¿Puede pensionarse si deja de cotizar durante cinco años y después retoma los aportes?

Si el trabajador opta por sentirse más cómodo y tener mayor tranquilidad, puede hacer aportaciones de forma individual.
Los trabajadores que descubran que sus empleadores no realizaron los aportes a pensión durante algún tiempo pueden solicitar una revisión de las cotizaciones pendientes y gestionar la regularización de esos aportes. Crédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com

Si bien el estar desempleado es una situación que preocupa a todos los trabajadores, los aportes a pensión también generan dolores de cabeza, más cuando llevan varios años sin trabajar.

Aunque esté cinco años sin un puesto fijo, tenga en cuenta que usted puede hacer cotiazaciones como independiente, permitiéndole continuar con su historial laboral intacto y no perder las semanas mientras está sin trabajar.

Este aspecto está amparado por el Decreto 1833 de 2016 que protege a las personas que interrumpen sus aportes. La normativa señala que la afiliación continúa y no afecta el hecho de estar cinco años sin un empleo fijo o, en el caso de que no haya podio cotizar, tiene un respaldo en el que no se pierde lo cotizado.

Adicionalmente, si su periodo es de más de seis meses, el afiliado queda clasificado como inactivo, pero mantiene lo conseguido en sus años laborados.

¿Cómo cotizar como independiente?

Si el trabajador opta por sentirse más cómodo y tener mayor tranquilidad, puede hacer aportaciones de forma individual. Recuerde que primero debe estar afiliado a una EPS y un Fondo de Pensiones. La Caja de Compensación o ARL no son obligatorias.

El pago de estos aportes se realiza de manera mensual y vencida a través de la Pila, Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, por medio de operadores autorizados MiPlanilla, Aportes en Línea o Pago Simple.

El cálculo de su cotización se hace sobre el Ingreso Base de Cotización que sería 40% de sus ingresos mensuales netos. En este caso, si opta por hacerlo sobre un salario mínimo, ya que no se puede cotizar por un monto menor, deberá aplicar este porcentaje. Adicionalmente aplicará un 12,5% para salud y 16% para pensión.

¿Cuáles son las normas para pensionarse?

Actualmente, la ley exije una edad mínima para pensionarse. En mujeres es equivalente a 57 años, mientras que en hombres es de 62 años.

Por otro lado existe un requisito base para pensionarse en el régimen público de 1.300 semanas de cotización, mientras que en un fondo privado, la exigencia mínima en caso de no alcanzar el capital suficiente es de 1.150 semanas a través del Fondo de Garantía de Pensión Mínima.

Si una mujer cotiza en Colpensiones puede recibir un beneficio de reducción gradual de semanas implementado por fallos judiciales, reduciendo la meta final hasta llegar a las 1.000 semanas obligatorias.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué pasa con las semanas cotizadas a pensión si una persona lleva cinco años sin empleo?

Las personas que dejan de trabajar durante varios años no deben preocuparse por perder las semanas que ya han cotizado para su pensión. De acuerdo con la normativa vigente, los aportes realizados se mantienen en su historial laboral, incluso si pasan cinco años sin tener un empleo formal. Lo que sucede es que, después de seis meses sin cotizar, el afiliado puede quedar registrado como inactivo, pero conserva las semanas acumuladas durante su vida laboral.

¿Una persona desempleada puede seguir cotizando a pensión?

Sí. Quienes no tienen un contrato laboral vigente pueden continuar realizando sus aportes al sistema pensional como trabajadores independientes. Esta alternativa les permite mantener activa su cotización y seguir sumando semanas para cumplir los requisitos necesarios al momento de solicitar la pensión. De esta manera, no es necesario esperar a conseguir un empleo formal para continuar construyendo su futuro pensional.

¿Cuáles son los requisitos de edad para pensionarse en Colombia?

En Colombia, la edad legal para acceder a la pensión de vejez es de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, siempre que se cumplan las demás condiciones exigidas por el régimen al que se encuentre afiliada la persona. Sin embargo, alcanzar la edad no significa obtener automáticamente la pensión, pues también es necesario cumplir con el número de semanas cotizadas o acreditar el capital suficiente, dependiendo del sistema pensional.