Traspaso de vehículos en Colombia tendrá un cambio clave a partir de 2026

Miles de vehículos en Colombia deberán ponerse al día antes de 2027. El nuevo cambio busca frenar la informalidad
El Gobierno eliminó definitivamente la figura de “persona indeterminada”. Crédito: Colprensa

El trámite de traspaso de vehículos en Colombia entrará en una nueva etapa a partir de 2026. El Gobierno Nacional decidió ponerle fin a una figura que durante años fue utilizada por miles de propietarios para desligarse de responsabilidades cuando no lograban formalizar la venta de un carro o motocicleta.

Cada vez que un carro o motocicleta cambia de dueño, ya sea por venta, permuta, donación o herencia, es obligatorio adelantar el trámite de traspaso ante los organismos de tránsito.

Este proceso permite actualizar la información en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y garantiza que la responsabilidad legal, tributaria y administrativa del automotor quede en cabeza del nuevo propietario.

No realizar el procedimiento correctamente puede traer consecuencias graves, como:

  • Comparendos que siguen llegando al antiguo dueño.
  • Cobros de impuestos atrasados con intereses.
  • Procesos judiciales derivados de accidentes o uso indebido del vehículo.

Por eso, las autoridades exigen que el trámite se haga con todos los requisitos en regla y verificando que el automotor no tenga deudas o restricciones.

Si está pensando en vender su carro o moto en 2026, la recomendación es clara: no entregue el vehículo sin realizar el traspaso formal ante el organismo de tránsito.Crédito: Colprensa

Cambio en el traspaso de vehículos este 2026

El Ministerio de Transporte anunció el 6 de febrero que esa fecha marcó el cierre definitivo para realizar el traspaso de vehículos a persona indeterminada, una figura que permitía al propietario reportar que ya no tenía el control del automotor, aunque no se conociera el paradero del comprador.

Durante años, esta modalidad funcionó como una salida para quienes vendían el vehículo “en blanco” o entregaban una carta de compraventa sin formalizar el traspaso. En muchos casos, el comprador desaparecía y el vendedor quedaba expuesto a multas e impuestos.

La figura fue creada como un mecanismo transitorio para depurar el RUNT. Sin embargo, tras múltiples extensiones —la última mediante la Resolución 20253040030725 de agosto de 2025— el Gobierno decidió eliminarla.

Según cifras oficiales, más de 760.000 vehículos en el país están registrados bajo esta condición, y cerca de la mitad llevan más de tres años en ese estado.

¿Qué cambia desde ahora?

Con el cierre de esta opción, ya no será posible acudir a una Secretaría de Tránsito para declarar que el vehículo fue vendido sin identificar al nuevo propietario.

Desde ahora, el traspaso solo podrá hacerse de manera directa, con vendedor y comprador plenamente identificados y cumpliendo todos los requisitos legales.

Esto significa que si una persona vende su carro sin registrar formalmente el cambio de propietario, seguirá siendo responsable ante la ley por:

  • El pago del impuesto vehicular y los intereses por mora.
  • Multas detectadas por cámaras de fotodetección.
  • Daños ocasionados en accidentes de tránsito.
  • Posibles implicaciones civiles o penales si el vehículo es usado en actividades ilícitas.

Las autoridades han advertido que no actualizar el registro puede incluso derivar en la suspensión del mismo y en la imposibilidad de circular legalmente.

Plazo hasta 2027 para legalizar vehículos ya inscritos

Aunque la figura se cerró para nuevos trámites, quienes ya alcanzaron a registrar su vehículo a persona indeterminada tienen plazo hasta el 6 de febrero de 2027 para formalizar la propiedad a su nombre.

Es decir, el proceso no termina con la inscripción: ahora deben legalizar completamente el automotor.

Aunque la figura se cerró para nuevos trámites, quienes ya alcanzaron a registrar su vehículo a persona indeterminada tienen plazo hasta el 6 de febrero de 2027.Crédito: Pexeles

Requisitos para formalizar la propiedad

Si usted tiene un vehículo bajo esta modalidad y quiere ponerlo a su nombre, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Inscripción activa en el RUNT

Tanto el interesado como el vehículo deben aparecer activos en el sistema.

  1. Documentación al día
  • SOAT vigente.
  • Revisión Técnico-Mecánica actualizada.
  1. Paz y salvo

No tener multas pendientes ni deudas por impuestos vehiculares de los últimos cinco años.

  1. Declaración juramentada

Presentar un documento donde manifieste que desconoce el paradero del propietario inscrito y que asume todas las obligaciones del vehículo.

Aunque en su momento la figura permitió a muchos ciudadanos desligarse de responsabilidades, también fomentó prácticas informales en el mercado de vehículos usados.

El Gobierno considera que mantener esta opción terminó consolidando un problema estructural: ventas sin registro, documentos incompletos y miles de carros circulando sin un propietario plenamente identificado.

Con esta decisión, el objetivo es fortalecer la seguridad jurídica, depurar la base de datos del RUNT y reducir riesgos tanto para vendedores como para compradores.