constituyen una prestación de servicios sujeta al tributo.
Además, la Dian recordó que grava la prestación de servicios en el territorio nacional, excepto algunos excluidos expresamente por la ley. De hecho, el artículo 476 del Estatuto Tributario contiene el listado de los servicios que están excluidos, y precisó que las labores realizadas por los miembros de las juntas de calificación de invalidez no se incluyen en las excepciones.
La entidad explicó que estos profesionales no tienen la condición de servidores públicos ni una relación laboral con el Estado. Según la entidad, reciben pagos por la emisión de dictámenes y no salarios o prestaciones sociales, por lo que no aplican las exclusiones tributarias previstas para relaciones laborales.
Además, precisó que el origen de los recursos no cambia el tratamiento fiscal y recordó que el Consejo de Estado descartó equiparar estas juntas con juntas directivas para efectos tributarios.
Bloque de preguntas y respuestas
¿Qué son los honorarios y cómo se diferencian de un salario?
Los honorarios son pagos por servicios profesionales independientes y no hacen parte de una relación laboral entre empleador y trabajador.¿Quién debe pagar los honorarios de la junta de calificación de invalidez?
Las entidades de previsión social a las que esté afiliado el solicitante deben asumir ese pago, salvo algunas excepciones.¿Cuánto puede cobrar una junta de calificación de invalidez por sus honorarios?
La tarifa corresponde a un salario mínimo mensual vigente, sin importar el número de patologías evaluadas.¿Cuándo debe asumir el usuario los honorarios de la junta de calificación de invalidez?
Cuando el trabajador no está afiliado a una ARL o una EPS, debe cubrir directamente el costo de la calificación.¿Los honorarios de los miembros de las juntas de calificación de invalidez pagan IVA?
Sí. La Dian indicó que estos ingresos corresponden a una prestación de servicios gravada con el impuesto sobre las ventas.