Defensa de Nicolás Petro denuncia juicio desigual: "Nos dejan sin armas frente a la Fiscalía"

La defensa sostiene que hay desigualdad frente a la Fiscalía, porque se le permiten pruebas y testigos que a ellos les han sido negados.
Nicolás Petro en audiencia por irregularidades en la Campaña Petro Presidente 2022. Crédito: Tomada de Audiencia Virtual - Diciembre 2024

En la continuación de la audiencia preparatoria de juicio contra Nicolás Petro, hijo del presidente Gustavo Petro, el abogado Alejandro Carranza amplió los argumentos del recurso de reposición en subsidio de apelación.

El jurista insistió en que existe una “asimetría” en las decisiones probatorias que —según dijo— afecta la igualdad de armas frente a la Fiscalía General de la Nación.

“Nos deja sin armas para el juicio”

En su exposición, Carranza insistió en que la negativa a admitir testigos y documentos deja a su cliente en desventaja frente a la teoría del ente acusador.

La defensa queda inerme (…) nos dejan sin poder defendernos y nos lanzan a un juicio en el que la fiscalía sí nos va a sorprender hablándonos de ingresos de campaña”, dijo.

Para el abogado Carranza, "la Fiscalía no debería tener entrevistas entregadas a medios de comunicación sobre el caso", porque -aseguró- que se afecta el debido proceso en el juicio.

Carranza pidió reposición en subsidio de apelación y que se le permita a la igualdad de condiciones para que no haya afectación en el debido proceso.

Se refiere a las entrevistas que entregaron funcionarios de la Fiscalía General de la Nación y Days Vásquez en hechos aislados, a diferentes medios de comunicación.

Asegura que, "si no se nos permite a Nicolás Petro y a mi que también mostremos o presentemos entrevistas, no hay igualdad y perjudica el proceso del juicio", indicó.

Durante su intervención, el defensor sostuvo que desde la imputación se mencionaron hechos relacionados con el presunto financiamiento de la campaña presidencial, pero que posteriormente la acusación se concentró en los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

“Su señoría, a Nicolás se le enrostraron hechos jurídicamente relevantes (…) en los que supuestamente se hablaba de financiamiento de una campaña electoral (…) Luego en la acusación la fiscalía fue variando y se concentró en un enriquecimiento ilícito de servidor público con un lavado de activos”, precisó Carranza.

Participación de Ricardo Roa como testigo

Carranza cuestionó que, pese a que la Fiscalía ha sostenido públicamente que el juicio no trata sobre financiación de campaña, se haya negado a la defensa la participación de testigos como Ricardo Roa, exgerente de la campaña, mientras sí se permitió el ingreso de testimonios del hoy ministro Armando Benedetti y del representante Agmeth Escaf.

Según el abogado, esa decisión genera una desventaja procesal: “Mire cómo para la fiscalía sí hay testigos para hablar de dinero de campaña, pero para la defensa no (…) consideramos que ahí hay una asimetría en la decisión adoptada”.

Documento del CNE y certificaciones de Casa de Nariño

El defensor también reiteró la solicitud de admitir como prueba una respuesta del Consejo Nacional Electoral, correspondiente a un formulario 1.14, que —según dijo— acreditaría la ausencia de aportes de Petro a la campaña.

Carranza criticó que la Fiscalía se opusiera a esa prueba mientras, simultáneamente, solicita testimonios sobre presuntos ingresos de dinero.

“¿Qué dijo la Fiscalía frente a esa petición probatoria? Que se oponía a que se demostrara que Nicolás nunca ingresó ningún dinero a la campaña (…) Es contradictorio”.

Certificaciones de la Casa de Nariño

Asimismo, pidió reconsiderar la inadmisión de certificaciones de la Casa de Nariño, con las que la defensa pretende demostrar que el acusado no realizó gestiones indebidas ni utilizó influencias para obtener beneficios.

Finalmente, reiteró que el objetivo de las pruebas solicitadas es no solo debatir el origen del patrimonio, sino demostrar que Petro actuó —según la tesis defensiva— sin recurrir a influencias o favores por su condición de servidor público o por su parentesco con el presidente.

El despacho judicial deberá resolver los recursos interpuestos y definir si modifica o mantiene la exclusión de los elementos probatorios solicitados por la defensa.