Tribunal constitucional levanta orden de detención contra Puigdemont y podrá regresar a España

Puigdemont permanece fuera de España desde 2017, después del proceso fallido de independencia de Cataluña.
Líder catalán independentista, Carles Puigdemont Crédito: AFP

El Tribunal Constitucional de España dio este martes un nuevo paso en la aplicación de la Ley de Amnistía al aprobar, por siete votos frente a cinco, el recurso de amparo presentado por la exconsellera catalana Dolors Bassa contra la decisión del Tribunal Supremo de excluir de la norma el delito de malversación.

La ponencia fue elaborada por el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, y establece que la interpretación realizada por el Supremo sobre la exclusión de determinados casos de malversación no se ajusta a la finalidad de la Ley de Amnistía.

La decisión tiene consecuencias directas sobre la situación judicial de Carles Puigdemont, cuyo recurso todavía debe ser resuelto, pero cuya causa comparte elementos jurídicos con la de Bassa.

Poco después de conocerse el fallo, el magistrado del Supremo Pablo Llarena suspendió provisionalmente las órdenes nacionales de detención que pesaban sobre Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig. El juez tomó la decisión aunque todavía no disponía del texto íntegro de la sentencia del Constitucional.

Llarena revisará las órdenes contra Puigdemont

En un auto, Llarena explicó que la coincidencia entre los hechos de los casos de Bassa y Puigdemont y la cuestión jurídica discutida permite considerar que la decisión del Constitucional puede afectar el fundamento de las órdenes de detención que había mantenido.

Por esa razón, el magistrado decidió revisar de inmediato la ejecución de las órdenes durante el tiempo necesario para conocer íntegramente la sentencia y determinar sus consecuencias.

La decisión, sin embargo, tiene un alcance limitado.

Llarena dejó claro que la suspensión de las órdenes no supone declarar aplicada la amnistía a Puigdemont, extinguir su responsabilidad penal ni resolver todas las cuestiones que todavía están pendientes. Se trata de una medida provisional mientras el Supremo analiza el contenido y alcance del fallo constitucional.

La resolución abre así una vía para que el expresidente catalán pueda regresar a España sin enfrentarse, por ahora, a la orden nacional de detención que se mantenía vigente.

El Constitucional corrige el criterio del Supremo

El caso de Dolors Bassa era especialmente relevante porque constituye el primer recurso de amparo estimado por el Constitucional frente a la decisión del Supremo de no aplicar la amnistía al delito de malversación de caudales públicos relacionado con el 1-O.

El Supremo había rechazado la aplicación de la norma al considerar que la Ley de Amnistía excluía las conductas de malversación realizadas con el propósito de obtener un beneficio patrimonial personal.

El Constitucional sostiene ahora que esa interpretación no es compatible con la finalidad de la norma.

La sentencia establece que, cuando el legislador excluyó de la amnistía la malversación destinada a obtener un beneficio personal de carácter patrimonial, se estaba refiriendo a conductas que hubieran roto su vínculo con los objetivos secesionistas contemplados por la propia ley.

En la interpretación defendida por el Constitucional, los fondos públicos utilizados para impulsar el proceso independentista no quedan fuera de la amnistía únicamente por el hecho de que existiera una acusación de malversación, siempre que no estuvieran destinados a un enriquecimiento personal.

Una sentencia que afecta a otros líderes del procés

La decisión sobre Bassa establece una doctrina que deberá ser tenida en cuenta en otros recursos relacionados con la malversación del procés.

Entre ellos se encuentra el de Carles Puigdemont, además de los casos de otros dirigentes independentistas condenados o procesados por hechos similares. EFE señala que la resolución de Conde-Pumpido será la referencia para el resto de los amparos vinculados con la aplicación de la Ley de Amnistía.

El Tribunal Constitucional ordena al Supremo retrotraer las actuaciones y realizar un nuevo pronunciamiento sobre la situación de Bassa, aplicando la interpretación establecida por el órgano de garantías.

La consecuencia práctica es que el Supremo deberá revisar su posición sobre la malversación de los dirigentes del procés conforme a la doctrina fijada por el Constitucional.

Siete votos a favor y cinco en contra

La decisión volvió a mostrar la división interna del Tribunal Constitucional.

La ponencia de Conde-Pumpido recibió el respaldo de siete magistrados: el propio presidente, Inmaculada Montalbán, Ramón Sáez, María Luisa Balaguer, Juan Carlos Campo, María Luisa Segoviano y Laura Díez. Los cinco magistrados del sector conservador votaron en contra.

Los magistrados Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, Ricardo Enríquez, José María Macías y César Tolosa tienen previsto formular votos particulares.

La deliberación se produjo después de que Macías retirara su propia ponencia sobre el recurso de amparo presentado por Jordi Turull, también relacionado con la malversación del procés. Su propuesta debía abordar la aplicación de la amnistía al secretario general de Junts, pero finalmente la ponencia sobre ese caso también quedará en manos de Conde-Pumpido.

Puigdemont, más cerca de regresar

La decisión llega en un momento políticamente relevante para Cataluña y España, debido a la proximidad de las elecciones del 29 de noviembre.

Puigdemont permanece fuera de España desde 2017, cuando abandonó Cataluña después de la declaración unilateral de independencia. La existencia de una orden nacional de detención había sido uno de los principales obstáculos jurídicos para su regreso.

Ahora, la suspensión provisional de esa orden cambia su situación inmediata, aunque su regreso no depende únicamente de la decisión adoptada este martes. El Supremo todavía debe estudiar la sentencia íntegra del Constitucional y determinar formalmente cómo se aplica a su caso.

De hecho, fuentes de Junts citadas por medios españoles han señalado que Puigdemont no regresará hasta que la amnistía sea efectiva en su situación judicial.

El fallo del Constitucional, por tanto, no supone todavía el cierre definitivo del proceso judicial contra el expresidente catalán, pero elimina uno de los principales obstáculos que hasta ahora impedían su regreso sin riesgo de detención.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué decidió el Tribunal Constitucional sobre la amnistía de Dolors Bassa?

El Tribunal Constitucional estimó por siete votos contra cinco el recurso de Dolors Bassa y determinó que el Tribunal Supremo debe emitir un nuevo pronunciamiento sobre la aplicación de la Ley de Amnistía a la malversación relacionada con el procés.

¿Qué pasó con la orden de detención de Carles Puigdemont?

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena suspendió provisionalmente la ejecución de la orden nacional de detención contra Puigdemont mientras estudia la sentencia íntegra del Constitucional y sus consecuencias para el caso del expresidente catalán.

¿La decisión del Constitucional aplica automáticamente la amnistía a Puigdemont?

No. La sentencia sobre Dolors Bassa establece una doctrina que puede afectar a Puigdemont, pero el Supremo todavía debe analizar cómo se aplica a su situación judicial. La suspensión de la orden de detención tampoco extingue por sí misma su responsabilidad penal.

¿Por qué el Supremo había rechazado la amnistía por malversación?

El Tribunal Supremo había considerado que la Ley de Amnistía excluía determinados casos de malversación cuando los fondos públicos se hubieran utilizado con el propósito de obtener un beneficio patrimonial personal. El Constitucional considera que esa interpretación no se ajusta a la finalidad de la norma.

¿Qué otros líderes del procés pueden verse afectados?

La doctrina establecida a partir del recurso de Dolors Bassa puede afectar a otros dirigentes procesados o condenados por malversación vinculada al procés, entre ellos Carles Puigdemont y Jordi Turull. El Supremo deberá aplicar el criterio del Constitucional en los casos correspondientes.

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