Uno de los anhelos más grandes de millones de trabajadores colombianos es el de lograr su jubilación, luego de largos años de trabajo. Para ello, se debe cumplir con una serie de requisitos:
- Edad: 62 años los hombres y 57 años las mujeres.
- Semanas de cotización: 1.300 semanas para los hombres y 1.250 para las mujeres, en el caso de Colpensiones. O 1.150 semanas para los hombres y 1.135 semanas en el caso de las mujeres.
Sin embargo, un grupo importante de colombianos podría reducir el número de semanas para pensionarse, si cumple con un requisito específico.
Colombianos podrán reducir las semanas de cotización para pensionarse
Desde que entró en vigencia la Ley 2341 de 2023, ya no es obligatorio que los hombres presten el servicio militar al cumplir la mayoría de edad, y solo se puede entrar de manera voluntaria.
De todas formas, muchos colombianos que prestaron su servicio al país integrando la Fuerza Pública por medio del servicio militar tienen el derecho a sumar semanas a su historial laboral, lo que reduce el requisito de semanas exigidas para lograr la jubilación. Esto está estipulado en la Ley 1861 de 2017:
“En las entidades del Estado de cualquier orden el tiempo de servicio militar le será computado para efectos de cesantía, pensión de jubilación de vejez, pensión de invalidez, asignación de retiro y prima de antigüedad en los términos de la ley. Los fondos privados computarán el tiempo de servicio militar para efectos de pensión de jubilación de vejez y pensión de invalidez”, se puede leer en el documento.
¿Cuál es el proceso paso a paso para reclamar estas semanas?
El proceso para hacer efectivo el derecho al reconocimiento de las semanas cotizadas por el servicio militar es un trámite administrativo claro y accesible. Si se siguen los pasos correctos, es posible materializar el beneficio que la ley otorga. El procedimiento se puede resumir en dos etapas clave:
Solicitar la Certificación Electrónica de Tiempo Laborado (CETIL): Este es el primer y más importante paso. El documento debe solicitarse directamente ante el Ministerio de Defensa, ya que esta es la entidad que centraliza y custodia la información de todos los ciudadanos que prestaron servicio en el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea o la Policía Militar.
Este documento debe incluir las fechas de ingreso y retiro del servicio; unidad o batallón en el que estuvo asignado; tipo de servicio (obligatorio o voluntario); número de contingente, si lo recuerda; copia de la cédula de ciudadanía y, de ser posible, copia de la libreta militar o de la tarjeta de conducta, documentos que facilitan la verificación.
Realizar la solicitud ante el fondo de pensiones: Una vez se obtiene el CETIL, el afiliado debe presentar una solicitud formal de reconocimiento ante su fondo de pensiones (sea Colpensiones o un fondo privado). A esta solicitud se debe adjuntar el CETIL y la demás documentación requerida por la entidad.
¿Cuánto tiempo se reconoce por prestar el servicio militar?
El tiempo que se reconoce por la prestación del servicio militar varía según los meses exactos que cada persona haya permanecido en filas. En la práctica, este periodo suele oscilar entre un año y año y medio, equivalente a unas 52 a 78 semanas válidas para efectos pensionales.
Estas semanas se incorporan al registro de cotización del ciudadano, y los aportes que corresponden a ese lapso deben ser asumidos por el Estado, a través de la Nación o del Ministerio de Defensa, entidad encargada de trasladar al sistema pensional el valor que cubre dicho tiempo.
Para quienes están próximos a la edad de retiro, incluir las semanas del servicio militar puede resultar decisivo: permite completar el requisito mínimo, anticipar el acceso a la pensión o incluso mejorar el valor final de la mesada.