Juez impuso casa por cárcel a Miguel Quintero, hermano de Daniel Quintero, por presunta corrupción

Miguel Quintero recibió el beneficio de detención domiciliaria.
Miguel Quintero Crédito: Comunidad

El juez 27 penal municipal con funciones de control de garantías de Medellín impuso este viernes 2 de octubre detención domiciliaria a Miguel Quintero Calle, hermano del exalcalde de Medellín Daniel Quintero. Está procesado por presuntas irregularidades en contratos entre el Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA) y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Itagüí.

Quintero Calle deberá permanecer en su residencia las 24 horas, los siete días de la semana. Solo podrá salir con permiso previo de las autoridades judiciales. Las autoridades administrativas vinculadas al Inpec también podrán autorizarlo, con el debido sustento, por ejemplo por una atención médica. La Fiscalía había pedido detención en establecimiento carcelario.

Para Sebastián de Dios Ortega Urán, el juez no impuso medida privativa de la libertad, solo medidas no privativas. El apoderado de víctimas, que representa al AMVA, había pedido cárcel para él, y la Fiscalía no solicitó medida en su contra.

Decisión del juez

El juez dijo que existe inferencia razonable de autoría o participación frente a ambos, aclarando que esto no equivale a certeza, que corresponde al juez de conocimiento. Descartó el riesgo de obstrucción a la justicia y la probabilidad de que no comparezcan al proceso.

Señaló que no encontró elementos que lo acrediten, que han asistido a las diligencias y que Migración Colombia no registra salidas del país de Quintero Calle desde octubre de 2025.

La medida se sustentó únicamente en el peligro para la sociedad. El juez se refirió a un detrimento patrimonial para el AMVA de más de 2.400 millones de pesos, en seis contratos que superan los 18.000 millones, celebrados entre 2020 y 2023.

También mencionó la ausencia de estudios de mercado y de estudios previos serios. Dijo que la detención domiciliaria es idónea, razonable y proporcional por el principio de gradualidad, y que busca proteger al AMVA y al patrimonio público sin romper la unidad familiar de los procesados.

Pruebas y delitos imputados

El juez negó además la solicitud de exclusión de pruebas de la defensa de Quintero Calle. Argumentó que no se precisó qué prueba debía excluirse ni desde cuándo el procesado tenía la calidad de indiciado, y que ese debate corresponde al juez de conocimiento.

Aclaró que no tuvo en cuenta noticias, publicaciones en redes sociales ni documentos ajenos al expediente.

Quintero Calle fue imputado como determinador de interés indebido en la celebración de contratos e interviniente en peculado por apropiación agravada. Ortega Urán fue imputado como interviniente en peculado por apropiación agravada. Según la Fiscalía, Quintero Calle se habría apropiado de 1.654 millones de pesos, y a Ortega Urán se le atribuye un beneficio de 133,3 millones.

Fiscalía impugnó la determinación

El juez cerró la audiencia con las dos obligaciones no privativas que deberán cumplir Quintero Calle y Ortega Urán: observar buena conducta individual, familiar y social, sin intervenir directa ni indirectamente en contratación con entidades públicas en ninguna de sus etapas, y no comunicarse con imputados, testigos, peritos o sus familiares, salvo sus abogados, para no afectar el derecho de defensa. Ambos firmarán diligencias de compromiso.

Quintero Calle debe dirigirse de inmediato a su casa y permanecer allí hasta que funcionarios de la Fiscalía hagan los trámites ante el Inpec, y el juez dijo que, de ser necesario, pediría orden de captura para que se cumpla la medida. La Fiscalía, el apoderado de víctimas y el Ministerio Público apelaron; la defensa de Quintero Calle dijo carecer de interés en recurrir porque el juez accedió a su pedido de moderar la medida, y la de Ortega Urán se mostró conforme. La audiencia continuará el lunes 5 de octubre a las 2:00 p.m. para sustentar las apelaciones.

Esta noticia en cinco preguntas

¿Qué decisión tomó el juez contra Miguel Quintero Calle?

El juez 27 penal municipal con funciones de control de garantías de Medellín impuso detención domiciliaria a Miguel Quintero Calle, hermano del exalcalde de Medellín Daniel Quintero. Deberá permanecer en su residencia las 24 horas del día, los siete días de la semana, y solo podrá salir con autorización previa de las autoridades judiciales o, bajo el debido sustento, de las autoridades administrativas vinculadas al Inpec.

¿Qué decisión tomó el juez frente a Sebastián de Dios Ortega Urán?

Para Sebastián de Dios Ortega Urán, el juez no impuso una medida privativa de la libertad, sino medidas no privativas. El apoderado de víctimas, que representa al AMVA, había solicitado cárcel para Ortega Urán, mientras que la Fiscalía no pidió una medida en su contra.

¿Por qué se impuso la detención domiciliaria a Miguel Quintero?

El juez señaló que existe una inferencia razonable de autoría o participación frente a Miguel Quintero Calle y Sebastián de Dios Ortega Urán, aunque aclaró que esto no equivale a certeza y que esa valoración corresponde al juez de conocimiento. La medida contra Quintero Calle se sustentó únicamente en el peligro para la sociedad y en un detrimento patrimonial para el AMVA de más de 2.400 millones de pesos relacionado con seis contratos que superan los 18.000 millones.

¿Qué dijo el juez sobre el riesgo de fuga y la obstrucción a la justicia?

El juez descartó el riesgo de obstrucción a la justicia y la probabilidad de que los procesados no comparezcan al proceso. Señaló que ambos han asistido a las diligencias y que, en el caso de Miguel Quintero Calle, Migración Colombia no registra salidas del país desde octubre de 2025. Por esa razón, la medida adoptada contra Quintero se fundamentó exclusivamente en el peligro para la sociedad.

¿Qué delitos se les imputan y qué dijo el juez sobre las pruebas?

Miguel Quintero Calle fue imputado como determinador de interés indebido en la celebración de contratos e interviniente en peculado por apropiación agravada, mientras que Sebastián de Dios Ortega Urán fue imputado como interviniente en peculado por apropiación agravada. Según la Fiscalía, a Quintero Calle se le atribuye una apropiación de 1.654 millones de pesos y a Ortega Urán un beneficio de 133,3 millones. El juez también negó la solicitud de exclusión de pruebas de la defensa de Quintero Calle y explicó que ese debate corresponde al juez de conocimiento.