Desde 2002 hasta 2025, la Federación Colombiana de Municipios, Fedemunicipios, recaudó unos 1,14 billones de pesos gracias al 10 % que le corresponde, por ley, por administrar el Simit, el Sistema de Información de Sanciones por Infracciones de Tránsito. Ahora, tras un duro fallo de segunda instancia, el gremio debe reintegrar más de 84 mil millones que retenía de forma injustificada y que pertenecen a las regiones.
La Federación ha gestionado el sistema desde 2002, por un artículo del Código de Tránsito. La norma le otorga la facultad y le asigna un 10 % del monto total que un ciudadano paga por una infracción de tránsito, pero no le permite disponer del dinero según su voluntad, pues se trata de recursos públicos.
En 2009, el Distrito de Bogotá radicó una acción popular para que Fedemunicipios dejara de recaudar multas a través de privados en la capital, rindiera cuentas y devolviera los excedentes operacionales, la plata que queda tras confrontar los ingresos recibidos con los costos reales de la operación del Simit, y los rendimientos financieros, los frutos de la inversión del dinero de las multas en el sistema financiero.
Nueve años después, el Juzgado 19 Administrativo dictó un fallo de primera instancia que condenó a la Federación y ordenó, además de devolver los recursos al Tesoro Nacional, unificar el Simit con el Registro Único Nacional de Tránsito, el Runt. Por una apelación, el caso llegó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que selló el pleito definitivamente.
El tribunal modificó drásticamente una parte de la sentencia de primera. Aunque mantuvo la condena económica contra Fedemunicipios —y, de hecho, la aumentó respecto a 2018 por cuenta de los dictámenes periciales del litigio—, determinó que el dinero de las multas no le pertenece a la Nación, sino a las regiones. Y descartó cualquier fusión entre el Simit y el Runt.
Fedemunicipios debe devolver más de $84.700 millones por recursos del Simit
Los excedentes operacionales de Fedemunicipios frente al Simit superaron los 55,44 mil millones de pesos en veintitrés años, y los rendimientos, 29,3 mil millones. Todo debe volver a las entidades territoriales, luego de una auditoría especial financiera, contable, contractual y patrimonial que la Federación debe implementar en máximo seis meses.
Una vez recuperada la plata, las alcaldías tendrán la obligación de destinarla únicamente a la ejecución de planes y proyectos del sector movilidad. Un comité integrado por Bogotá, Fedemunicipios, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República vigilará el cumplimiento de la sentencia.
"Dichos recursos deben retornar a las entidades territoriales de cuyo recaudo provienen, pues conservan la naturaleza territorial de los recursos que les dieron origen y la Federación Colombiana de Municipios no ostenta título jurídico para mantenerlos bajo su administración una vez atendidos los costos, gastos, inversiones y demás necesidades justificadas" para el Simit, señala el fallo del Tribunal, de 93 páginas.
No es la primera controversia que Bogotá y Fedemunicipios protagonizan por la plata de las multas de tránsito. En agosto del año pasado, el Consejo de Estado le puso fin a una controversia de reparación directa que avanzaba desde 2018, cuando la Federación demandó al Distrito buscando que le pagara el 10 % de las multas y sanciones.
Bogotá alegaba que, como no necesitaba la intervención del gremio, porque la Secretaría de Movilidad podía encargarse por sí misma del cobro de multas y reinvertirlo en el sector, estaba eximida de la retribución para administrar el Simit. Tras siete años de ires y venires, el Consejo determinó que esa excepción no existe.
Los fallos toman relevancia ante la reforma al Código de Tránsito de De la Espriella
Entre 2002 y 2017, Fedemunicipios alegó que Bogotá le debía poco más de 133,22 mil millones, que luego aumentaron mientras el proceso se movió porque la Alcaldía Mayor seguía sin pagar. La alta corte contencioso administrativa apuntó que, aunque el Distrito sí tiene que transferir el 10 % en adelante, no debía propiamente indemnizar a la Federación, porque la falta de la transacción no le provocó ningún daño.
Tanto el Consejo de Estado como el Tribunal Administrativo notaron que Fedemunicipios, de hecho, impide la vigilancia estricta de las autoridades. Durante la riña por la reparación directa, un perito judicial le pidió a la Federación información clave para avanzar en la decisión, "pero esta se negó a ello e incluso dilató ese deber".
En la disputa por la acción popular, la que el Tribunal Administrativo resolvió ordenando el reintegro de 84,7 mil millones de pesos, la Sección Primera mandó que la Contraloría "valore especialmente la trazabilidad entre las obligaciones remuneradas a los concesionarios y los gastos e inversiones asumidos directamente por la función Simit".
La sentencia con ponencia del magistrado Moisés Rodrigo Mazabel es clave de cara a la propuesta del gobierno de Abelardo de la Espriella de reformar el Código de Tránsito. El mandatario ha anunciado que le propondrá al Congreso reducir hasta la mitad el valor de las multas de tránsito, pues una infracción "no puede convertirse en una condena económica para una familia".
"Voy a ordenar una revisión integral del Runt y el Simit para identificar duplicidades y buscar eliminar o reducir sustancialmente las tarifas que les cobran a los colombianos", escribió el jefe de Estado en su cuenta de X. El Tribunal Administrativo declaró que Fedemunicipios "vulneró el derecho colectivo a la defensa del patrimonio público", por haberse quedado con los excedentes y rendimientos de los recursos del Simit.
Claves del tema, en cuatro preguntas:
¿Por qué Fedemunicipios debe devolver más de $84.700 millones de las multas de tránsito?
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó a Fedemunicipios reintegrar más de $84.700 millones correspondientes a excedentes operacionales y rendimientos financieros generados con los recursos del Simit. La decisión concluyó que la Federación no tiene un título jurídico para conservar ese dinero una vez cubiertos los costos, gastos, inversiones y demás necesidades justificadas del sistema.
¿Quién se quedará con los $84.700 millones que debe devolver Fedemunicipios?
El dinero no irá al Tesoro Nacional, como había ordenado un fallo de primera instancia, sino a las entidades territoriales de donde provino el recaudo de las multas de tránsito. Las alcaldías deberán destinar esos recursos exclusivamente a planes y proyectos del sector movilidad, mientras un comité con participación de Bogotá, Fedemunicipios, la Procuraduría y la Contraloría vigilará el cumplimiento.
¿Qué pasa con el 10 % de las multas de tránsito que recibe Fedemunicipios por administrar el Simit?
La ley permite que Fedemunicipios reciba el 10 % del valor de las multas por administrar el Sistema de Información de Sanciones por Infracciones de Tránsito, pero el Tribunal aclaró que ese porcentaje no significa que la Federación pueda apropiarse de los excedentes y rendimientos financieros. La controversia también ha enfrentado a Fedemunicipios y Bogotá por el pago de ese porcentaje.
¿Cómo podría cambiar el Simit y el valor de las multas de tránsito con el gobierno de Abelardo de la Espriella?
La sentencia cobra relevancia porque el gobierno de Abelardo de la Espriella anunció una reforma al Código de Tránsito para reducir hasta en 50 % el valor de algunas multas y revisar el funcionamiento del Simit y el Runt. El presidente planteó identificar duplicidades entre ambos sistemas y reducir las tarifas que pagan los colombianos.