‘Suspensión de órdenes de captura de 23 cabecillas de bandas de Antioquia no implica el otorgamiento de la libertad’: Fiscalía

En la resolución la Fiscalía precisa que estas suspensiones de las órdenes de captura tendrán una vigencia inicial de seis meses, con base en la solicitud de la Oficina del Comisionado de Paz.
Fiscal General de la Nación Luz Adriana Camargo Crédito: COLPRENSA | Fiscalía General de la Nación

La Fiscalía General de la Nación aclaró que no implica la concesión de libertad la suspensión de las órdenes de captura a 23 cabecillas de bandas criminales de Alto Impacto de Medellín y el Valle de Aburrá, en Antioquia, reconocidas por el Gobierno nacional como voceros para buscar el eventual sometimiento a la justicia de los grupos que lideran.

De acuerdo con la Fiscalía la resolución que emitió en ese sentido fue emitida atendiendo una solicitud de la Oficina del Comisionado de Paz, Otty Patiño, que fue realizada el pasado 24 de febrero.

A través de un comunicado la Fiscalía explicó que su decisión se respalda en la Ley de Paz Total que sancionó el presidente Gustavo Petro en 2022 e incluso en sentencia de 2023 de la corte constitucional, pero ello no implica, ni contempla la concesión de la libertad de quienes se encuentran detenidos en cárceles u otros centros penitenciarios o bajo medidas de aseguramiento u otros requerimientos judiciales.

La Fiscalía General de la Nación enfatizó que este aspecto no es de competencia de ese organismo de acusación.

“La decisión, respaldada por la Ley 2272 de 2022, la sentencia C-525 de 2023 de la Corte Constitucional y el Decreto 1081 de 2015, no implica ni contempla la concesión de la libertad de quienes se encuentren privados de ella en centros penitenciarios o carcelarios en cumplimiento de condenas, medidas de aseguramiento u otros requerimientos judiciales, aspecto que no es de competencia de la Fiscalía”, aclaró en un comunicado el organismo de acusación.

La Fiscalía indicó que en la Resolución 00072 del 27 de marzo se precisa que las suspensiones tendrán una vigencia inicial de seis meses y con ella se pretenden que “los referidos voceros participen en Espacios de Conversación Sociojurídicos definidos por el Gobierno nacional con el objetivo de avanzar en el sometimiento de los grupos que representan”.

La medida no excluye la captura en flagrancia respecto de delitos graves, como secuestro, extorsión, violaciones a los derechos humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario.

Así mismo, se indica que esta suspensión de las ordenes de captura tendrá efectos en Medellín, los municipios del Valle de Aburrá y Rionegro (Antioquia), zonas donde se realizarán los principales encuentros y actividades relacionadas con este proceso de sujeción a la justicia.