Las cortes cierran filas ante Petro por los ataques al Consejo de Estado y la suspensión del traslado de $25 billones a Colpensiones

El presidente pidió demandar a un magistrado. La Rama Judicial llamó al respeto por la separación de poderes. La Procuraduría se pronunció.
Alberto Montaña, presidente del Consejo de Estado; Paola Meneses, presidenta de la Corte Constitucional, e Iván Lenis, presidente de la Corte Suprema de Justicia. Crédito: Colprensa | Corte Suprema | Collage de La FM

La Rama Judicial volvió a encarar al presidente Gustavo Petro. El mandatario pidió “demandar” al magistrado ponente del auto que frenó el traslado de veinticinco billones de pesos de los fondos privados de pensiones a Colpensiones, y dijo que el Consejo de Estado “no tiene ninguna legitimidad” para tomar una decisión así.

A través de su cuenta de X, su canal de comunicación más habitual, Petro aseguró sin pruebas que el Consejo actuó “a favor del interés de los banqueros y en contra del interés general”, y llamó “sentencia” al auto que suspendió provisionalmente el Decreto 415 de 2026, que reglamenta la ahora fallida transferencia billonaria.

El jefe de Estado, entre algunas imprecisiones —como tachar de “sentencia” a un auto, que es una decisión de trámite que toma un ponente y no un fallo de fondo, o pedir “demandar” por un delito, que en realidad se denuncia—, acusó de “prevaricato” al consejero Juan Enrique Bedoya, que analiza cinco demandas contra el traslado.

La Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, conformada por las altas cortes, la Fiscalía y representantes de empleados judiciales, se opuso a la postura del presidente. Con un comunicado conjunto, los tribunales, el ente acusador y los funcionarios insistieron en que debe respetarse la separación de poderes.

“Fue justo nuestro poder constituyente”, una figura que el presidente Petro utiliza para referirse al pueblo, invitar a marchas y oponerse a otras ramas del poder, “el que instituyó, como un elemento central de nuestra estructura institucional, en el artículo 113, el principio de separación de poderes”, afirma la misiva.

El choque por los 25 billones de las pensiones

La Constitución, además, contempla la facultad de suspender actos administrativos, como resoluciones o decretos del Ejecutivo, lo que parte de los “controles efectivos al ejercicio del poder público”. “La existencia, competencias y legitimidad del Consejo de Estado tienen origen directo en la Constitución”, concluye.

Para detener el traslado de la plata, el Consejo de Estado encontró que todavía no existe el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, una cuenta especial que el Banco de la República debe gestionar para respaldar las cotizaciones. La Ley 2381, suspendida por la Corte Constitucional, detalla su funcionamiento.

El Decreto 415 establecía que toda la plata de los privados debía caer en Colpensiones, pese a que la reforma pensional que el propio Gobierno impulsó decía que los recursos eran responsabilidad del Fondo. Juan Enrique Bedoya, el consejero ponente, sostuvo que el Gobierno excedió sus facultades.

“Independientemente de la suspensión” de la mayoría de la reforma pensional en la Constitucional, “lo cierto es que el diseño legal preveía que los recursos provenientes de las cuentas de ahorro individual fueran destinados al fondo especial creado para tal efecto, y no a Colpensiones”, como se dispuso vía decreto.

El 28 de abril el Consejo de Estado suspendió, como medida cautelar, el traslado de veinte billones, la mayoría de lo que el Ejecutivo preveía. El ponente optó por un trámite de “urgencia” y, aunque al admitir la primera de las demandas contra el decreto no se pronunció sobre la cautela, en dos decisiones posteriores sí lo hizo.

Las razones del Consejo de Estado que Petro no debatió

“La medida adoptada en el decreto, esto es, el traslado masivo de recursos del sistema pensional, refuerza la necesidad de una intervención judicial inmediata”, señaló el auto de entonces, de veintiún páginas. Los efectos del Decreto 415 podrían ser irreversibles “de cara al derecho de la seguridad social en pensiones”.

El acto administrativo hace parte de la reglamentación de la reforma pensional, que la Corte Constitucional suspendió antes de un estanque de recursos y discusiones internas, como un cambio de ponente. Un auto de trámite impide su entrada plena en vigor, pero el Ministerio del Trabajo intenta reglamentar varios apartes.

Las administradoras de los fondos privados (AFP) tenían veinte días desde el 20 de abril para mover la mitad de los veinticinco billones que la cartera de Antonio Sanguino determinó, y diez días más para la otra mitad. El Gobierno se basa en un enredo legal que el magistrado Bedoya descarta que se trate de un vacío.

