La corporación judicial ordena a los magistrados auxiliares declarar todo tipo de impedimentos cuando tengan alguna relación con el proceso.
Por consiguiente, deberán dar a conocer "la existencia de cualquier conflicto de intereses que afecten su imparcialidad en el ejercicio de sus funciones, lo que supone el deber de revelar todo interés económico o personal, directo o indirecto, de cualquier índole, pasado, presente o futuro".
De igual modo, el Consejo de Estado recuerda que es de obligatorio cumplimiento para todos los funcionarios judiciales, presentar la “Declaración Juramentada de Bienes, Rentas y Actividad Económica Privada".
En ese sentido deberán tenerse en cuenta que la Declaración es obligatoria en los siguientes eventos:
-Antes de tomar posesión del cargo.
- Al retirarse del cargo.
- Cuando la autoridad competente lo solicite.
- Cada vez que ocurran variaciones significativa en patrimonio y rentas.
Además, el Consejo de Estado señala que se debe actualizar cada dos años la información. "Se presentará a más tardar el último día del mes de febrero, con fecha de corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior".