Durante una entrevista en el noticiero de La FM, el analista jurídico explicó que la fiscalía de Estados Unidos modificó la acusación inicial contra Nicolás Maduro y eliminó la referencia que lo señalaba como jefe del llamado cartel de los soles, sin que ello implique un cambio en los cargos formulados en su contra, y además aclaró que este tipo de decisiones judiciales y administrativas en Estados Unidos no están sujetas a gestos políticos, como ocurre también con la permanencia de Gustavo Petro en la denominada lista Clinton.
En el espacio radial se abordaron ambos temas desde una óptica jurídica. En el caso colombiano, el exfiscal general Francisco Barbosa explicó que la llamada telefónica entre el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y el presidente Gustavo Petro no tiene efectos automáticos sobre los mecanismos de sanciones administrados por Washington. Según indicó, la lista Clinton es “un nombre coloquial” para la lista de Nacionales Especialmente Designados, que administra la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Ofac) del Departamento del Tesoro.
¿Por qué EE. UU. cambió la acusación contra Nicolás Maduro?
Según se explicó al aire, el ajuste no fue una corrección improvisada ni una maniobra de última hora ante el juez. “El Departamento de Justicia presenta una acusación sustitutiva”, la cual reemplaza la de 2020 y fue radicada después de la captura de Maduro y antes de su comparecencia ante la Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York.
El analista enfatizó que “los cargos se mantienen en su nivel más alto”. Permanecen los cuatro cargos por conspiración para narcotráfico, narcotráfico y delitos relacionados con armas. Lo que cambió, precisó, fue “el relato jurídico”. En lugar de describir “un cartel jerarquizado al estilo de Medellín o de Cali”, la fiscalía ahora habla de “un entramado de corrupción y lealtades dentro del Estado venezolano” que habría permitido y protegido el envío de cocaína hacia Estados Unidos.
Este giro, explicó, responde a una lógica probatoria, ya que demostrar la existencia de un cartel formal con mando y estructuras exige una carga de evidencia mayor. La conclusión, según indicó, es clara: “permanece intacta la acusación”, desaparece la etiqueta de jefe del cartel de los soles y se mantiene la tesis de que el poder político permitió y protegió el negocio de la droga.
¿La llamada entre Trump y Petro puede sacarlo de la lista Clinton?
Barbosa precisó que la lista “no es un instrumento político de uso discrecional”, sino un procedimiento jurídico-administrativo. Aclaró que, aunque el presidente de Estados Unidos define la política general de sanciones, “no puede retirar unilateralmente a una persona de la lista”. En ese sentido, afirmó que “ni siquiera un eventual regreso o una mejora de la relación” permite borrar nombres por afinidad política.
El exfiscal señaló que salir de la lista “es jurídicamente posible, pero complejo”. Según explicó, el afectado debe “solicitar formalmente su exclusión” y demostrar con pruebas verificables que cesaron las conductas sancionadas o que existió un error de hecho o de derecho. En este proceso, subrayó, la decisión final “recae en una autoridad administrativa”, por lo que “no es un gesto político” el que define la permanencia o exclusión. Por eso, indicó que la llamada fue “una buena noticia”, pero “no es suficiente para cambiar una realidad administrativa en los Estados Unidos”.
En paralelo, durante la entrevista también se explicó el ajuste realizado por la fiscalía estadounidense en el proceso contra Nicolás Maduro. De acuerdo con el análisis, en Washington y Nueva York se abrió “un debate jurídico muy silencioso, pero clave” alrededor del expediente, que llevó a modificar el indictmentinicial y a eliminar la referencia que lo señalaba como jefe del cartel de los soles.
Caso Vicky Vargas: Francisco Barbosa cuestiona manejo de investigaciones por tentativa de feminicidio
Entretanto, el exfiscal general Francisco Barbosa también advirtió sobre fallas en la forma como se investigan algunos casos de tentativa de feminicidio, al referirse a un proceso en el que, según explicó, la decisión fiscal se adoptó con base en una valoración limitada y sin un análisis integral de los elementos probatorios disponibles.
Barbosa señaló que en el caso mencionado se evidencian “varios patrones de conducta que no deben ocurrir en el marco de las investigaciones penales”. Indicó que la relación médico legal “se hizo con fundamento en la historia clínica” y que no se evaluó la situación real de la víctima. Para el exfiscal, resulta cuestionable que “solamente el fiscal tome la decisión con fundamento en un solo elemento material probatorio”.
Según explicó, en estos procesos se debe profundizar en la entrevista, el peritaje, la evidencia técnica y la historia del sindicado. Afirmó que existían antecedentes que mostraban “un continuum de violencia” y que hechos como intentos de estrangulamiento o tortura “denotan que había un ánimo de matar”.
Barbosa insistió en que los fiscales “no pueden ser meros notarios” y recalcó que deben verificar lo ocurrido con las víctimas. “Los fiscales y los funcionarios judiciales están para analizar, están para adelantar investigaciones, no para tramitar documentos”, afirmó.
Finalmente, reiteró que la correcta calificación jurídica depende de un análisis completo de las pruebas y del contexto de los hechos, y no únicamente de un dictamen inicial.