El tribunal más poderoso de Colombia impide la implementación de la Ley 2381, pero mantiene activos dos artículos que regulan la ventana pensional, la facultad de trasladarse entre regímenes —entre 2024 y 2026— para las personas a quienes les falten menos de diez años para pensionarse, y el mecanismo de transición.

A partir de dos artículos entre los 95 en el limbo, el Gobierno construyó toda una logística para poco más de 22,4 mil personas jubiladas trasladadas a Colpensiones cuyos ahorros son administrados por las AFP. Sin la transferencia de los veinticinco billones, la administradora estatal asume el pasivo pensional sin los activos.

Los pulsos entre Petro y la Rama Judicial

Y también labró la ruta para otros 97.16 mil afiliados que se han cambiado a Colpensiones pero que aún no cumplen los requisitos para pensionarse. Esa fue la primera extralimitación que identificó el Consejo: la reforma solo permitía mover la plata de quienes consolidaron su jubilación, no de quienes aún ahorran.

Colpensiones, dice la reforma —como cita el magistrado Bedoya en el auto de este lunes—, debía certificar al Fondo Especial la consolidación de la pensión para que se ratifique el traslado de los fondos. Si el Fondo no existe, el Ejecutivo no podía disponer que el dinero era para la aseguradora gubernamental, Colpensiones.

El procurador general, Gregorio Eljach, respaldó a la Rama Judicial. El Ministerio Público, a través de un comunicado, exigió “respeto incondicional por la independencia de los poderes”. “Toda autoridad está obligada a acatar las providencias judiciales, sin perjuicio de recursos” como la súplica.

La Rama ha sostenido varios enfrentamientos con el gobierno de Gustavo Petro. En febrero, cuando el presidente convocó a marchar por la suspensión provisional del salario mínimo de 2026, la Comisión Interinstitucional llamó a respetar las decisiones judiciales y a acudir a canales ordinarios cuando existan discrepancias.

El texto reitera que las sentencias y los autos —como el que pausó el incremento salarial o el que brequeó el traslado de recursos para Colpensiones— “son el resultado de las actuaciones sometidas a reglas procesales, garantías fundamentales y principios de independencia y autonomía judicial”.

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Por qué el Consejo de Estado suspendió el traslado de $25 billones a Colpensiones?

El Consejo de Estado frenó el Decreto 415 de 2026 porque el Gobierno trasladó recursos pensionales a Colpensiones sin que existiera el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, que la reforma pensional creó para administrar el dinero. El Ejecutivo modificó por decreto el destino que la propia ley les daba a los recursos.

La Sección Segunda sostuvo, además, que el traslado masivo de los fondos podía producir efectos irreversibles sobre el sistema pensional y que la reforma solo permitía mover la plata de quienes ya consolidaron su pensión, no la de afiliados que todavía continúan ahorrando. La medida es provisional.

¿Qué dijo Petro sobre la suspensión del decreto pensional enel Consejo de Estado?

El presidente Gustavo Petro reaccionó con fuertes críticas contra el Consejo de Estado y contra el magistrado ponente del caso. Desde su cuenta de X, afirmó sin pruebas que el tribunal actuó “a favor de los banqueros” y pidió “demandar” al consejero Juan Enrique Bedoya por presunto prevaricato.

Petro también aseguró que el Consejo de Estado “no tiene legitimidad” para suspender el traslado de los recursos, aunque la Constitución sí le otorga facultades para suspender provisionalmente actos administrativos del Gobierno mientras estudia demandas de fondo.

¿Cómo respondió la Rama Judicial a los ataques del presidente Petro al Consejo de Estado?

La Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, integrada por las altas cortes, la Fiscalía y representantes de funcionarios judiciales, defendió la independencia de los jueces y pidió respeto por la separación de poderes. El comunicado recordó que la Constitución establece controles al ejercicio del poder público y que las decisiones judiciales deben acatarse.

La Rama Judicial también insistió en que autos y sentencias responden a procedimientos legales y a garantías institucionales, no a intereses políticos. El pronunciamiento se suma a otros choques recientes entre el Gobierno y las cortes por decisiones sobre salario mínimo, reformas y decretos del Ejecutivo.

¿Qué impacto tiene la suspensión del traslado de $25 billones sobre la reforma pensional?

La decisión del Consejo de Estado golpea una parte clave de la implementación de la reforma pensional impulsada por el Gobierno Petro. Sin el traslado de los $25 billones desde los fondos privados, Colpensiones asume obligaciones pensionales sin recibir recursos que están generando rendimientos solo entre los privados.

La suspensión también afecta a miles de afiliados que ya se movieron o buscaban trasladarse a Colpensiones bajo las reglas de la ventana pensional y el régimen de transición. Mientras la Corte Constitucional mantiene congelada la mayor parte de la reforma, el Gobierno sigue intentando reglamentar algunos apartes mediante decretos.