Los colombianos que viven en el exterior no tienen que regresar al país para recibir el pago de su pensión. Dependiendo de lo que más les convenga, pueden solicitar que la mesada llegue directamente a una cuenta bancaria en el país donde viven o seguir recibiéndola en una entidad financiera en Colombia.
En cualquiera de las dos opciones, es importante cumplir con los trámites y presentar la documentación que exige la administradora pensional.
Quienes están pensionados en Colpensiones y desean recibir el dinero en el extranjero pueden solicitar el giro internacional de su mesada. Para hacerlo, deben enviar la documentación al correo oficial que es únicamente para los pensionados que viven fuera de Colombia.
Entre los documentos que deben presentar están:
- El formulario de autorización para el giro al exterior y la declaración de cambio, debidamente diligenciados y firmados.
- Una certificación bancaria de la cuenta en el extranjero, expedida dentro de los últimos seis meses.
Además de esos documentos, los pensionados deben presentar el certificado de supervivencia o fe de vida, un requisito que debe actualizarse cada seis meses. Este documento puede tramitarse en el consulado colombiano que corresponde a la jurisdicción donde reside el pensionado o ante la autoridad pública competente del país en el que se encuentre.
Así funciona el giro de la pensión al exterior
Una vez se apruebe la solicitud, Colpensiones gira la mesada a un banco en Colombia con el que tiene convenio. Después, esa entidad financiera se encarga de enviar el dinero al banco extranjero que el pensionado haya registrado.
Es importante tener en cuenta que los costos que cobren las entidades bancarias en el exterior se acuerda entre el pensionado y el banco donde recibirá el dinero. Es decir, esos cobros dependen de las condiciones de cada la entidad financiera del país de residencia.
Por otra parte, el banco intermediario en Colombia realiza un descuento de ocho dólares estadounidenses (USD 8) por concepto de cargo por transferencia bancaria. Sin embargo, cuando la pensión se debe a un convenio internacional, ese costo lo asume Colpensiones.
Los pensionados también pueden cada cuánto desean recibir el dinero. La entidad permite programar los giros de dos maneras:
- Mensualmente.
- Trimestralmente.
En cualquiera de las dos modalidades, el giro se hará el último día hábil del mes o del trimestre, según la opción elegida.
Otro punto que deben tener presente los beneficiarios es la conversión de la moneda. Inicialmente, el dinero se envía en pesos colombianos (COP) al banco intermediario en Colombia, donde se convierte a dólares estadounidenses utilizando la Tasa Representativa del Mercado (TRM) vigente el día del giro. Luego, el banco del país donde vive el pensionado realiza la conversión a la moneda local, si es necesario.
También es posible recibir la pensión en una cuenta bancaria en Colombia
Quienes prefieren mantener su dinero en el país también tienen esa alternativa. En ese caso, la mesada se consigna en una cuenta de ahorros o corriente en Colombia, desde donde el titular puede administrar los recursos como considere conveniente.
Para facilitar los trámites a quienes viven fuera del país, Colpensiones dispone del programa Colombianos en el Exterior. A través de este servicio, los usuarios pueden acceder a videollamadas y canales de chat para consultar el estado de sus trámites o resolver inquietudes sobre el reconocimiento de la pensión, sin importar el lugar donde residan.
En el caso de los fondos privados, entidades como Porvenir y Colfondos permiten que la pensión sea consignada en una cuenta bancaria en Colombia. Después, el titular puede administrar esos recursos o realizar, por su cuenta, una transferencia internacional si así lo necesita.
Los colombianos en el exterior también pueden seguir cotizando
Las personas que aún no cumplen la edad o el número de semanas para pensionarse pueden continuar con sus aportes al Sistema General de Pensiones desde el país donde viven.
Para hacerlo deben cumplir con estos requisitos:
- Afiliarse como colombianos en el exterior en calidad de trabajadores independientes.
- Declarar un Ingreso Base de Cotización (IBC) que no sea inferior a dos salarios mínimos legales.
- Realizar los pagos mediante los operadores autorizados de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
Uno de los beneficios es que los colombianos que viven en el exterior no están obligados a cotizar al sistema de salud colombiano, siempre que acrediten su residencia fuera del país y cuenten con cobertura en el sistema de salud del lugar donde viven.
Además, algunos colombianos pueden sumar las semanas cotizadas en el exterior gracias al Convenio Multilateral Iberoamericano. Esto permite acumular los aportes que se realizan en países como España, Argentina o Ecuador con las semanas que ya tiene en Colombia, siempre que se trate de países cobijados por ese acuerdo y se cumplan las condiciones.
¿Qué documentos se necesitan para recibir la pensión en el exterior?
Los pensionados de Colpensiones deben presentar el formulario de autorización para el giro al exterior y la declaración de cambio, una certificación de la cuenta bancaria en el extranjero expedida en los últimos seis meses y el certificado de supervivencia o fe de vida, el cual debe renovarse cada seis meses.
¿Cada cuánto se puede recibir la mesada pensional en otro país?
Los pensionados pueden elegir si desean recibir el dinero cada mes o de forma trimestral. En ambos casos, Colpensiones realiza el giro el último día hábil del período correspondiente.
¿Se puede seguir cotizando a pensión desde el exterior?
Sí. Los colombianos que aún no cumplen los requisitos para pensionarse pueden continuar cotizando como trabajadores independientes desde el extranjero. Para ello deben afiliarse bajo la modalidad de colombianos en el exterior, declarar el Ingreso Base de Cotización exigido y realizar los aportes a través de la PILA.