Pensionados tendrían nuevo aumento en 2027: así cambiaría el reajuste de su mesada

La iniciativa plantea modificar la forma en que se actualizan las mesadas pensionales cada año y establece nuevos criterios según el monto de la pensión.
La propuesta contempla un mecanismo distinto para las pensiones de hasta seis salarios mínimos y otro para las que superen ese límite. Crédito: Diseñado por Magnific - www.magnific.com.

El reajuste anual de las pensiones en Colombia podría tener una modificación en los próximos años, en medio de una propuesta que busca cambiar la manera en que se actualizan las mesadas de los jubilados.

La discusión parte de la necesidad de proteger el poder adquisitivo de los pensionados y de garantizar que sus ingresos mantengan una relación con el costo de vida. La iniciativa presentada ante el Congreso plantea modificar una de las reglas establecidas actualmente en la Ley 100 de 1993.

La propuesta también establece criterios diferentes dependiendo del monto de la pensión y contempla una fecha para la entrada en vigencia de los cambios, en caso de que la iniciativa complete su trámite y sea promulgada como ley.

¿Qué cambiaría en el aumento anual de las pensiones?

El proyecto de ley propone modificar el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, relacionado con el reajuste anual de las pensiones de vejez, jubilación, invalidez y de sustitución o sobrevivientes.

La iniciativa plantea que las pensiones iguales o inferiores a seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) se reajusten cada primero de enero aplicando el mismo porcentaje de incremento que se reconozca al salario mínimo para el respectivo año.

Por otro lado, las pensiones superiores a seis SMMLV se ajustarían cada primero de enero aplicando el mismo porcentaje de incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

De esta manera, el proyecto propone establecer un nuevo punto de referencia para el reajuste de las mesadas de hasta seis salarios mínimos, mientras mantiene un criterio diferente para las pensiones que superen ese límite.

¿Por qué buscan cambiar el reajuste de las pensiones?

En la exposición de motivos, los autores de la iniciativa sostienen que el mecanismo actual puede generar pérdidas reales de ingreso para algunos pensionados cuando el comportamiento del IPC es diferente al del salario mínimo.

El documento plantea que el IPC es un promedio estadístico general que no necesariamente refleja las condiciones específicas de consumo de los adultos mayores.

Según la argumentación del proyecto, los gastos de los pensionados están concentrados principalmente en rubros como salud, medicamentos, alimentación básica, servicios públicos y vivienda.

Por esta razón, los autores consideran que utilizar el salario mínimo como referencia para determinadas pensiones permitiría una mayor protección del poder adquisitivo y del ingreso de los adultos mayores.

¿Qué pensiones tendrían el aumento con el salario mínimo?

La propuesta establece que el cambio aplicaría a las pensiones iguales o inferiores a seis SMMLV, sin importar si corresponden a pensiones de vejez, jubilación, invalidez o sustitución o sobrevivientes.

El texto señala que estas mesadas se reajustarían cada primero de enero con el mismo porcentaje de incremento que tenga el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente para ese año.

El proyecto plantea que esta regla se aplique en cualquiera de los regímenes del Sistema General de Pensiones.

¿Qué pasaría con las pensiones superiores a seis salarios mínimos?

Para las pensiones que superen los seis SMMLV, la iniciativa propone mantener como referencia el IPC.

Estas mesadas se reajustarían cada primero de enero aplicando el mismo porcentaje de incremento que se reconozca al Índice de Precios al Consumidor.

Así, el proyecto establece dos mecanismos de actualización: el salario mínimo para las pensiones de hasta seis SMMLV y el IPC para aquellas que superen ese límite.

¿Qué dice el proyecto sobre el poder adquisitivo de los pensionados?

Uno de los argumentos centrales de la exposición de motivos es que el sistema pensional debe garantizar que las personas mantengan condiciones dignas durante la vejez.

El documento cita los artículos 1, 13, 46, 48 y 53 de la Constitución Política, relacionados, entre otros aspectos, con la dignidad humana, la igualdad, la protección del adulto mayor, la seguridad social y el reajuste periódico de las pensiones.

Los autores también citan la Sentencia C-435 de 2017 de la Corte Constitucional para sostener que el legislador cuenta con margen para definir el mecanismo de actualización de las mesadas, siempre que se garantice la protección del poder adquisitivo y el mínimo vital.

El proyecto establece que la eventual ley comenzaría a regir a partir del primero de enero siguiente a su promulgación.

Además, plantea que el Gobierno Nacional reglamente la norma dentro de los seis meses siguientes a su promulgación.

Sin embargo, es importante precisar que la medida todavía no está vigente. El texto corresponde a un proyecto de ley presentado ante el Congreso de la República, por lo que deberá surtir el trámite legislativo correspondiente antes de convertirse en ley.

Bloque de preguntas frecuentes

¿Las pensiones tendrían un nuevo aumento en 2027?

El proyecto plantea modificar el mecanismo de reajuste anual de las pensiones. Sin embargo, cualquier cambio dependerá de que la iniciativa sea aprobada por el Congreso y posteriormente promulgada como ley.

¿Qué pensiones se reajustarían con el salario mínimo?

Las pensiones iguales o inferiores a seis salarios mínimos legales mensuales vigentes tendrían, según la propuesta, el mismo porcentaje de incremento que se reconozca para el salario mínimo de cada año.

¿Qué pasaría con las pensiones superiores a seis salarios mínimos?

Continuarían reajustándose con base en el porcentaje de incremento del IPC, de acuerdo con lo planteado en el proyecto.

¿A qué tipos de pensiones aplicaría?

La propuesta contempla las pensiones por vejez, jubilación, invalidez y las de sustitución o sobrevivientes, en cualquiera de los regímenes del Sistema General de Pensiones.