Juez revocó prisión domiciliaria y ordena cárcel para Miguel Quintero, hermano de Daniel Quintero, por presunta corrupción

Quintero está procesado por presunto interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación.
Ordenan cárcel para Miguel Quintero Calle Crédito: Facebook - Miguel Quintero Calle

El Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Medellín revocó parcialmente la decisión que le había permitido a Miguel Andrés Quintero Calle, hermano del exalcalde de Medellín Daniel Quintero, cumplir la medida de aseguramiento en su casa.

Con la decisión de segunda instancia, proferida este viernes 30 de octubre, el juez impuso detención preventiva en establecimiento de reclusión y ordenó librar la boleta de encarcelación.

Los argumentos del juez de segunda instancia

El juez sostuvo que la detención domiciliaria no es suficiente frente al peligro para la comunidad. Explicó que, según la hipótesis de la Fiscalía, Quintero no tenía cargo, contrato ni competencia en el Área Metropolitana, y habría actuado mediante grupos de mensajería, contactos personales e intermediarios. En ese escenario, la casa por cárcel restringe la movilidad, pero no controla las comunicaciones ni a través de quién podría actuar. La reclusión, dijo, ofrece una capacidad de contención superior sobre visitas y comunicaciones.

El despacho descartó el riesgo de fuga. Señaló que la capacidad económica, las visas o los viajes no demuestran por sí solos la voluntad de evadir la justicia, y recordó que Quintero ha comparecido a las diligencias.

Según la Fiscalía, entre sobrecostos y bienes o servicios sin respaldo, el perjuicio sería de cerca de 2.481 millones de pesos. El juez aclaró que su conclusión es provisional y que la medida no equivale a una condena anticipada.

Cambio en el lugar de reclusión

La providencia revoca únicamente lo dispuesto el 2 de octubre por el Juzgado 27 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín, en cuanto a que la medida privativa de la libertad se cumpliera en el lugar de residencia.

En su lugar, el despacho impuso la detención preventiva en establecimiento de reclusión, con base en el numeral 1 del literal A del artículo 307 de la Ley 906 de 2004, y dispuso que el INPEC adelante las actuaciones necesarias para hacerla efectiva. Al respecto, esto escribió en su cuenta de X, el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez.

"Miguel Quintero, hermano de Daniel Quintero, para la cárcel.
Se empieza a hacer justicia. Luego de que apeláramos la decisión de casa por cárcel, en su mansión que construyó con el robo a Medellín, un juez acaba de ordenar su captura y será enviado a una cárcel.
Sigue el jefe de la banda".

Recursos de apelación

El juez resolvió los recursos de apelación presentados por la delegada de la Fiscalía General, el apoderado del Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA) y el delegado del Ministerio Público. La audiencia de lectura había sido aplazada desde el 23 de octubre porque los audios de la primera instancia llegaron incompletos al despacho.

Investigación por contratos del AMVA

Quintero está procesado por presunto interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación, junto con Sebastián de Dios Ortega Urán. La investigación se originó en seis contratos firmados entre 2020 y 2021 entre el AMVA y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Itagüí, cuyo valor conjunto fue de cerca de $18.656 millones, según la providencia.

Según la hipótesis de la Fiscalía, Quintero, sin tener cargo, vínculo contractual ni competencia funcional en el AMVA, habría ejercido influencia sobre servidores y contratistas en nombramientos, remoción de funcionarios y orientación de procesos contractuales.

Esta noticia en cinco preguntas

¿Qué decisión tomó el Juzgado Primero Penal del Circuito de Medellín frente a Miguel Andrés Quintero Calle?

El despacho revocó parcialmente la decisión que le permitía cumplir la medida de aseguramiento en su lugar de residencia. En segunda instancia, ordenó que la detención preventiva se cumpla en un establecimiento de reclusión y dispuso expedir la boleta de encarcelación para hacer efectiva la medida.

¿Qué aspecto de la decisión anterior fue revocado?

El juez modificó exclusivamente la disposición del 2 de octubre del Juzgado 27 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín, que había establecido que la medida privativa de la libertad se cumpliera en la casa de Quintero. La nueva determinación cambia el lugar donde debe permanecer detenido, pero no señala que se haya modificado el proceso penal que se adelanta en su contra.

¿Quiénes apelaron la decisión que le concedió la detención domiciliaria?

Los recursos de apelación fueron presentados por la delegada de la Fiscalía General de la Nación, el apoderado del Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el delegado del Ministerio Público. El juez de segunda instancia resolvió esas solicitudes. La audiencia de lectura de la decisión había sido aplazada desde el 23 de octubre debido a que los audios de la primera instancia llegaron incompletos al despacho.

¿Por qué delitos está procesado Miguel Andrés Quintero Calle y quién más está vinculado al caso?

Quintero está procesado por los presuntos delitos de interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación, junto con Sebastián de Dios Ortega Urán. La investigación está relacionada con seis contratos suscritos entre 2020 y 2021 por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Itagüí, cuyo valor conjunto fue cercano a los 18.656 millones de pesos.

¿Cuál es la hipótesis de la Fiscalía sobre la participación de Quintero en esos contratos?

Según la hipótesis del ente acusador, Quintero habría ejercido influencia sobre servidores públicos y contratistas del Área Metropolitana, pese a que no tenía un cargo, vínculo contractual ni competencia funcional en esa entidad. Esa presunta intervención estaría relacionada con nombramientos, remoción de funcionarios y orientación de procesos contractuales. Estas son las conductas que hacen parte de la investigación y deberán ser valoradas dentro del proceso judicial.