Padres de familia podrán recibir pensión sin cumplir con las semanas necesarias: deben cumplir con estos requisitos

Padres en Colombia pueden acceder a la pensión de sobrevivientes si su hijo fallecido no dejó cónyuge ni hijos y si dependían económicamente de él.
La pensión de sobrevivientes puede ser reconocida a los padres del afiliado fallecido si se demuestra dependencia económica y se cumplen los requisitos legales. Crédito: Freepik y Colprensa

El Sistema General de Pensiones, regulado en Colombia bajo la Ley 100 de 1993, busca amparar a los ciudadanos contra la vejez, invalidez o muerte.

Bajo la mencionada ley, el sistema se rige por dos regímenes que coexisten y compiten entre sí: el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, gestionado por los fondos privados.

Cada uno de los dos regímenes exige una cotización obligatoria del 16 % del Ingreso Base de Cotización (IBC) como contribución y ahorro al sistema pensional.

Las condiciones para lograr una pensión por vejez, uno de los mayores anhelos de los trabajadores colombianos, pueden variar dependiendo del fondo pensional al que esté afiliado el trabajador. En el caso de Colpensiones, los hombres deben haber cumplido 62 años y acreditar 1.300 semanas cotizadas, mientras que las mujeres deben tener 57 años y al menos 1.250 semanas aportadas.

En los fondos privados, el afiliado también debe cumplir con la edad de jubilación y contar con un mínimo de 1.150 semanas cotizadas. No obstante, puede pensionarse antes si logra reunir el capital suficiente para financiar una mesada equivalente, como mínimo, al 110 % del salario mínimo vigente.

Pero existen casos en los que se podrá acceder a una pensión sin necesidad de cumplir con esos requisitos. Uno de ellos está dirigido a los padres de familia.

Padres de familia pueden acceder a pensión en Colombia sin cumplir todos los requisitos de edad o semanas cotizadas, según excepciones de la Ley 100 de 1993.Crédito: Freepik

Padres de familia se pueden pensionar sin cumplir las semanas

Algunos padres pueden ser beneficiarios de una pensión de sobrevivientes, que garantiza el bienestar de los familiares de un afiliado o pensionado en el caso en que este fallezca.

Un padre podría obtener esta prestación, siempre que cumpla con una serie de requisitos definidos por la ley.

Condiciones para que los padres se puedan pensionar

La primera condición para que un padre de familia obtenga una pensión de sobrevivientes es que su hijo fallecido no tuviese cónyuge, compañero permanente o hijos. El artículo 47 de la Ley 100 indica que “a falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos con derecho, serán beneficiarios los padres del causante, si dependían económicamente de este”.

Además, el hijo debe haber cotizado 50 semanas en los últimos tres años previos a su muerte y los padres tienen que demostrar que dependían económicamente de su hijo para que se les conceda la pensión.

En 2014, mediante la sentencia L6690-2014, la Corte Suprema de Justicia hizo una aclaración clave, que debe ser tenida en cuenta por todos los fondos de pensión, ya sean públicos o privados:

“No es necesario que el dependiente esté en estado de mendicidad o indigencia, toda vez que el ámbito de la Seguridad Social supera con solvencia el simple concepto de subsistencia y ubica en primerísimo lugar el carácter decoroso de una vida digna que continúe las condiciones básicas ofrecidas por el extinto afiliado”.

Padres pueden recibir pensión de sobrevivientes si su hijo fallecido cotizó al sistema y no tenía cónyuge ni hijos.Crédito: Freepik

¿Qué pasará con la reforma pensional?

Cabe recordar que la reforma pensional en Colombia (Ley 2381 de 2024) sigue en limbo jurídico, pues la Corte Constitucional suspendió su entrada en vigencia (que estaba programada para el 1 de julio de 2025) por vicios de trámite en el Congreso.

La medida del alto tribunal ordenó subsanar errores en la Cámara de Representantes y actualmente revisa la constitucionalidad de la ley completa. Hay empate en la Corte y un conjuez podría definir el futuro en las próximas semanas o meses.

Mientras tanto, rige la Ley 100 de 1993. Algunas disposiciones puntuales (como la oportunidad de traslado entre regímenes hasta julio de 2026 y ciertas reglas de semanas para mujeres) se mantienen o aplican de forma parcial.