La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó una pena de 31 años y 6 meses de prisión al exgobernador de La Guajira Juan Francisco Gómez Cerchar por el homicidio del entonces concejal de Barrancas Luis Gregorio López Peralta.
En su decisión le impuso el pago de una multa de 14.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 120 meses y mantuvo la condena por concierto para delinquir.
Además, dejó en firme la condena por perjuicios morales reconocida a favor de la hija del concejal López Peralta.
En el fallo la Corte Suprema de justicia cuestionó duramente al Tribunal Superior de Bogotá por no valorar varias pruebas, incluida la declaración rendida por la exalcaldesa de Barrancas Yandra Cecilia Brito Carrillo el 3 de junio de 2010.
Según los magistrados esa declaración daba cuenta del poder de intimidación que ejercía Gómez Cerchar y las represalias hacia quienes actuaban contra su voluntad.
“El fallo fragmentó el acervo probatorio, desarticuló el indicio de móvil político, presencia de plataforma armada disponible, oportunidad funcional del acusado, atribución persistente del homicidio desde círculos diversos”, indicaron los magistrados.
Así mismo, la Corte concluyó que en la sentencia de segunda instancia “se le restó alcance al entorno de intimidación que explica la forma de producción de los medios de conocimiento y sobredimensionó una hipótesis alternativa carente de poder explicativo equivalente. También quebró el principio lógico de no contradicción”.
Para la Corte Suprema la víctima tenía proyección política y respaldo popular para disputar el poder local y Gómez Cerchar “ejercía dominio político y contaba con soporte armado funcional”.
En la sentencia de última instancia se concluyó que el exgobernador de la Guajira contaba con ejecutores disponibles, inmuebles, financiación, contactos institucionales y capacidad para incidir en la región.
“Este poder de intimidación explicaría por ejemplo la cautela de los relatos en el proceso”, indicaron los magistrados.
Finalmente, la Corte Suprema reprochó que el Tribunal de Bogotá haya mantenido inactivo el proceso durante 7 años, lo que propició la prescripción de los homicidios cometidos en contra de Luis Alejandro Rodríguez Frías y Rosa Mercedes Cabrera Alfaro.
¿Cómo falló en su momento el Tribunal Superior de Bogotá?
En su oportunidad, el juzgado noveno penal del Circuito Especializado de Bogotá condenó al exgobernador Kiko Gómez a 40 años de prisión.
Sin embargo, al resolver la apelación, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá declaró la prescripción de la acción penal derivada de los delitos de homicidio agravado cometidos contra Luis Alejandro Rodríguez Frías y Rosa Mercedes Cabrera Alfaro.
Así mismo, el Tribunal revocó parcialmente el fallo de primera instancia y, en su lugar, absolvió al procesado por el homicidio agravado perpetrado contra Luis Gregorio López Peralta. Confirmó la condena impuesta por concierto para delinquir agravado.
En contra del exgobernador también pesa una condena de 55 años de prisión como autor intelectual de los crímenes de la exalcaldesa de Barrancas Yandra Brito y de su esposo Herny Ustáriz Guerra, y su conductor Wilfrido Fonseca Peñaranda en hechos ocurridos el 28 de agosto de 2012.