Se acerca diciembre, uno de los meses más esperados por millones de trabajadores colombianos que tienen en la mira la prima de Navidad.
Los empleadores tienen hasta el 20 de diciembre para realizar el pago de la prima de servicios, y muchos se preguntan si dicho pago depende de las horas extras trabajadas.
Es importante recordar que la prima básica corresponde a 30 días de salario por año, pagados en dos etapas: la primera en junio y la segunda en diciembre. En caso de que el empleado no haya laborado durante todo el semestre, el pago debe corresponder al tiempo trabajado, ya sea por días, semanas o quincenas.
Asimismo, el cálculo de esta prestación varía según factores como la vinculación laboral y los ingresos adicionales percibidos, entre ellos las horas extras.
¿Las horas extras cuentan en la liquidación de la prima de servicios de diciembre?
De acuerdo con la Función Pública, el sector público no puede incluir las horas extras en la liquidación de la prima de servicios. El Concepto 340151 de 2021 señala que las horas extras, los recargos por trabajo en días festivos o dominicales y otros pagos similares no hacen parte de los factores salariales en este sector.
No obstante, para los trabajadores del sector privado, las horas extras sí deben incluirse y ser consideradas en el cálculo, siempre y cuando sean habituales dentro de la jornada laboral, tal como lo establece el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo.
Según este código, el salario se define como la suma de remuneraciones ordinarias, primas y bonificaciones habituales, así como las horas extras y otros conceptos como comisiones y porcentajes sobre ventas. Por ello, el cálculo de la prima de servicios requiere tener en cuenta tres elementos principales: el salario base, los días trabajados durante el semestre y la proporcionalidad en caso de que el empleado no haya laborado el periodo completo.
Expertos han indicado que las horas extras aplican para trabajadores que devengan salario ordinario; en cambio, quienes reciben salario integral quedan excluidos de este cálculo.
También deben considerarse otros factores dentro de la asignación básica mensual, como el auxilio de transporte, el subsidio de alimentación y las bonificaciones por servicios prestados, tales como los gastos de representación o la prima por antigüedad, siempre que estos conceptos sean percibidos por el empleado.
El cálculo de las horas extras también tiene un papel relevante en la liquidación de la prima para los trabajadores del sector privado. Según Carlos Efraín Roncancio, abogado laboralista, las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales o festivos deben ser habituales para ser considerados parte del salario.
¿Cómo se calcula la prima de servicios en Colombia?
El cálculo de la prima de servicios se obtiene multiplicando el salario mensual por los días trabajados en el semestre y dividiendo el resultado entre 360.
Por ejemplo, si un empleado recibe un salario mensual de 5 millones de pesos en 2025, el monto correspondiente a su prima de servicios sería de 2.500.000 pesos.
El procedimiento para calcularla incluye los siguientes pasos:
- Definir el ingreso base de liquidación: corresponde al salario mensual acordado en el contrato, incluyendo pagos como bonificaciones, comisiones o auxilios que se otorguen de manera habitual.
- Registrar los días laborados: cuando se trabaja el semestre completo, se toman 180 días como referencia.
- Aplicar la fórmula: salario base × días trabajados ÷ 360.
Si el salario mensual no es fijo, el cálculo se realiza con el promedio del salario recibido durante el semestre. Este promedio se obtiene al dividir la suma total de los salarios devengados entre el número de meses trabajados.