Reforma pensional: ¿Qué pasa con quienes recibieron la devolución de saldos y quieren volver a cotizar?

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, respondió preguntas sobre las condiciones para acceder al régimen de transición

Las personas que recibieron una devolución de saldos o una indemnización sustitutiva por no cumplir los requisitos para pensionarse no pueden regresar al sistema pensional para continuar cotizando, según explicó Andrés Velasco, presidente de Asofondos, durante una entrevista en el Noticiero de la Mañana de La FM.

Velasco respondió preguntas sobre las condiciones para acceder al régimen de transición, la distribución de los aportes, los pilares pensionales, el monto máximo de una pensión y los posibles efectos del aumento del salario mínimo de 2027 sobre el sistema.

El directivo también explicó qué ocurre con las mujeres que no alcanzan las 750 semanas cotizadas requeridas para ingresar al régimen de transición y con los hombres que no cumplen las 900 semanas exigidas antes del 1 de abril.

¿Qué pasa con las personas que recibieron la devolución de saldos?

El presidente de Asofondos explicó que la devolución de saldos suele pasar cuando una persona no cumple con las semanas necesarias para pensionarse en el régimen de ahorro individual. En ese sistema, mencionó como referencia 1.150 semanas cotizadas para acceder a una pensión.

“Ese es el 75 por ciento de los casos en Colombia”, afirmó Velasco.

Sobre la posibilidad de regresar al sistema después de recibir esos recursos, el directivo señaló que, una vez se realiza la devolución de saldos o una indemnización sustitutiva, la persona no puede volver a cotizar en el sistema pensional. Dijo que cuando no se cumplen las semanas en Colpensiones y se recibe la indemnización correspondiente, “ya no se puede volver a ser parte del sistema pensional a continuar cotizando”.

Velasco planteó que, en esos casos, la opción que debe tenerse en cuenta es el ahorro voluntario.

¿Qué es el ahorro voluntario?

  • Es un ahorro adicional para aportar dinero por encima de las cotizaciones obligatorias para complementar los ingresos durante la vejez.
  • Aportes voluntarios a pensión obligatoria: aumentan el capital acumulado para financiar la pensión, ya sea para mejorar la mesada o anticipar la jubilación.
  • Fondos de pensiones voluntarias: permiten ahorrar e invertir para la jubilación y otras metas, como comprar vivienda o financiar estudios.
  • Beneficios tributarios: algunos aportes pueden ofrecer ventajas fiscales, siempre que se cumplan los requisitos y límites establecidos por la ley.
  • Condiciones de retiro: retirar ciertos aportes para fines distintos a los permitidos puede generar retenciones tributarias.

¿En qué pilar del sistema pensional queda cada persona?

Velasco explicó cómo se distribuye la población entre los pilares del sistema pensional, de acuerdo con las condiciones económicas y las semanas cotizadas.

El pilar solidario está dirigido a personas en condición de pobreza o vulnerabilidad, según la clasificación del Sisbén que mencionó el directivo: grupos A, B y hasta C1. Velasco aclaró que se trata de un programa financiado con recursos del Gobierno en el presupuesto nacional.

El segundo grupo es el de pilar semicontributivo, en el que, según explicó, pueden ubicarse personas que no alcanzan las semanas necesarias para pensionarse, pero acumulan entre 300 y 1.000 semanas cotizadas. En estos casos, recibirían un auxilio vitalicio calculado de acuerdo con el monto que cada persona aportó durante su vida laboral.

El tercer grupo es el pilar contributivo, que está dirigido a quienes cumplen los requisitos de semanas para acceder a una pensión. Velasco indicó que los hombres deben completar 1.300 semanas, mientras que para las mujeres el requisito comienza en 1.300 semanas y disminuye progresivamente hasta llegar a 1.000 en 2036.

También dijo que, según la ley vigente a la que hizo referencia, las mujeres con hijos pueden descontar semanas por hasta los primeros tres hijos.

Finalmente, habló de las personas que cotizaron menos de 300 semanas. Para ese grupo, explicó que se contempla una devolución de los aportes realizados cuando la persona cumple 65 años.

¿Se puede volver a cotizar después de recibir una devolución de saldos?

Según explicó Andrés Velasco, presidente de Asofondos, no es posible regresar al sistema pensional para continuar cotizando una vez se consolida una devolución de saldos o una indemnización sustitutiva. Durante la entrevista, mencionó el ahorro voluntario como una alternativa para esos casos.

¿Cuántas semanas se necesitan para acceder al régimen de transición?

En la explicación de Velasco, las mujeres deben contar con 750 semanas cotizadas y los hombres con 900, antes del 1 de abril, para cumplir el requisito de semanas del régimen de transición al que se refirió durante la entrevista.

¿Qué pilares contempla el sistema pensional explicado por Asofondos?

Velasco describió cuatro grupos: el pilar solidario, para personas en condición de pobreza o vulnerabilidad; el semicontributivo, para quienes cotizaron entre 300 y 1.000 semanas sin completar los requisitos de pensión; el contributivo, para quienes cumplen las semanas exigidas, y la devolución de aportes para quienes cotizaron menos de 300 semanas, bajo las condiciones que explicó para las personas que cumplen 65 años.