Tribunal Superior de Antioquia condena a 28 años de prisión a Santiago Uribe Vélez

El hermano del expresidente Álvaro Uribe fue condenado en segunda instancia por homicidio y concierto para delinquir.

El Tribunal Superior de Antioquia condenó este martes en segunda instancia a 28 años y tres meses de prisión a Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por los delitos de homicidio y concierto para delinquir.

Los magistrados del Tribunal de Antioquia tumbaron la decisión de un juez de primera instancia de la ciudad de Medellín y profirieron la condena contra el ganadero Uribe Vélez.

La decisión está contenida en un fallo de 307 páginas firmada por los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia René Molina Cárdenas, Jhon Jairo Ortiz Álzate y Gustavo Aldolfo Pinzón Jácome.

Este caso se relaciona con la supuesta participación de Santiago Uribe en la conformación del denominado grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles” y delitos asociados cometidos por ese grupo.

Documento del fallo contra Santiago Uribe Vélez

En su fallo, los magistrados revocan la decisión en primera instancia de un juez especializado de Medellín y le negaron, además, la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

El Tribunal Superior de Antioquia dejó en claro que, una vez en firme esta decisión, se proferirá orden de captura para el cumplimiento de la sentencia-.

Es decir, que se haría efectiva solo hasta que quede en firme por la Corte Suprema de Justicia tras un eventual recurso de impugnación especial ante la sala penal.

¿De qué acusaron a Santiago Uribe Vélez?

En la resolución de acusación se indicó que “Santiago Uribe Vélez conformó y dirigió un grupo armado ilegal que, desde la hacienda La Carolina ubicada en el sector de los Llanos de Cuivá, en el municipio de Yarumal, llevó a cabo un plan para asesinar y exterminar de forma sistemática personas consideradas como indeseables y presuntos auxiliadores de grupos subversivos que operaban en la región norte del departamento de Antioquia especialmente en los municipios de Yarumal, Campamento y Valdivia”.

En el fallo se señala que “el grupo dirigido por Uribe Vélez actuó en los primeros años de la década de los noventa y contó con el concurso por acción y omisión de agentes del Estado, principalmente de la Policía y se concertó así mismo con particulares”.

El documento añade que “dicho grupo contaba con dos lugartenientes que se encargaban de las acciones violentas, uno en la parte urbana, Hernán Darío Zapata conocido como “pelo de chonta” y otro, en la parte rural, conocido con el alias de Rodrigo”.

Adicionalmente, se refiere en la sentencia del Tribunal: “En el curso de esa política de exterminio se perpetró el homicidio de Camilo Barrientos Durán, quien en su condición de conductor de un bus escalera que hacía la ruta entre Campamento y Yarumal, fue asesinado por dos sicarios que le propinaron varios disparos con arma de fuego, cuando conducía por ese trayecto el señor Barrientos Durán fue señalado por el grupo criminal dirigido por Santiago Uribe Vélez como auxiliador de la guerrilla.”

Otras sanciones y compulsa de copias

En el fallo también se le impuso una multa a Santiago Uribe de seis mil quinientos (6.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de veinte (20) años y la pena accesoria de privación del derecho a la tenencia y porte de armas por cincuenta y cuatro (54) meses.

En la sentencia, los magistrados enfatizaron que, con esta condena, se declaran satisfechas las pretensiones a la Verdad, la Justicia y no repetición solicitadas por la representación de la parte civil de las víctimas e, incluso, refiere que se le halla culpable por la comisión de delitos considerados de lesa humanidad.

Los magistrados también ordenaron compulsar copias con destino a la Unidad de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la Nación, así como a la Defensoría del Pueblo para lo que corresponda frente a estos hechos por los cuales fue condenado Santiago Uribe Vélez.