Corte Constitucional suspendió el decreto de emergencia económica del gobierno Petro

Con seis votos a favor y dos en contra, el acto administrativo no seguirá vigente hasta que haya una decisión de fondo.

La Sala Plena de la Corte Constitucional suspendió, por mayoría, el decreto de emergencia económica que el gobierno de Gustavo Petro lanzó en diciembre del año pasado.

Con seis votos a favor y dos en contra, el alto tribunal pausó los efectos de la medida. Es una decisión clave, al menos por dos motivos.

El primero, porque la Corte debe definir si hay efectos retroactivos, o sea, si debe devolverse el dinero recaudado.

El segundo, porque el alto tribunal rompe su propia jurisprudencia de hace más de dos décadas.

Hasta el momento, el alto tribunal no se ha pronunciado oficialmente para presentar los pormenores.

Sin apoyos suficientes

Sin embargo, fuentes en el interior del alto tribunal confirmaron que la parte resolutiva del futuro auto especifica la suspensión provisional que, en principio, no parecía tener apoyos suficientes.

El magistrado Héctor Carvajal, en el pasado abogado personal del presidente Gustavo Petro, y su colega Vladimir Fernández, exsecretario jurídico de Palacio, salvaron su voto. Es decir, se opusieron. Juan Carlos Cortés lo aclaró, igual que la togada Natalia Ángel.

La determinación llega un día después de que la Sala Plena aprobara el impedimento del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente saliente de la Corte, quien está a la espera de la sesión ordinaria del 9 de febrero en la que Paola Meneses será nombrada como su sucesora.

El impedimento de Ibáñez se dirigió a los dos expedientes que avanzan en la acerca del estado de excepción: el del magistrado Carlos Camargo y el del togado Juan Carlos Cortés.

Los otros cuatro magistrados y las cuatro magistradas que hacen parte de la Sala avalaron unánimemente el recurso.

"Presento esta manifestación de impedimento y, de conformidad con ella, respetuosamente le solicito a la Sala Plena que, a partir de la exposición completa de los hechos relevantes, examine la conducta descrita y determine" si es un motivo para apartarse de la deliberación, expuso.

Impedimento de Ibáñez

Ya la Presidencia de la República había radicado una recusación contra él, advirtiendo que sus manifestaciones en una entrevista con la periodista María Isabel Rueda podrían configurar un prejuzgamiento del estado de excepción. Aunque realmente se trató de una respuesta pedagógica.

Con el impedimento, Ibáñez se anticipó al debate de la recusación. La Presidencia, con su secretario jurídico, Augusto Ocampo, solo se basó en una entrevista, mientras que el magistrado puso de presente al menos dos más, argumentando que actuó en ejercicio de sus funciones de presidente.

"En atención a múltiples solicitudes de respetados periodistas di varias entrevistas a diferentes medios de comunicación para informar y orientar a la opinión pública sobre el trabajo que para su revisión de constitucionalidad debe y puede desarrollar la Corte", alegó.

La recusación del Ejecutivo apareció un día después de que Ibáñez pidiera suspender provisionalmente los efectos del decreto de emergencia económica, que el gobierno de Gustavo Petro declaró el 22 de diciembre de 2025 y que cumplió treinta días el 21 de enero de 2026.

Provisional, a la espera de una decisión de fondo

El magistrado se sumó a una veintena de escritos que, con las posturas de políticos, juristas y asociaciones, le piden al tribunal más importante del país pausar la emergencia mientras el examen de constitucionalidad, que encabeza el magistrado Camargo, llega a una decisión de fondo.

Una de las solicitudes llegó de parte del exministro de Hacienda José Antonio Ocampo, el primer jefe de la cartera de Crédito Público de la administración de Petro. Su análisis, que coincide con el de varios expertos en recaudo, sostuvo que no hay motivos para una medida tan drástica como una emergencia.

La mayor justificación del Ejecutivo es una "derrota legislativa". Para Ocampo, sostener el acto administrativo con base en los debates políticos en el Congreso distorsiona el sentido de las excepciones y la democracia fiscal.

El académico también fue director del Departamento Nacional de Planeación (DNP).

En todo caso, la suspensión es provisional. Es decir, es una medida cautelar. El análisis de fondo, en un escenario optimista para el Gobierno, podría incluso concluir que el decreto se ajustó a la Constitución, pues no se trata de un prejuzgamiento, sino de unos puntos suspensivos.

"No hay derecho": Benedetti

Armando Benedetti, ministro del Interior, reaccionó en su cuenta de X. "No hay derecho", escribió.

En un video, que acompaña el trino , aseguró que la emergencia no solo se erige sobre un déficit fiscal, sino también sobre un "déficit de riesgo":

"No hay con qué pagar la deuda", dijo.

El plenario de la Corte estuvo dividido. Camargo, parte del bloque conservador, revisa el decreto matriz, el 1390 de 2025, y el magistrado Juan Carlos Cortés, del ala liberal, se encargará del Decreto 1474, que establece cambios como el de las tarifas de licores.

Un día después de que el reparto de la Corte designó al exmagistrado del Consejo Nacional Electoral como sustanciador del expediente de la emergencia, el togado le comunicó a la Presidencia de la República que el estudio comenzó, y le dio paso a la práctica de pruebas.

Distintas posiciones sobre la emergencia económica

Desde que el ministro de Hacienda, Germán Ávila, anunció que la Casa de Nariño barajaba la posibilidad de la emergencia, la Corte Constitucional entró en una especie de acuartelamiento. Ibáñez quiso convocar a la Sala durante la vacancia judicial, pero no se le cumplió.

El Gobierno expidió la iniciativa para intentar cubrir un hueco de 16,3 billones de pesos en el presupuesto de 2026 y, así, cumplir obligaciones como ajustar la unidad de pago por capitación (UPC), pagar sentencias o garantizar seguridad, según la motivación del acto administrativo.

Las comisiones económicas del Legislativo archivaron el 9 de diciembre la reforma tributaria con la que la administración de Petro aspiraba a recoger el billonario monto. Desde entonces, el gabinete ha contemplado las cartas que podría jugar para estabilizar las finanzas.

Un estado de excepción debe responder a un hecho sobreviniente —una circunstancia repentina e imprevista— y debe limitarse en el tiempo. El decreto debía establecer su duración, y así lo hizo: treinta días a partir de la vigencia, que arrancó el mismo 22 de diciembre.

El ministro Ávila sostuvo, en una entrevista con La FM, que prorrogará la emergencia. La Ley 137 de 1994, la estatutaria que reglamenta los estados de excepción, explica que es posible alargarlos hasta por noventa días, siempre bajo la vigilancia del Congreso y la Corte Constitucional.

Un día antes de la salida de Ibáñez, el Senado tuvo una sesión extraordinaria para debatir sobre la emergencia. La Corte, por su parte, prevé emitir un fallo antes de marzo. El 20 de enero, cuando Ibáñez radicó su solicitud de suspensión, Camargo presentó un proyecto de auto al respecto.

Estados de excepción: ¿Cómo le ha ido al Gobierno?

Por orden de la Carta Magna, la Corte Constitucional evalúa de forma automática la exequibilidad de todos los estados de excepción. Es decir, revisa si una declaratoria de conmoción interior, guerra exterior o emergencia económica se ajusta a la Carta o si es arbitraria.

Los decretos deben contar con una motivación, a la que el Gobierno le dedicó quince páginas y media entre las veinte del Decreto 1390. Y deben tener las firmas de todos los ministros para no correr la suerte del Decreto 133 de 2025, uno de los que se desprendió de la emergencia en Catatumbo.

El historial del gobierno de Petro no es el mejor. En octubre de 2023, luego de tres meses de análisis, la Corte tumbó la emergencia económica que había decretado en La Guajira, argumentando que pretendía resolver problemas estructurales con una norma excepcional.

Y en abril de 2025 el tribunal declaró "parcialmente" inconstitucional la conmoción interior que el Gobierno declaró en Norte de Santander y Cesar por la crisis humanitaria que el ELN desató en enero en Catatumbo en medio de enfrentamientos con las disidencias de las Farc.